Cobrar estando de baja

Buenas, por circunstancias de la vida, tras casi 20 años en la empresa, mi madre esta de baja por depresion (problemas en el trabajo, con el jefe, compañeros..)

Ha ido al sicologo, la han remitido al siquiatra y ahora mismo anda con medicacion y tal.

Mi duda es, ya que yo estoy a cargo del banco... como se cobra por la baja?

Lo digo sobretodo porque ella cobra siempre el dia 8, o incluso antes, sabados incluidos.

Estamos a dia 8 y algo me dice que ni cobrará hoy, ni proximamente...

Alguien que haya pasado por esto puede comentarme? creo que es la primera vez que mi madre ha estado de baja tanto tiempo, lleva ya 1 mes.
normalmente se cobra igual que estando activo (una cifra menor dependiendo del tipo de baja, etc. pero nada mas).

pero mejor que te informen en la seguridad social (tendras que pedir cita)

bueno en realidad tendria que hacerlo tu madre, pero supongo que tu la podras acompañar o hacerlo en su nombre.
GXY escribió:normalmente se cobra igual que estando activo (una cifra menor dependiendo del tipo de baja, etc. pero nada mas).

pero mejor que te informen en la seguridad social (tendras que pedir cita)

bueno en realidad tendria que hacerlo tu madre, pero supongo que tu la podras acompañar o hacerlo en su nombre.


El tipo de baja es lo que tengo que mirar tambien, se que la "no laboral" tiene las reducciones de 0-60%-75% y que la laboral es el 75% desde el inicio (un marron porque tampoco viene cobrando una locura...) pero tenia entendido que no paga la empresa, si no la Seguridad Social no?
QueTeCuro escribió:
GXY escribió:normalmente se cobra igual que estando activo (una cifra menor dependiendo del tipo de baja, etc. pero nada mas).

pero mejor que te informen en la seguridad social (tendras que pedir cita)

bueno en realidad tendria que hacerlo tu madre, pero supongo que tu la podras acompañar o hacerlo en su nombre.


El tipo de baja es lo que tengo que mirar tambien, se que la "no laboral" tiene las reducciones de 0-60%-75% y que la laboral es el 75% desde el inicio (un marron porque tampoco viene cobrando una locura...) pero tenia entendido que no paga la empresa, si no la Seguridad Social no?


la seguridad social paga a la empresa y la empresa paga al empleado.

y si no me equivoco...

la cuantia (lo del 60-75%, etc) mientras sea ILT (incapacidad transitoria, una baja temporal, vaya) depende de la longitud del tiempo de baja y creo que tambien de la gravedad (si es una incapacidad grave que condiciona la vida diaria o no), no de si es laboral/no laboral.

donde influye si es laboral o no, es "quien paga", si la seguridad social o la mutua (empresa privada de asistencia/seguro que se hace cargo de esa parcela en la empresa del trabajador). por eso las mutuas van como locas a que el trabajador salga de baja rapido, porque la baja no la establecen ellos, sino el medico del trabajador, pero "el marron si lo pagan ellos" (pagar a la empresa la cuantia que corresponda). de ahi vienen las renuencias de las mutuas a mantener periodos de baja, las diferencias de criterio a la hora de evaluar si el trabajador esta en condiciones de trabajar, etc.

si me equivoco en algo que me corrijan. de este tema conozco algo pero no todos los entresijos. (y hay muchos).
Si el convenio no dice otra cosa:

- Del día 1 al 3 no se cobra nada
- Del 4 al 21 se cobra el 60% del salario base
- Del 21 en adelante, el 75% del salario base.

Hasta el día 15, se hace cargo del dinero el empresario, a partir de ese momento, hasta un máximo de 365 días, se hace cargo la seguridad social, pero a través del empresario. Es decir,a ti te sigue pagando tu empresa, pero la seguridad social le da el dinero al empresario.

Después de los 365 días, puede haber una prorroga de hasta 180 días y ahí ya te paga la seguridad social directamente. Después de ese tiempo, te tendría que ver un tribunal médico para valorar desde una incapacidad, hasta un alta forzosa.

Como he dicho al principio, esto es según el estatuto, pero muchos convenios mejoran esto, por ejemplo el convenio de mi empresa, desde el primer día, te dan 100% del salario. Yo he estado enfermo 2 semanas y pico y mi nómina fue igual que los demás meses.
Dia 12 y sin cobrar... a comet arroz blanco bajo la luz de las velas...

Segun me informaron, paga la empresa aunque corra a cuenta de la mutua o S.S.

Primero paga la empresa y luego la S.S le devuelve el pago a esta
QueTeCuro escribió:Dia 12 y sin cobrar... a comet arroz blanco bajo la luz de las velas...

Segun me informaron, paga la empresa aunque corra a cuenta de la mutua o S.S.

Primero paga la empresa y luego la S.S le devuelve el pago a esta


Eso es justamente lo que te escribí yo arriba...

