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BADMPS escribió:Yo por mi experiencia propia, habiendo vivido en varios pisos, es que nunca me han devuelto la fieanza el mismo dia que me voy por el tema de las facturas que puedan quedar pendientes, ya que tu te vas a marchar el dia 28, pero las facturas pueden llegar mas tarde. Donde yo vivo el agua, basura y alcantarillado se paga cada tres meses, por lo que puede ser que tarde en llegar.
Entiendo que tu quieras la pasta y tengas dudas de que ella te lo vaya a devolver despues, pero piensa que tu casera pueda pensar lo mismo, que si te lo devuelve ahora lo mismo despues se come ella las facturas.
Si supieses exactamente sin dudas lo que la debeis si debiera de devolverte la diferencia ya mismo, pero supongo que esto no sea asi.
Sea como sea espero que no tengas problemas y te devuelva lo que te tenga que devolver y no te la lie.
NewDump escribió:Ok. Manana os cuento
vir82 escribió:Pon sábanas encima de las cosas, y dices que ya estás haciendo mudanza... No se, no le deis tantas vueltas a las cosas...
Que esté sucio o limpio da igual, no es una inspección de higiene, van a ver las dimensiones de las habitaciones, y demás, no hace falta que os compliquéis la vida...
vir82 escribió:Porque no habéis llamado vosotros para quitar los recibos? No hace falta ser propietario para hacer un cambio de titular y de cuenta bancaria. Incluso si llamas tu mismo te dirán si hay recibos sin pagar, etc... Si la dueña no te soluciona nada, pues amenazala con dar de baja los suministros y así la toca volver a darlos de alta y pagar por ello.
la fianza es obligatoria, según el artículo 36 de la ley de arrendamientos urbanos y debe ser equivalente a una mensualidad de renta en las viviendas y de dos si se trata de un arrendamiento diferente al de la vivienda, aunque hay que indicar que ambas partes pueden pactar cualquier tipo de garantía adicional al mes legal de la fianza
teniendo ya clara qué es la fianza y en qué consiste queremos incidir ahora que pasa cuando el casero no devuelve la fianza. el mismo artículo 36 de la ley de arrendamientos urbanos especifica que la fianza debe ser devuelta al arrendatario al final del arriendo, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución
la fianza se devuelve de forma íntegra cuando el piso está en perfecto estado. si al abandonar el piso el dueño comprueba que se han producido daños o desperfectos en él descontará los gastos de reparación del importe de la fianza a devolver
pero ¿qué pasa si todo está en orden y el casero alega motivos ficticios u otras causas para no devolver la fianza? al finalizar el arriendo de la vivienda es necesario que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves. en este documento se procederá a constatar los desperfectos o deterioros sufridos por la vivienda imputables al inquilino, si es que los hubiera, así como las deudas pendientes por alquiler o consumos, que servirán para descontarlo de la fianza
a partir de estos datos el inquilino podrá reclamar en el caso de no estar conforme con la fianza devuelta. la reclamación se realizará presentando los documentos que lo acreditan en los juzgados siendo la justicia quien dictamine quien tiene razón
en definitiva, la fianza es un compromiso ineludible y necesario para llevar a buen puerto un alquiler, sin que se produzcan situaciones de ‘riesgo’ para ninguna de las partes
¿CUAL ES EL TIEMPO QUE EL ARRENDADOR TIENE PARA LA DEVOLUCION DE LA FIANZA?
En un principio la obligación del arrendador de devolver la fianza nace en el momento de la entrega de las llaves del inmueble por el arrendatario.
La restitución de la fianza no tiene establecido un plazo concreto para ser efectiva, pero en el caso que no se diera por algún motivo aparente en la entrega de llaves nos limitaremos a la Ley de Arrendamientos donde se establece que si la devolución no se hubiese efectuado durante el periodo de un mes desde la entrega de las llaves, el saldo de la fianza devengará el interés legal.
Así es que el arrendatario tendrá como plazo máximo un mes para formular un documento donde se expongan los motivos por los que no se devolvió esa suma de dinero, junto con las pruebas pertinentes. De negarse el arrendador a cumplir con su obligación de devolución de la fianza, sin tener ningún documento que testifique el porqué, el arrendatario en este caso tendrá que proceder a su reclamación en vía judicial.
