¿Cancelación de permanencia a partir del 18 de octubre? (MOVISTAR)

Hola a todos, a ver si alguien me puede despejar una dudilla. Con la ultima factura de movistar venia una hoja que ponia:

Movistar Informa:
El 18 de octubre de 2011 se modifican las tarifas por defecto de emoción (WAP), Chat, Streaming, Ruta Movistar y Mail Movistar en el extranjero (roaming), y se igualan con la tarifa por defecto de Internet en el extranjero. Los nuevos precios son:
- Zona 1 (Unión Europea, Noruega e Islandia): 10€ al dia (11,8 € IVA incluido) por cada 10 Mb consumidos.
- Zona 2 y 3 (resto del mundo): 10€ (11,8€, IVA incluido) por cada Mb consumido. Para clientes que tengan contratado My World o Outside Europe, el precio es de 5€ (5,90 €, IVA incluido) por cada Mb consumido.


Lo bueno biene al final, la letra pequeña, que dice lo siguiente: (marcon en negrita lo interesante)

Se considera día natural entre las 00:00h y las 23:59h según horario penincular (Canarias de las 23:00 a las 22:59h). Este cambio no afecta a las tarifas de roaming en operadores no terrestres (Marítimos, aéreos y por satélites). En cumplimiento de la normativa vigente, le recordamos que el artículo 9 del Real Decreto 899/2009 le reconoce el derecho a resolver el contrato sin penalización por este concepto si las nuevas condiciones no resultan de su satisfacción, sin perjuicio de otros compromisos que hubiera podido asumir.


por lo que yo entiendo, a partir del dia 18 de octubre... ¿podria cancelar mi permanencia y darme de baja?
Me uno a la pregunta, alguien puede sacarnos de dudas? gracias.
Interesante, alguien sabe algo?
supuestamente te estan modificando el contrato que realisastes,afectando a la tarifa por tanto ese contrato queda nulo.
biourza escribió:Hola a todos, a ver si alguien me puede despejar una dudilla. Con la ultima factura de movistar venia una hoja que ponia:

Movistar Informa:
El 18 de octubre de 2011 se modifican las tarifas por defecto de emoción (WAP), Chat, Streaming, Ruta Movistar y Mail Movistar en el extranjero (roaming), y se igualan con la tarifa por defecto de Internet en el extranjero. Los nuevos precios son:
- Zona 1 (Unión Europea, Noruega e Islandia): 10€ al dia (11,8 € IVA incluido) por cada 10 Mb consumidos.
- Zona 2 y 3 (resto del mundo): 10€ (11,8€, IVA incluido) por cada Mb consumido. Para clientes que tengan contratado My World o Outside Europe, el precio es de 5€ (5,90 €, IVA incluido) por cada Mb consumido.


Lo bueno biene al final, la letra pequeña, que dice lo siguiente: (marcon en negrita lo interesante)

Se considera día natural entre las 00:00h y las 23:59h según horario penincular (Canarias de las 23:00 a las 22:59h). Este cambio no afecta a las tarifas de roaming en operadores no terrestres (Marítimos, aéreos y por satélites). En cumplimiento de la normativa vigente, le recordamos que el artículo 9 del Real Decreto 899/2009 le reconoce el derecho a resolver el contrato sin penalización por este concepto si las nuevas condiciones no resultan de su satisfacción, sin perjuicio de otros compromisos que hubiera podido asumir.


por lo que yo entiendo, a partir del dia 18 de octubre... ¿podria cancelar mi permanencia y darme de baja?


Sí y no. Al igual que en el anterior cambio de tarifas (hace un año creo) puedes darte de baja del contrato sin pagar la penalización. Eso sí, Movistar (y las demás operadoras) hacen "trampas" en sus contratos y te van a seguir exigiendo esa penalización porque, según ellos, el dinero que pagas como consumo mínimo al mes es un dinero que te sirve para financiar un terminal y no como mantenimiento de la línea. Es decir, el consumo mínimo no lo pagas por tener línea sino por el teléfono que te dan cuando firmas el contrato. Vamos, que si no tienes línea en 6 meses lo tienes que pagar igual. Puedes darte de baja en el servicio de Movistar, cancelar el contrato para guardar tu número y hacer portabilidad o seguir, pero hagas lo que hagas tienes que pagar el teléfono.

Es algo normal, puedes comprar un ordenador y no tener pantalla, no te lo van a devolver o a dejar de cobrar por ello... De todas formas, ¿quién usa el WAP hoy en día? Aunque sí que es un motivo para poder darte de baja.
En mi factura de 01 de Septiembre de 2011 me aparece el mismo enunciado con cambio de tarifas y mención al mismo Real Decreto.

Contrato: Tarifa Profesional 9 Fin de Semana + Internet en el Móvil Plus + Correo
Móvil: Samsung Galaxy S
Fecha contrato: 15-07-2010
Compromiso de permanencia: 24 meses
Apoyo económico: 472 eur.

Esto es lo que dice la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones al respecto:
http://www.usuariosteleco.es/Derechos/TelefoniaMovil/Paginas/Altasybajas.aspx

"Mi operador de telefonía móvil me ha informado por escrito de que van a cambiar algunas condiciones de mi contrato, ¿es legal?" Respuesta: Los operadores de los servicios de telecomunicaciones pueden proponer modificaciones en las condiciones contractuales notificándolo al abonado con un mes de antelación. Dichas modificaciones sólo caben si están expresamente previstas en el contrato de abono. En la misma comunicación se informará, además, del derecho del usuario a darse de baja de forma anticipada y sin penalización alguna si no está de acuerdo con las nuevas condiciones.

Encontrado en algunos foros:
Carta de reclamación a Movistar:
http://www.gsmspain.com/foros/hp499971_pp20_p1_Operadores-Movistar_Carta-reclamacion-MoviStar-VULNERACION-424-2005-Primera-via-oficial.html
He ganado a Movistar:
http://www.gsmspain.com/foros/h518317_Operadores-Movistar_ganado-Movistar-DEVUELVEN-IMPORTE-PENALIZACION-rescindir-contrato.html

Según a mi entender y por lógica:
1. Si me informan en mi propia factura es porque afecta a mi contrato.
2. El cambio unilateral se trata precisamente de Tarifas… de Mail Movistar en (roaming), que me afectan.

A tener en cuenta:

1. Los compromisos de permanencia y las penalizaciones sólo son válidas si se pactaron expresamente y el usuario recibió una contraprestación a cambio.
2. El importe de la penalización debe ser proporcional al valor del teléfono móvil o beneficio obtenido como contraprestación así como al tiempo que reste por cumplir del compromiso de permanencia.
3. Las penalizaciones no son exigibles cuando el motivo de la baja o cambio de operador es el incumplimiento de la compañía operadora.
4. En caso de controversia reclame al operador y/o presente la correspondiente reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo.
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