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1) los jóvenes 22 y 30 años (la prestación se interrumpe a los 30 años)
2) Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Así, si tus ingresos mensuales, aproximadamente, no superan los 1.500 euros netos, podrás acogerte a la ayuda
3) tener una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud
4) Ser titular del contrato de alquiler.
Si cumples con estas premisas, podrás recibir 210 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro años. Te ahorras 2.520 euros al año de alquiler, y en total 10.080 durante los cuatro años que dura la prestación
También puedes optar a 600 euros de préstamo que se puede utilizar para la fianza. Al finalizar el contrato de alquiler o cuando dejes de recibir la renta de emancipación, deberás devolver esta cantidad. Por último, puedes disponer de 120 euros para los gastos de su tramitación del aval
Pasos a seguir
Hay que presentar la solicitud ante el departamento competente en materia de vivienda de la Comunidad o Ciudad Autónoma donde esté situado el piso de alquiler
La administración autonómica comprobará que se cumplen todos los requisitos para percibir la renta de emancipación y lo comunicará en el plazo máximo de dos meses
Con la resolución otorgada por la comunidad autónoma, el joven deberá dirigirse a la entidad bancaria colaboradora para solicitar el pago. Tras comprobar que el solicitante ha realizado la transferencia del pago del alquiler mensual al propietario, el Ministerio de Vivienda ingresará en la cuenta bancaria del solicitante el importe de la prestación
Si el solicitante aún no tiene contrato de alquiler, podrá solicitar el reconocimiento provisional del derecho a la renta. En este caso, tendrá tres meses desde el reconocimiento del derecho para buscar casa y presentar una nueva solicitud aportando el contrato de alquiler. La Comunidad autónoma comprobará los datos y comunicará el reconocimiento definitivo del derecho a la renta. Inmediatamente, el Ministerio ingresará la ayuda en la cuenta bancaria del solicitante, desde el mes en que se presente el contrato de alquiler
Voltax escribió:@balónybalín muchas gracias, no había caído en la ayuda al alquiler, a ver si puede ser, ya que hasta agosto del año que viene no hago los 30