Baja por enfermedad común

Sara5 está baneado por "trolaso"
Si estoy de baja por maltia común y mi contrato a terminado el día 30/9 y la empresa me dado de baja.

Ahora tengo que iré a la mutua.

Mi pregunta es cobrare lo mismo que cobror de la nómina o solo un tan por ciento y cuales .
@Sara5 Si "maltia común" es enfermedad común, el 60% de la base reguladora.
Manint escribió:@Sara5 Si "maltia común" es enfermedad común, el 60% de la base reguladora.


Si, es en catalán "malaltia comú" = enfermedad común.

@Sara5 como dice el compañero, es el 60% de la base reguladora, que viene a ser, en tu nómina, lo que pone como "Bases de cotización"

Salvo que el convenio colectivo lo mejore, sería de la siguiente manera:

Los primeros 3 días de baja no se cobra nada.
Del 4º día al 20º se cobra el 60% de la base reguladora.
A partir del día 21º se cobra el 75% de la base reguladora.

Y eso se calcula por la base de cotización de la nómina del mes anterior.

Si no has cobrado ninguna nómina, no tengo ni idea; nunca he estado de baja, solo me ciño a la información oficial.
Dice que su empresa ya no es su empresa xq des del 30 de setiembre que ya no trabaja allí, no? Estaba enferma antes de acabarse el contrato? Ha enfermado después?
Salvo que lo hayan cambiado, los dias que cobres de la mutua te los descuentan del paro
4 respuestas