Ayuda, una empresa quiere comercializar una aplicación que nosotros inventamos y pagamos.

Saludos a todos, es la primera vez que escribo aquí, leo el foro de vez en cuando y me pareció que este podría ser un buen sitio para preguntar esto. :)

Os cuento nuestro caso a ver si alguien nos puede orientar:
Mi jefe tuvo la idea de una aplicación informática que le podría venir muy bien a nuestro negocio. Contactamos con una empresa, les expusimos la idea y nosotros les pagamos íntegramente el desarrollo de la aplicación. Desde entonces disfrutamos de esa aplicación.

El caso es que ahora esa empresa quiere comercializar esa aplicación. Primero nos enteramos de que ya la estaban comercializando, nos quejamos, nos pidieron disculpas y dejaron de venderla.
Pero ahora nos han llamado y nos dicen que quieren comercializarla otra vez, y lo que nos proponen es que por cada cliente que la compre nos dan una pequeña cantidad de dinero, hasta que nos devuelvan lo que costó el desarrollo. Pero sólo hasta que lleguemos a esa cifra, después todo el beneficio que consigan con esa aplicación se lo quedan ellos, y lo que más nos molesta: la aplicación dejaría de ser exclusiva nuestra, y nuestros competidores podrían utilizarla igual que nosotros.

Creo que si ahora resulta que esa empresa se forra vendiendo esa aplicación, y nosotros no vemos un duro de esos beneficios, se nos quedaría cara de tontos. Y lo mismo si ahora vemos que nuestros competidores empiezan a comprarla y a utilizarla, con lo que perdemos esa ventaja competitiva.

Nuestra pregunta es: ¿Esto es legal? ¿Podemos exigir algo a esta empresa? ¿Que dejen de vender la aplicación o que nos den una parte de los beneficios?
Nosotros no firmamos ningún contrato de exclusividad ni nada por el estilo, pero tuvimos la idea y pagamos íntegramente el desarrollo de la aplicación, y tenemos la factura de esto último.

Muchas gracias a todos de antemano.

P.D. Nuestra empresa es pequeña y familiar, mi jefe es familia mía :)
Supongo que dependerá de lo que ponga en el contrato que firmaseis. Si os devuelven el dinero del desarrollo, a lo mejor es como si os estuviesen comprando los derechos que tuvieseis sobre ella si tenéis alguno.
Si no sabes tú lo que habéis firmado...

¿Hay contrato de exclusividad, algo relacionado con la explotación de la misma, derechos, permisos, usos de licencia o parecido?

Si la respuesta es no, os podrá dar la rabia que queráis, pero significa que pagasteis por tener un soft que os ayude en X tareas blablabla, no por todo eso otro y veo muy difícil que podáis volcar eso a vuestro favor. Lo siento.
SI registraron la idea del software, tiene derecho a reclamar y llegar a una negociacion para que les paguen multas, etc., ademas de ser socios en la venta del software, o bien, que esa empresa les compre el derecho y sean solo ellos quienes se dediquen a la venta y explotacion.

Pero si no lo registraron ante la autoridad correspondiente, ni en el contrato que hayan realizado pusieron clausulas de compromiso, donde indicaran que las ideas y el software despues de pagar y dar por concluido el proyecto de desarrollo, el software como producto final, el codigo e idea pasaba a ser exclusivamente de ustedes, pues ya se fregaron... y repito: SE FREGARON.

Lo que pueden hacer, es continuar con una negociacion amistosa y si no llegan a nada, asesorarse con algunos abogados y llevarlo a los tribunales, pero primero deben asegurarse de tener algo escrito, fechado y donde se vea claramente que la idea es suya y que la empresa que hizo el desarrollo no tenia nada referente a esa idea, y con eso comprobar que estan aprovechandose de ustedes.

