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adrick escribió:Lo que faltaba enanos al volante..... Y quien se lo va a pagar papá estado![]()
GXY escribió:adrick escribió:Lo que faltaba enanos al volante..... Y quien se lo va a pagar papá estado![]()
Explicame cómo va a pagar el estado estos carnets.
Y el A1 es para motos. Si necesitas ayuda para distinguir entre 2 ruedas y 4 mal vamos
Juaner escribió:Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
adrick escribió:Lo que faltaba enanos al volante..... Y quien se lo va a pagar papá estado
LLioncurt escribió:adrick escribió:Lo que faltaba enanos al volante..... Y quien se lo va a pagar papá estado
No veo en la noticia ningún sitio que diga que el estado va a pagar nada.
adrick escribió:LLioncurt escribió:adrick escribió:Lo que faltaba enanos al volante..... Y quien se lo va a pagar papá estado
No veo en la noticia ningún sitio que diga que el estado va a pagar nada.
No tardarán en inventarse algo si no al tiempo, dudo mucho que la mayoría de jóvenes tengan dinero para un vehículo eléctrico.
adrick escribió:GXY escribió:adrick escribió:Lo que faltaba enanos al volante..... Y quien se lo va a pagar papá estado![]()
Explicame cómo va a pagar el estado estos carnets.
Y el A1 es para motos. Si necesitas ayuda para distinguir entre 2 ruedas y 4 mal vamos
Por eso no tiene sentido ese carnet si ya crean problemas vehículos de dos ruedas pues imagínate uno de cuatro, pues es fácil sacando algún tipo de ayuda y que los más jóvenes sin recursos puedan solicitarlas o cualquier historia , si no dime tú quien se lo va a pagar.
adrick escribió:LLioncurt escribió:adrick escribió:Lo que faltaba enanos al volante..... Y quien se lo va a pagar papá estado
No veo en la noticia ningún sitio que diga que el estado va a pagar nada.
No tardarán en inventarse algo si no al tiempo, dudo mucho que la mayoría de jóvenes tengan dinero para un vehículo eléctrico.
Juaner escribió:El hecho de conducir a los 16 pues me da igual, ya podían ir haciendo el cabra con scooters si les daba la gana. Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
Quieres que conduzcan con limitaciones? Perfecto y comprensible, también hay limitaciones durante el primer año de carnet. Pero solo eléctricos? Anda y vete a tomar por el culo.
Kleshk escribió:Comentar que en otros países de la UE ya existe éste carnet, sólo que los coches son adaptados a 3 ruedas para que no cojan velocidad
https://es.motor1.com/news/521287/empre ... -triciclo/
Solo atascos.. No van a crear accidentes y van a ser muy responsables con esa edad sin un supervisor de por medio, bueno.. no te lo crees ni tú. Comparame un bicho de 400 kg + conductor con un ciclomotor de 115kg.. tanto para peatones como para conductores en caso de colisión mucho más peligroso, espero que en caso de accidente la responsabilidad penal sea como la de un adulto.GXY escribió:adrick escribió:GXY escribió:
Explicame cómo va a pagar el estado estos carnets.
Y el A1 es para motos. Si necesitas ayuda para distinguir entre 2 ruedas y 4 mal vamos
Por eso no tiene sentido ese carnet si ya crean problemas vehículos de dos ruedas pues imagínate uno de cuatro, pues es fácil sacando algún tipo de ayuda y que los más jóvenes sin recursos puedan solicitarlas o cualquier historia , si no dime tú quien se lo va a pagar.
Es decir que sacas una crítica al estado/gobierno de la nada. Ok
Y quien se lo va a pagar? Pues los padres igual que con el ciclomotor.
Y crear problemas? Como mucho atasco de tráfico.
En resumen. Hate basado en nada por aquí, nada por allá. Ok.
Juaner escribió:El hecho de conducir a los 16 pues me da igual, ya podían ir haciendo el cabra con scooters si les daba la gana. Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
Quieres que conduzcan con limitaciones? Perfecto y comprensible, también hay limitaciones durante el primer año de carnet. Pero solo eléctricos? Anda y vete a tomar por el culo.
LokiEros escribió:Yo creo que la pregunta que nos deberiamos hacer todos es, ¿estan las personas de 16 años capacitadas mentalmente y fisicamente para conducir?
Lit escribió:Serían penalmente responsables si la lian parda?..... porque entiendo que no.
Simple curiosidad.
Menor edad
El delito de conducción temeraria de los artículos 380 y 381 del Código Penal, al igual que todos los delitos contra la seguridad vial sólo podrá ser cometido por un menor de 18 años, (salvo, obviamente, cuando se produzca la conducción sin permiso o licencia) cuando conduzca una motocicleta, en la medida en la que es a partir de los 15 años de edad cuando puede obtenerse el permiso AM, que permite conducir ciclomotores de dos o tres ruedas. A partir de los 16 años se podrá obtener el permiso A1, que permite conducir motocicletas de una cilindrada inferior a 125 centímetros cúbicos y de potencia que no supere los 11 kilowatios así como vehículos de tres ruedas de potencia inferior a los 15 kilowatios. Para conducir el resto de vehículos, es preciso tener como mínimo 18 años (o incluso de 20 o 21 años para el permiso A que permite la conducción cualquier ciclomotor, sin límite de cilindrada o potencia).
