Pues consultando de un vistazo rápido la Ley General de defensa de consumidores y usuarios...no me queda claro xD.
Por lo que yo entiendo, si dentro de la publicidad de un mismo producto, se refieren a dos distintos (la imagen dice una cosa y el texto otra), el usuario está en el derecho de reclamar la que le resulte más beneficiosa, en este caso, la tele de la imagen. Es un deber de la empresa hacer que la publicidad concuerde con lo que venden, así que si se han equivocado deben atenderse a las consecuencias, porque sino podría hasta hablarse de fraude.
En la mayoría de casos querer hacer entender esto a los responsables de la tienda es una pérdida de tiempo, y lo que resulta mejor es hacer una reclamación escrita, con el formulario oficial, exponiendo todo esto en la descripción del problema y esperar a que el organismo competente decida.
Así que si está bien argumentado y llevas razón seguramente te venderán lo que sale en imagen, aunque quizá dos o tres meses más tarde, cuando se haya pronunciado la administración.
Quisiera puntualizar que no soy ni mucho menos un experto en el tema, de derecho solamente tengo nociones muy básicas, pero leyendo la ley y con algunas experiencias que he tenido, he expuesto lo que me parece se corresponde con la realidad.