Si no quieren ir con los abogados primero, pueden probar consultar con alguna universidad en su departamento de investigaciones e informatica para que ellos les den mejor idea de como actuar.
Según el contrato que tuvieseis hecho. Pero si la pagasteis entera y es 100% propiedad vuestra y no de ellos podéis evitar que la vendan, simplemente ellos no tendrían derechos sobre el programa por mas que ellos lo hayan programado.

Por otra parte si es 100% vuestra eso de que os dan dinero por cada cliente hasta devolveros el dinero de la inversión no es así, primero porque no tendrían derechos de venta sobre esta, y segundo aunque le cedierais la posibilidad de vender la aplicación a otros clientes tendréis que percibir dinero por cada cliente, no hasta devolveros la inversión, es mas, ellos serían simplemente en tal caso de darles permiso un distribuidor de vuestra aplicación. (habría que ver el % de ganancias de cada parte)

Revisad bien el contrato que hicisteis, cualquier chorrada os puede quitar muchos derechos sobre la aplicación que habéis pagado hacer.
Yo negociaría para que te den el porcentaje de beneficios, pero sin ningún tope máximo.

Todavía me acuerdo de la jugada de bill gates a la IBM [360º]
amchacon escribió:Todavía me acuerdo de la jugada de bill gates a la IBM [360º]


Pues mira que eres viejo [carcajad]
Muchas gracias a todos por responder :)

Como os dije, no firmamos ningún contrato de ningún tipo, ese fue nuestro gran fallo, pagamos la novatada. Lo único que tenemos es la factura del desarrollo, donde pone claramente que han desarrollado esa aplicación para nosotros y pone lo que hace esa aplicación.

Nos dijeron que habían retirado de la venta la aplicación. Y mirándolo he visto que sí, que la han quitado de la app store, pero no de la tienda de Amazon, ni de su página web... Me da la impresión de que quieren aprovecharse de nosotros, porque pensarán que no somos informáticos y no tenemos ni idea de estas cosas...

El caso es que preferimos llevarnos bien con esa empresa, y tampoco inventamos la rueda, así que en principio intentaremos negociar amistosamente con ellos y llegar a un acuerdo que no sea tan desigual y que no nos tomen tanto el pelo.

¡Lo dicho, muchas gracias a todos! [oki]
Hasta donde yo se no se puede patentar software en Europa, aunque de todas formas no lo habíais hecho. Así que todo depende de lo que ponga en el contrato, si los dueños del código érais vosotros por haberlo financiado lo podéis licenciar como queráis y tendríais la sartén por el mango. Pero no parece ser el caso.
Antichrist27 escribió:Lo único que tenemos es la factura del desarrollo, donde pone claramente que han desarrollado esa aplicación para nosotros y pone lo que hace esa aplicación.[/b]
..


Con eso pueda ser suficiente para ir incluso a un tribunal si fuese necesario, pero como dije antes, ASESORENSE CON ALGUNA UNIVERSIDAD EN SU DEPARTAMENTO DE INVESTIGACION E INGENIERIA INFORMATICA. No pierden nada y no gastan nada.

Y quiza en europa no se pueda patentar software [cosa que dudo] pero si se puedan registrar bajo derechos de autor y registrar nombres de productor como marcas registradas.
Vamos a ver, creo que no ganaréis por siguiente:
- Contratáis una empresa para que os desarrolle una aplicación, sin firmar ningún tipo de derechos sobre ese software. Lo cual permite a la empresa tenerlo como un desarrollo propio y lo que os han hecho es como venderos una licencia.
- El problema es no tener condiciones de ningún tipo, con lo cual, no podéis agarraros a nada, os de más o menos rabia.
- Es como por ejemplo un paquete office, MS lo implementa y se lo vende a muchos clientes, eso no hace que no pueda venderlo a nadie.

