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Movistar Informa:
El 18 de octubre de 2011 se modifican las tarifas por defecto de emoción (WAP), Chat, Streaming, Ruta Movistar y Mail Movistar en el extranjero (roaming), y se igualan con la tarifa por defecto de Internet en el extranjero. Los nuevos precios son:
- Zona 1 (Unión Europea, Noruega e Islandia): 10€ al dia (11,8 € IVA incluido) por cada 10 Mb consumidos.
- Zona 2 y 3 (resto del mundo): 10€ (11,8€, IVA incluido) por cada Mb consumido. Para clientes que tengan contratado My World o Outside Europe, el precio es de 5€ (5,90 €, IVA incluido) por cada Mb consumido.
Se considera día natural entre las 00:00h y las 23:59h según horario penincular (Canarias de las 23:00 a las 22:59h). Este cambio no afecta a las tarifas de roaming en operadores no terrestres (Marítimos, aéreos y por satélites). En cumplimiento de la normativa vigente, le recordamos que el artículo 9 del Real Decreto 899/2009 le reconoce el derecho a resolver el contrato sin penalización por este concepto si las nuevas condiciones no resultan de su satisfacción, sin perjuicio de otros compromisos que hubiera podido asumir.
biourza escribió:Hola a todos, a ver si alguien me puede despejar una dudilla. Con la ultima factura de movistar venia una hoja que ponia:Movistar Informa:
El 18 de octubre de 2011 se modifican las tarifas por defecto de emoción (WAP), Chat, Streaming, Ruta Movistar y Mail Movistar en el extranjero (roaming), y se igualan con la tarifa por defecto de Internet en el extranjero. Los nuevos precios son:
- Zona 1 (Unión Europea, Noruega e Islandia): 10€ al dia (11,8 € IVA incluido) por cada 10 Mb consumidos.
- Zona 2 y 3 (resto del mundo): 10€ (11,8€, IVA incluido) por cada Mb consumido. Para clientes que tengan contratado My World o Outside Europe, el precio es de 5€ (5,90 €, IVA incluido) por cada Mb consumido.
Lo bueno biene al final, la letra pequeña, que dice lo siguiente: (marcon en negrita lo interesante)Se considera día natural entre las 00:00h y las 23:59h según horario penincular (Canarias de las 23:00 a las 22:59h). Este cambio no afecta a las tarifas de roaming en operadores no terrestres (Marítimos, aéreos y por satélites). En cumplimiento de la normativa vigente, le recordamos que el artículo 9 del Real Decreto 899/2009 le reconoce el derecho a resolver el contrato sin penalización por este concepto si las nuevas condiciones no resultan de su satisfacción, sin perjuicio de otros compromisos que hubiera podido asumir.
por lo que yo entiendo, a partir del dia 18 de octubre... ¿podria cancelar mi permanencia y darme de baja?