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autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
El permiso de las clases B, BTP, B + E, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E no autoriza a conducir motocicletas con o sin sidecar. No obstante, las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.
En el supuesto de que el permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, esté sometido a adaptaciones, restricciones u otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación, para poder conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1, deberán hacerse constar previamente por la Jefatura Provincial de Tráfico en el permiso las adaptaciones o restricciones que correspondan. Para conducir vehículos especiales no agrícolas o sus conjuntos cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h, y su masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg, se requerirá permiso de la clase B. Si excede de cualquiera de estos límites, se requerirá el permiso de conducción que corresponda a su masa máxima autorizada. Para conducir vehículos especiales no agrícolas o sus conjuntos que transporten personas se requerirá permiso de la clase B cuando el número de personas transportadas, incluido el conductor, no exceda de nueve, de la clase D1 cuando exceda de nueve y no exceda de diecisiete y de la clase D cuando exceda de diecisiete. Los vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos en la reglamentación de vehículos para los vehículos ordinarios, se podrán conducir con el permiso de la clase B, o con la licencia de conducción a que se refiere el artículo 6.1.b). Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos, que tengan una masa o dimensiones máximas autorizadas superiores a las indicadas en el párrafo anterior o cuya velocidad máxima por construcción exceda de 45 km/h, se requerirá permiso de la clase B en todo caso.
Los ciclomotores también se podrán conducir con permiso de la clase B.
jon2491 escribió:Cuando cumples 3 años de carnet automáticamente puedes conducir una 125cc con un máximo de 15cv.
El permiso de las clases B, BTP, B + E, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E no autoriza a conducir motocicletas con o sin sidecar. No obstante, las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.
En el supuesto de que el permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, esté sometido a adaptaciones, restricciones u otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación, para poder conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1, deberán hacerse constar previamente por la Jefatura Provincial de Tráfico en el permiso las adaptaciones o restricciones que correspondan. Para conducir vehículos especiales no agrícolas o sus conjuntos cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h, y su masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg, se requerirá permiso de la clase B. Si excede de cualquiera de estos límites, se requerirá el permiso de conducción que corresponda a su masa máxima autorizada. Para conducir vehículos especiales no agrícolas o sus conjuntos que transporten personas se requerirá permiso de la clase B cuando el número de personas transportadas, incluido el conductor, no exceda de nueve, de la clase D1 cuando exceda de nueve y no exceda de diecisiete y de la clase D cuando exceda de diecisiete. Los vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos en la reglamentación de vehículos para los vehículos ordinarios, se podrán conducir con el permiso de la clase B, o con la licencia de conducción a que se refiere el artículo 6.1.b). Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos, que tengan una masa o dimensiones máximas autorizadas superiores a las indicadas en el párrafo anterior o cuya velocidad máxima por construcción exceda de 45 km/h, se requerirá permiso de la clase B en todo caso.
Los ciclomotores también se podrán conducir con permiso de la clase B.
Sabokillo escribió:¿Pero así sin más? ¿Ni prueba práctica ni leches? Me lo apunto, que tengo una moto de 125 cc cogiendo polvo.
Redlay escribió:Si pero ten cuidado, practica bastante con la moto, haz zig zag, mueve la mucho para que cojas agilidad que la vas a necesitar con los cazurros que hay por las carreteras
Sabokillo escribió:Redlay escribió:Si pero ten cuidado, practica bastante con la moto, haz zig zag, mueve la mucho para que cojas agilidad que la vas a necesitar con los cazurros que hay por las carreteras
Es el tema, que cualquiera que tenga el carné de coche tres años se pilla la moto y a hacer kilometros. No se, aunque me jodería creo que lo normal sería pasar un exámen práctico de mínimos.
natulciel escribió:Con las motos que puedes coger con el A2 cogen mucha más velocidad que tu moto, de ahí que haya que sacarse un carnet. Aparte de que puede que hallas llevado una moto de 125cc pero si no has cogido nunca una de marchas el cambio es muy grande
suskie escribió:El que nunca ha llevado moto y es un poco mayo y de pronto se sube en una 125 va tan cagao que no hace imprudencias. Además, es casi como ir en bicicleta.
natulciel escribió:Es que el siguiente carnet no es de 250cc es de 500cc o de la cilindrada que sea limitada a 34kw de potencia y eso ya son cosas mayores.suskie escribió:El que nunca ha llevado moto y es un poco mayo y de pronto se sube en una 125 va tan cagao que no hace imprudencias. Además, es casi como ir en bicicleta.
Si es una scooter todavía pero una de marchas tiene su "ciencia" que es fácil pero es mejor con clases. Si no pregunta en concesionarios de motos si no ha ido gente a por una de 125cc de marchas y le han tenido que explicar como funciona
dvdbcn25 escribió:El problema es el negocio Ke están haciendo con lo del carnets de moto simplemente es una manera de sacar dinero que si teórica que si circuito Ke si practica por ciudad......
Yo con mi 125 por ciudad estoy la mar de contento
dinamita4922 escribió:menos mal que me saque el carnet de moto hace la tira...porque vaya sacadero de dinero...
con los cochecitos estos si carnet igual..cuando les interesan crujir a impuestos legalizan poder circular con vehiculos sin tener que sacarte el carnet pertinente, y luego cuando no, que si miran por tu seguridad
si te sacas el carnet de coche, quien en su sano juicio dictamina que estas preparado para cojer ningun tipo de moto, por muy pocos 15 cv que lleve??
kikon69 escribió:dinamita4922 escribió:menos mal que me saque el carnet de moto hace la tira...porque vaya sacadero de dinero...
con los cochecitos estos si carnet igual..cuando les interesan crujir a impuestos legalizan poder circular con vehiculos sin tener que sacarte el carnet pertinente, y luego cuando no, que si miran por tu seguridad
si te sacas el carnet de coche, quien en su sano juicio dictamina que estas preparado para cojer ningun tipo de moto, por muy pocos 15 cv que lleve??