Yo me dedico al softaware y si el cliente quiere la propiedad de que hago los precios son muy muy diferentes. A mi opinión vuestro fallo ha sido no haber firmado nada, ahora no es que no tengáis razón, es que hay una gran laguna y las dos partes son válidas.
Hablar con un abogado a la que ya.
piccolo_knd escribió:Vamos a ver, creo que no ganaréis por siguiente:
- Contratáis una empresa para que os desarrolle una aplicación, sin firmar ningún tipo de derechos sobre ese software. Lo cual permite a la empresa tenerlo como un desarrollo propio y lo que os han hecho es como venderos una licencia.
- El problema es no tener condiciones de ningún tipo, con lo cual, no podéis agarraros a nada, os de más o menos rabia.
- Es como por ejemplo un paquete office, MS lo implementa y se lo vende a muchos clientes, eso no hace que no pueda venderlo a nadie.

Yo me dedico al softaware y si el cliente quiere la propiedad de que hago los precios son muy muy diferentes. A mi opinión vuestro fallo ha sido no haber firmado nada, ahora no es que no tengáis razón, es que hay una gran laguna y las dos partes son válidas.


Si, pero aqui veremos hasta donde queda la buena voluntad y honradez de esa compañia, aparte de que si tiene al menos un papel [o papeles] donde se vea que la idea es completa y exclusivamente del cliente que mando a desarrollar el software, algo se puede hacer, pero claro so ya conlleva abogados y llevar a la corte el caso.
en software no se como ira el tema de las IPS, en videojuegos si tu posees una IP, aunq la desarrolle otro (caso de donkey kong con rare cuando la compro sony, que la ip es propiedad de nintendo con lo cual sony no la compro, o con wonderful 101 que pese a haberla desarrollado platinum es de nintendo) la ip sigue siendo tuya, o si la IP es ajena, si tu has pagado el desarrollo el juego es tuyo y por tanto en ese juego tu tienes la ultima palabra sobre que se hace con el (caso de nintendo con bayonetta 2, que la IP es ajena pero para que salga en otras plataformas nintendo tiene que dar su aprobacion)
Mira soy abogado y en mas de una ocasion he llevado patentes y marcas te copia los criterio que tiene la ofician de Patentes de España en relación a software

En virtud del Convenio de la Patente Europea (CPE), un programa de ordenador reivindicado “como tal” no es una invención patentable (Artículo 52 (2) (c) y (3) CPE). Las invenciones con programas de ordenador que implementan métodos de actividades económicas, matemáticos o similares, pero que no aportan ningún “efecto técnico adicional” (por ejemplo porque resuelven un problema en el campo de las actividades económicas y no uno técnico) no son patentables en virtud del CPE. El hecho de que incluyan un programa de ordenador no significa que dichas invenciones sean patentables automáticamente. Por otro lado, pueden concederse patentes para invenciones implementadas en ordenador que resuelvan un problema técnico de forma inventiva. Como con todas las invenciones, las invenciones implementadas en ordenador son patentables únicamente si satisfacen estrictos criterios de patentabilidad. Deben tener carácter técnico, ser nuevas y realizar una contribución técnica inventiva al conocimiento disponible en la fecha en que se presentó la primera solicitud (= la fecha de prioridad). Este último requisito es relevante para determinar la actividad inventiva de una invención en virtud del CPE.

La práctica de examen de este tipo de invenciones seguida por la Oficina Española de Patentes y Marcas es esencialmente la misma que la aplicada por la Oficina Europea de Patentes.

Asi que si no cumple con los requisitos lo veo complicado. Si esta dentro de los requuisitos se registrara en el oficina la primero que llegue y la registre en la Oficina.

A la hora de buscar protección en España para los programas informáticos se debe tener presente que el derecho de autor sobre los programas de ordenador se regula por los preceptos del Real Decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
Es que no estamos hablando de patentes, sino de registro de propiedad intelectual o el registro de un producto.
A ver, si es que os gusta liar la madeja ;-)

Si el cliente pide un software a un programador hay dos opciones:

- Exclusividad, que incluye el código fuente y cualquier documento necesario para la realización del programa.
- No exclusividad, que puede hasta incluso EXCLUIR el código fuente, entregando los ejecutables únicamente.