Si se trata de un menores de 14 años, les serán aplicables las normas de protección del Código Civil. Si el menor tiene una edad de 14 años o más e inferior a 18 años se le aplicará la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero de Responsabilidad Penal de los Menores. El Código Penal no es aplicable en ningún caso a los menores de 18 año, según el artículo 19 del Código Penal
La duración de las diversas medidas a imponer, por el delito de conducción temeraria cometido por el menor, en todo caso habrá de ceñirse como máximo a lo solicitado por la acusación pública o particular (artículo 8 de la Ley Orgánica). El artículo 7 de la Ley orgánica establece que podrán imponerse al menor las siguientes medidas:
1. Internamiento en régimen cerrado, abierto o semi abierto.
2. Tratamiento ambulatorio. Se podrá aplicar en solitario o como complemento a otras medidas.
3. Asistencia a un centro de día.
4. Permanencia de fin de semana en su domicilio o en un centro hasta un máximo de 36 horas entre la tarde noche del viernes y la tarde del domingo, a excepción del tiempo que deba dedicar a las tareas socio educativas asignadas por el Juez.
6. Libertad vigilada.
7. Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima o con aquellas personas que determine el Juez.
8. Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo.
9. Prestaciones en beneficio de la comunidad, que de acuerdo con el artículo 25 CE no podrán imponerse sin el consentimiento del sujeto.
10. Amonestación, que se llevará a cabo por el Juez de Menores.
11. Privación del permiso a conducir ciclomotores y vehículos a motor así como imposibilidad de obtenerlos durante el tiempo de condena, o de las licencias administrativas para caza o para uso de cualquier tipo de armas.
12. Inhabilitación absoluta.
Estas medidas se ejecutarán de conformidad con la Comunidad Autónoma donde se ubique el Juzgado de Menores. Podrá producirse el sobreseimiento del proceso por conducción temeraria, mediante conciliación o reparación del daño entre el menor y la víctima, en aquellos casos de menor gravedad, cuando no haya habido violencia o intimidación graves, para casos de delitos leves (antiguas faltas) o delitos menos graves.
Son responsables civiles solidarios, por el delito de conducción temeraria cometido por un menor, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por los daños y perjuicios causados por los delitos contra la seguridad vial cometidos por el menor de edad.
Conocerá del proceso de menores por conducción temeraria el Juez de Menores del lugar de comisión del delito y corresponde la instrucción del caso al Ministerio Fiscal. Tiene una especial participación a lo largo de todo el proceso el equipo técnico adscrito al Juzgado de Menores, el cual emitirá informes y asesorará al órgano Judicial y al Ministerio Fiscal acerca de posibles intervenciones socioeducativas del menor y sobre su situación personal psicológica, educativa y familiar. Deberá estar presente por medio de un representante en la celebración de la audiencia o juicio oral.
A lo largo del proceso por el delito conducción temeraria cometido por el menor, se velará por el cumplimiento de sus derechos constitucionales así como por el de los recogidos en otras regulaciones como la Ley Orgánica 1/96 de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor o la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989. Entre tales derechos destaca el derecho a ser informado de sus derechos, a designar abogado, intervenir, a proponer y solicitar la práctica de diligencias de investigación, a ser oído por el Juez o Tribunal o a la asistencia efectiva y psicológica o del servicio del equipo técnico adscrito al Juzgado de Menores (artículo 16.3 dela Ley Orgánica) La sentencia deberá redactarse en un lenguaje claro y comprensible para la edad del menor (artículo 39.2 de la Ley Orgánica)
angelillo732 escribió:Juaner escribió:El hecho de conducir a los 16 pues me da igual, ya podían ir haciendo el cabra con scooters si les daba la gana. Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
Quieres que conduzcan con limitaciones? Perfecto y comprensible, también hay limitaciones durante el primer año de carnet. Pero solo eléctricos? Anda y vete a tomar por el culo.
Llevo un rato pensando y no se me ocurre por que está mal que solo puedan acceder a vehículos eléctricos, son todo ventajas, no podrán acceder en masa, les crearás un hábito, no metes de golpe miles de coches con sus gases, etc..
Juaner escribió:angelillo732 escribió:Juaner escribió:El hecho de conducir a los 16 pues me da igual, ya podían ir haciendo el cabra con scooters si les daba la gana. Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
Quieres que conduzcan con limitaciones? Perfecto y comprensible, también hay limitaciones durante el primer año de carnet. Pero solo eléctricos? Anda y vete a tomar por el culo.
Llevo un rato pensando y no se me ocurre por que está mal que solo puedan acceder a vehículos eléctricos, son todo ventajas, no podrán acceder en masa, les crearás un hábito, no metes de golpe miles de coches con sus gases, etc..
