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Musice escribió:Y qué tiene de difícil resetearla?
fofielnegro escribió:si dices que te dieron una DS,y al dia siguiente otra,porque no devuelves la nueva que te han dado,que supungo que no habras abierto,?¿ smile_:?
Pues no me acuerdo .Hidekibcn escribió:
Se puede resetar? joder eso no lo sabia!...si se la devuelo sin el nombre hora y eso...no me podrán meter excusas . Como se hace?
the iniston escribió:no te lies, una hoja de reclamaciones oficial y aunque te la cambien ponles la reclamacion pa que espabilen, que la ley es pa todos, no solo pa ellos (recuerda que lña hojas de reclamaciones son 3 hojas autocopiantes de tu comunidad autonoma que te tiene que sellar y firmar un responsable, que no te cuelen una hoja de suguerencias y reclamaciones del propio hiper que no sirva pa na)
Kyoshiro escribió:¿Desde cuando hay una ley de "Si no queda satisfecho te devolvemos el dinero"? Eso solo se lo pueden permitir los centros comerciales grandes y si se encabezonan en que no pueden devolverte el dinero por un producto usado y que funciona perfectamente, mal lo veo.
Kyoshiro escribió:
¿Desde cuando hay una ley de "Si no queda satisfecho te devolvemos el dinero"? Eso solo se lo pueden permitir los centros comerciales grandes y si se encabezonan en que no pueden devolverte el dinero por un producto usado y que funciona perfectamente, mal lo veo.
# Una novedad importante es la incorporación del derecho del consumidor a elegir entre la reparación y la sustitución del producto. Si ésta no fuera posible o se demorara irrazonablemente, se podrá optar entre la rebaja del precio o la resolución del contrato (devolver el producto y recuperar el dinero).
El consumidor podrá reclamar si:
El bien adquirido no se ajusta a la descripción realizada por el vendedor.
El bien adquirido no tiene las cualidades que el consumidor ha visto mediante una muestra o modelo.
El bien adquirido no sirve para los usos a que ordinariamente se destinan los bienes de consumo del mismo tipo.
No es apto para el uso especial que hubiese sido requerido por el consumidor y que el vendedor haya aceptado.
No presenta la calidad y el comportamiento esperados, especialmente teniendo en cuenta las declaraciones públicas (publicidad, folletos, etiquetado...) sobre sus características concretas hechas por el vendedor o el fabricante.
Si la falta de conformidad se manifiesta durante los 6 primeros meses de la entrega, se da por supuesto que el defecto ya existía cuando se entregó el producto. Es decir, en ese plazo, el consumidor para reclamar no deberá demostrar la causa del mal funcionamiento del bien.
the iniston escribió:llevo 7 años trabajando en venta de informatica tanto en tiendas como en centros comerciales, puedo decirte que me se la ley casi de memoria,si lo lees bien veras que no hablan de 15 dias,sino de 6 meses...una cosa es el periodo voluntario de prueba y otra la ley de garantias
SrJimenez escribió:
pero segun yo entiendo al leer eso es que para poder reclamar una sustitucion o reparacion del producto debe estar entre los 5 supuestos que pone (el bien adquirido no se ajusta a la descripcion, no tiene las cualidades de la muestra, etc)
y la ds que ha comprado esta perfecta
Jsk77 escribió:Que ganas de buscarle los pies al gato.
Si no queda satisfecho, el devolvemos su dinero.
Compra algo, no está satisfecho, y lo puede descambiar perfectamente.
Jsk77 escribió:
Que ganas de buscarle los pies al gato.
Si no queda satisfecho, el devolvemos su dinero.
Compra algo, no está satisfecho, y lo puede descambiar perfectamente.