NewDump escribió:Perdon por reflotarlo, pero me encuentro que ahora me pide 300 euros mas de una factura de agua que cierto es NO PAGAMOS, por que no nos daba los recibos del AGUA. y me pide 270 euros mas, aparte de lo que se quedo de la fianza.
NewDump escribió:El problema es que en la mudanza se perdió el contrato por que la mudanza de Madrid a Tenerife fue un poco desastre, y bueno pero tenemos el papel de la fianza, y el papel de que nos dice que esta todo perfecto, El problema es cuando nos dice que no devuelve nada, por que el agua que nos digo que lo pagaría de la fianza, se la queda, y el agua que se lo paguemos. asi sin mas ale tus huevos.
d_d_d escribió:NewDump escribió:El problema es que en la mudanza se perdió el contrato por que la mudanza de Madrid a Tenerife fue un poco desastre, y bueno pero tenemos el papel de la fianza, y el papel de que nos dice que esta todo perfecto, El problema es cuando nos dice que no devuelve nada, por que el agua que nos digo que lo pagaría de la fianza, se la queda, y el agua que se lo paguemos. asi sin mas ale tus huevos.
¡Qué jeta tiene la gente! Espero que cuando marche yo de este piso no me hagan la sucia.
Suerte.
Budathecat escribió:fakemaria escribió:yo no tendría problemas
por otra parte, puestos a ser legalistas, tu también acomodastes a una hamija durante un tiempo y no lo comunicastes, cosa que es una soberana gilipollez pero no está permitido por contrato.
Yo si he tenido buen rollo con ella, se lo dejaría, más que nada porque la cosa está muy mala y todo lo que nos podamos ayudar pues bueno es
lo que no esta permitido es realquilar que yo sepa
marlendietrich escribió:Ni de coña, que enseñe fotos, y lo del ivi no se si tienes que pagarlo tu, la casa no es tuya, eso es cosa del propietario.
PussyLover escribió:marlendietrich escribió:Ni de coña, que enseñe fotos, y lo del ivi no se si tienes que pagarlo tu, la casa no es tuya, eso es cosa del propietario.
Lo del IBI (que no IVI) hay caseros que lo meten en el contrato. Si lo acepta el inquilino no hay problema. También se suele rebajar el alquiler.
Pero siempre es cosa del dueño pagarlo.
futuro mad max escribió:ojala le entren nuevos inquilinos que y le destrocen el cortijo que tiene montado
NewDump escribió:Bueno después de el tiempo que la dio la abogada esta mujer, la casera a desaparecido
FanDeNintendo escribió:Esperemos que se haya solucionado todo.
NewDump escribió:Bueno,
FanDeNintendo escribió:Esperemos que se haya solucionado todo.
Ojala! tio xD,
La cosa es que desde hace 2 dias llama a eso de las 21:00 de la noche y no se lo cojido, por que desaparecio literalmente. Se la llamo ( mediante abogada el dia 22 Ago ), la cosa es que yo no tengo ganas de cojerla el telefono los siento no me sale cojerlo para escuchar amenazas o lo que sea y mi opinion es ¿ Si quiere algo que hable todo con mi abogada y yo no se lo cojo ?. o ¿ lo cojo ?.
bifariam escribió:NewDump escribió:Bueno,
FanDeNintendo escribió:Esperemos que se haya solucionado todo.
Ojala! tio xD,
La cosa es que desde hace 2 dias llama a eso de las 21:00 de la noche y no se lo cojido, por que desaparecio literalmente. Se la llamo ( mediante abogada el dia 22 Ago ), la cosa es que yo no tengo ganas de cojerla el telefono los siento no me sale cojerlo para escuchar amenazas o lo que sea y mi opinion es ¿ Si quiere algo que hable todo con mi abogada y yo no se lo cojo ?. o ¿ lo cojo ?.
cogele el teléfono, y según como te hable le dices que todo eso lo hables con tu abogada y le cuelgas.....otra cosa que también podrías hacer es según le descuelgas el teléfono es avisar de buenas maneras que la llamada va a ser grabada...así si empieza con amenazas la puedes denunciar.....
que tengas mucha suerte