Porque no hay infraestructura, porque son mucho mas caros y no van a bajar de precio en un futuro próximo, porque no lo hacen por ecología sino por presión del lobby (esto lo presupongo, no creo que vaya desencaminado) y porque, fundamentalmente, no tiene sentido mezclar churras con merinas. Permitir o no conducir a los de 16 no tiene nada que ver con qué tipo de combustible usa el vehículo.
Esos son mis motivos. Yo personalmente no veo ninguna ventaja en que la norma vaya a ser así. Que hábito les va a crear? Planificar la ruta antes de salir de casa para ver donde pueden recargar baterías? Un coche electrico sigue siendo un coche, salvo por el hecho de no tener que ponerle gasolina, te va a crear los mismos hábitos que uno de combustión, creo yo. Al menos a mi no se me ocurre nada más, pero estoy abierto al debate.
Técnicamente llevan décadas haciéndolo.LokiEros escribió:Yo creo que la pregunta que nos deberiamos hacer todos es, ¿estan las personas de 16 años capacitadas mentalmente y fisicamente para conducir?
angelillo732 escribió:@Juaner dejame que dude en que esto se haga peor presiones de un lobbie, es que al final todo van a ser lobbies en esta vida.
El hábito de conducir un coche eléctrico, al igual que muchos tienen el hábito de odiar lo eléctrico o preferir gasolina a todo lo demás, o un tipo de vehículo por que fueron sus primeros coches, el hábito de hacerse rutas pensando en donde y como cargarlo, etc..
Habito puede ser colectivo y no tiene por qué referirse únicamente a cosas concretas.
Sigo sin ver problema alguno.
@[PeneDeGoma] puedes pensar lo que quieras, pero el impacto que tienen los vehículos es real, lo digo por que leyendo te parece que se inventan las cosas.
Nepal77 escribió:
Pueden circular con motocicletas desde esa edad desde hace lustros.
Lit escribió:Nepal77 escribió:
Pueden circular con motocicletas desde esa edad desde hace lustros.
Si, pero con un ciclomotor no puedes ir por vías rápidas, con un vehículo de 90 km/h si..... Es un paso más allá.
Porque hay muchos factores asociados.....van las aseguradoras a asegurar a un chaval de 16 años? No se, me parece, a mí, más complejo que un simple carnet.
Que no tengo claro que sea negativo.... pero aquí estamos hablando de cosas distintas.
angelillo732 escribió:@Juaner tranquilo, si no te lo decía por nada, simplemente son opiniones.
Juaner escribió:El hecho de conducir a los 16 pues me da igual, ya podían ir haciendo el cabra con scooters si les daba la gana. Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
Quieres que conduzcan con limitaciones? Perfecto y comprensible, también hay limitaciones durante el primer año de carnet. Pero solo eléctricos? Anda y vete a tomar por el culo.
AniTa 73 escribió:Juaner escribió:El hecho de conducir a los 16 pues me da igual, ya podían ir haciendo el cabra con scooters si les daba la gana. Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
Quieres que conduzcan con limitaciones? Perfecto y comprensible, también hay limitaciones durante el primer año de carnet. Pero solo eléctricos? Anda y vete a tomar por el culo.
Vamos a ver, yo veo a niños de 14 años con coches de gasolina de esos pequeños con matricula de moto, que no es nada nuevo.
Juaner escribió:AniTa 73 escribió:Juaner escribió:El hecho de conducir a los 16 pues me da igual, ya podían ir haciendo el cabra con scooters si les daba la gana. Pero esto en realidad es un intento zafio de impulsar la venta de eléctricos, y eso si me parece mal.
Quieres que conduzcan con limitaciones? Perfecto y comprensible, también hay limitaciones durante el primer año de carnet. Pero solo eléctricos? Anda y vete a tomar por el culo.
Vamos a ver, yo veo a niños de 14 años con coches de gasolina de esos pequeños con matricula de moto, que no es nada nuevo.
No es nuevo no. Pero el tema aquí, al menos el que estaba mencionando yo, no es tanto el límite de edad como la restricción a que sea eléctrico.
Lit escribió:@_osiris_
Una pregunta, porque a lo mejor estoy equivocado. Hasta ahora, un menor podia tener el AM, que no permite condicir nada que vaya a mas de 45km/h.....no se como un menor, podria entrar en una autovia con un coche que necesita un B1. Aunque curisamente, con 16, si se podia conducir un vehiculo agricola.
Insisto, que a lo mejor estoy confundido.
Edito: Hablabas de un A1......no he dicho nada.![]()
adri079 escribió:Pero no sé podía ya? Yo recuerdo un compi de clase que al instituto venía con un minicoche enano, en bachillerato conducía vamos...
korchopan escribió:mientras tengan que sacar el carnet para mí la única diferencia entre un niño de 16 años y uno de 18 en un coche es que uno legalmente puede beber alcohol.
De todos modos el desembolso que supone sacar un carnet y comprar un coche de estos más la instalación del cargador solo por hacerlo un par de años antes para luego volver a pagar otro carnet y otro coche si quieres más potencia... me parece que pocos nos vamos a encontrar por la calle.
carlosniper escribió:pero quien va a tener coche de aqui a 15-20 años xD