Si te sacas el carnet de coche, acreditas k sabes las normas de trafico.
Respecto a la moto, por tu regla de 3, tb habría k sacarse carnet para ir en bicicleta, no?
dinamita4922 escribió:claro, sabes las normas de circulacion, pero como acreditas que sabes cojer una moto??
para bicicleta a mas de uno si se le deberia de hacer pruebas
por cierto, la diferencia entre bicicleta y moto es que una tiene un motor y la otra no, de hay que una haga falta permiso y la otra no...pero vamos si quieres puedes seguir comparando cosas inverosimiles
dinamita4922 escribió:las pamplinas las tuyas, que comparas un vehiculo a motor con uno que no...
mira se que te interesa lo que dices, pues sales beneficiado, pero evidentemente no has echo ningun examen, con lo cual no estas preparado
tu en tu caso, hicistes alguna practica por tu cuenta, pero seguro que la mayoria no es asi
por esa regla de tres, me saco el carnet de moto, y como ya tengo el teorico cojo el coche, y en un dia que me acostumbre a conducir ya podria circular con el...porque no olvidemos que conducir tanto una moto como un coche no tiene ciencia ninguna
kikon69 escribió:dinamita4922 escribió:las pamplinas las tuyas, que comparas un vehiculo a motor con uno que no...
mira se que te interesa lo que dices, pues sales beneficiado, pero evidentemente no has echo ningun examen, con lo cual no estas preparado
tu en tu caso, hicistes alguna practica por tu cuenta, pero seguro que la mayoria no es asi
por esa regla de tres, me saco el carnet de moto, y como ya tengo el teorico cojo el coche, y en un dia que me acostumbre a conducir ya podria circular con el...porque no olvidemos que conducir tanto una moto como un coche no tiene ciencia ninguna
Debes de ser un puto amo, a mi me costo unas cuantas horas manejar el coche con soltura y la moto 2 minutos.
Porke no estoy preparado...¿porke tu lo digas?...venga hombre, k ya explike en ké consiste una clase de moto.
Comparo 2 vehiculos k pueden ir a semejantes velocidades y por la misma via, pues las motos pekeñas k yo sepa legalmente pueden ir hasta 50 más menos, misma velocidad k puedo coger en bicicleta con la misma via. Es más, en bici, ya puestos, además de mantener el ekilibrio, tengo k compaginarlo con el esfuerzo fisico, buenos movimientos de cuello y sin retrovisores
dvdbcn25 escribió:El problema es el negocio Ke están haciendo con lo del carnets de moto simplemente es una manera de sacar dinero que si teórica que si circuito Ke si practica por ciudad......
Yo con mi 125 por ciudad estoy la mar de contento
blackychann escribió:el primer dia que la gente se saca el carnet y coje un coche sin profesor es un peligro en potencia... de ahí que debas de tener precaucion y no ir como un loco. Con una moto es igual, solo que mas facil.dvdbcn25 escribió:El problema es el negocio Ke están haciendo con lo del carnets de moto simplemente es una manera de sacar dinero que si teórica que si circuito Ke si practica por ciudad......
Yo con mi 125 por ciudad estoy la mar de contento
Es que hay que bajar la mortalidad por moto en España...y es mas facil poner chungo el acceso al carnet y caro, que arreglar las carreteras y hacerlas mas seguras para las motocicletas...
Este país lo hace todo así de bien...
blackychann escribió:el primer dia que la gente se saca el carnet y coje un coche sin profesor es un peligro en potencia... de ahí que debas de tener precaucion y no ir como un loco. Con una moto es igual, solo que mas facil.dvdbcn25 escribió:El problema es el negocio Ke están haciendo con lo del carnets de moto simplemente es una manera de sacar dinero que si teórica que si circuito Ke si practica por ciudad......
Yo con mi 125 por ciudad estoy la mar de contento
Es que hay que bajar la mortalidad por moto en España...y es mas facil poner chungo el acceso al carnet y caro, que arreglar las carreteras y hacerlas mas seguras para las motocicletas...
Este país lo hace todo así de bien...
Phyrok escribió:Saludos.
Sobre poder conducir una moto con tres años de experiencia con el B... Pues que queréis que os diga, me parece una burrada que se permita, y sólo se rige por intereses económicos para vender a mansalva scooters de 125, porque no tiene NADA que ver la mecánica de conducir con coche con una moto, y no digamos ya de marchas, por muy buenas manos que tengas.
En mi opinión, nunca lo deberían haber puesto, al igual que el actual A2, otro sacacuartos sin sentido. Lo suyo sería como antes (dos años limitado y luego sin problemas ni pagar más pasta), o si no, pues mira, a ver si tienen narices de aplicarlo también a los coches. Que hasta X tipo de coche, con el B2, y para conducir un bmw, audi, ferrari de los gordos, etc... pues el B completo, que tampoco es normal que un niño de papá con 18 años se saque el carnet y le compren un bicho de 400 cv
PD: Ah, y decir tengo que soy motero y deseando estoy cambiarme a algo de 120 cv, pero una vez subido a las dos ruedas durante un tiempo, empiezas a pensar de otra forma