Entre medias, puede existir un amplio abanico de acuerdos, o como en este caso, ningún acuerdo.

Habláis de IP y cosas así... pero os olvidáis de lo más importante... el contrato. Incluso con un contrato atado y más que atado, si el programa que os han realizado tiene tirón, nada les impide iniciar el mismo proyecto desde cero. Ahí, en USA hablaríamos de juicios por patentes de software si se puede demostrar que han copiado código que esté en vustro fuente (USA is different, como habréis visto con Apple patentando iconos con esquinas redondeadas). Pero en España, la cosa no creo que se pueda hacer tan fácilmente, si no, no habría más que un programa para cada cosa, y no existiría la competencia (imaginad Contaplús como única opción XD XD).

En este caso, el cliente ha pedido un software, y se le ha vendido. Punto. Nada impide al creador volver a venderlo si así le apetece. De hecho, si yo viera negocio en ello, lo haría igualmente.

Por eso, si un cliente pide exclusividad, se le cobra un precio 10-20 veces superior. Pero lo que no puedes pedir es que te hagan un software, te cobren 200€ y ya no lo puedan vender más. Si lo quieres así, paga 6000€ y arreglado. Eso si, con un buen contrato que defina el proyecto y declare la conformidad de la empresa programadora con no volver a vender ese software y eliminar cualquier rastro de sus sistemas. Si ese "consentimiento" por parte de la empresa, la misma podrá vender el programa, sin tener que darte cuentas, las veces que quiera.

Un saludo.
Esta bien esa parte, pero con todo, quien haga el programa debe aclarar estos puntos y establecer claramente las ventajas de uno u otro. Aqui me parece que ni contrato hubo de por medio y quedo mas en un acuerdo "entre caballeros". Y llegamos al punto incicial:

..
Lo que pueden hacer, es continuar con una negociacion amistosa y si no llegan a nada, asesorarse con algunos abogados y llevarlo a los tribunales, pero primero deben asegurarse de tener algo escrito, fechado y donde se vea claramente que la idea es suya y que la empresa que hizo el desarrollo no tenia nada referente a esa idea, y con eso comprobar que estan aprovechandose de ustedes.



Ya que hubo una ventaja desleal por parte del que esta haciendo el software, al no establecer y aclarar estos parametros, y en eso [si quieren y pueden] ya se puede establecer una demanda o un acto legal.
TRASTARO escribió:Esta bien esa parte, pero con todo, quien haga el programa debe aclarar estos puntos y establecer claramente las ventajas de uno u otro. Aqui me parece que ni contrato hubo de por medio y quedo mas en un acuerdo "entre caballeros". Y llegamos al punto incicial:

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Lo que pueden hacer, es continuar con una negociacion amistosa y si no llegan a nada, asesorarse con algunos abogados y llevarlo a los tribunales, pero primero deben asegurarse de tener algo escrito, fechado y donde se vea claramente que la idea es suya y que la empresa que hizo el desarrollo no tenia nada referente a esa idea, y con eso comprobar que estan aprovechandose de ustedes.



Ya que hubo una ventaja desleal por parte del que esta haciendo el software, al no establecer y aclarar estos parametros, y en eso [si quieren y pueden] ya se puede establecer una demanda o un acto legal.

Lo que no entiendo es que te quejes, cuando os hicieron el programa les preguntasteis si era exclusivo vuestro? Si tan seguros estabais de la calidad de vuestra idea deberíais haber ido con pies de plomo a la hora de hacer el software, como tú mismo has dicho antes, habéis pagado la novatada pero además habéis pagado el no haberos informado antes de hacer nada.
amchacon escribió:Yo negociaría para que te den el porcentaje de beneficios, pero sin ningún tope máximo.

Todavía me acuerdo de la jugada de bill gates a la IBM [360º]


Básicamente, porque aunque el programa concreto no se pudiera vender supongo que no tendrá nada de especial como para impedir crear otro equivalente, si la competencia tiene interés al menos se puede intentar sacar provecho.
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