Lo que no entiendo es si paga la empresa, por qué no ha cobrado como lo ha hecho normalmente hasta ahora.
raul_sanchez1 escribió:
QueTeCuro escribió:Dia 12 y sin cobrar... a comet arroz blanco bajo la luz de las velas...

Segun me informaron, paga la empresa aunque corra a cuenta de la mutua o S.S.

Primero paga la empresa y luego la S.S le devuelve el pago a esta


Eso es justamente lo que te escribí yo arriba...

Lo que no entiendo es si paga la empresa, por qué no ha cobrado como lo ha hecho normalmente hasta ahora.


Mi cuñada, que esta en esa misma empresa, ayer le dijeron que ese mismo dia cobraban, que a lo mas tardar hoy se reflejaba en el banco en algunas sucursales como la caixa (nosotros estamos en el santander)

Yo ya me estoy temiendo lo peor, juicios y demases... Mi madre lleva mas de 18 años en esa empresa, segun lei puedo solicitar yo el despido improcedente (articulo 50 del codigo laboral) por esos impagos, con el añadido de que esta de baja por depresion por culpa de ellos, y casualmente desde la baja es cuando no le estan pagando.

El finiquito, calculado a grosso modo es bonico, 39.000€ aprox.

Aunque mi madre no quiere eso, quiere trabajar en las mismas condiciones que antes, sin los ataques por parte del jefe, de su hijo, y de la hija de la gran **** que se esta follando al hijo (que de ahi viene todo, la mujer esa quiere el puesto de encargada de mi madre y esta comiendole la cabeza al hijo y el hijo al padre...)

Un puto show que afecta a una familia entera... como hoy no cobre ire a la empresa.

Se me estan pasando ya por la cabezas ciertas locuras que cada vez me parecen mas coherentes...
QueTeCuro escribió:
raul_sanchez1 escribió:
QueTeCuro escribió:Dia 12 y sin cobrar... a comet arroz blanco bajo la luz de las velas...

Segun me informaron, paga la empresa aunque corra a cuenta de la mutua o S.S.

Primero paga la empresa y luego la S.S le devuelve el pago a esta


Eso es justamente lo que te escribí yo arriba...

Lo que no entiendo es si paga la empresa, por qué no ha cobrado como lo ha hecho normalmente hasta ahora.


Mi cuñada, que esta en esa misma empresa, ayer le dijeron que ese mismo dia cobraban, que a lo mas tardar hoy se reflejaba en el banco en algunas sucursales como la caixa (nosotros estamos en el santander)

Yo ya me estoy temiendo lo peor, juicios y demases... Mi madre lleva mas de 18 años en esa empresa, segun lei puedo solicitar yo el despido improcedente (articulo 50 del codigo laboral) por esos impagos, con el añadido de que esta de baja por depresion por culpa de ellos, y casualmente desde la baja es cuando no le estan pagando.

El finiquito, calculado a grosso modo es bonico, 39.000€ aprox.

Aunque mi madre no quiere eso, quiere trabajar en las mismas condiciones que antes, sin los ataques por parte del jefe, de su hijo, y de la hija de la gran **** que se esta follando al hijo (que de ahi viene todo, la mujer esa quiere el puesto de encargada de mi madre y esta comiendole la cabeza al hijo y el hijo al padre...)

Un puto show que afecta a una familia entera... como hoy no cobre ire a la empresa.

Se me estan pasando ya por la cabezas ciertas locuras que cada vez me parecen mas coherentes...


Pues a ver, para poder solicitar el despido por falta de pago en lo salarios, creo recordar que te tienen que deber 3 mensualidades seguidas sin haber cobrado nada. Entonces se presenta una solicitud para que te resuelvan el despido y puedas cobrar el paro.

En cuanto a lo del finiquito, desde la querida reforma laboral del PP, es decir, desde el año 2012 la cuantía bajo de los 45 días a los 33 días por despido improcedente. Como tu madre lleva mas tiempo, le tocaría calcular una parte con 45 días y otra parte con los 33. Aquí de todas formas tienes una calculadora que lo hace ya automático.

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Ser ... e-trabajo/

Ten paciencia con este tema antes de montar un numero en el trabajo de tu madre, porque se puede volver en contra de ella, que la puteen más, etc.

Pero si, si mañana no ha cobrado, te presentas allí y de buenas les dices que que pasa y pídeles la nómina de ese mes de tu madre, que ya la tendrán generada si han hecho el pago.
@raul_sanchez1 Esa es la calculadora que use, pero tampoco se exactamente cuanto tiempo lleva en la empresa, se seguro que mas de 18 años, es con 18 y ya le corresponderían 36.000€.

Pero bueno hare lo que me comentaste, ire a hablar con ellos y si de verdad han pagado que me den la nomina.

Aunque el impago tenga que ser de 3 meses, en este caso, yo creo que no se tendria en cuenta como tal no? eso ya lo deberia consultar con un abogado, es demasiada casualidad que siempre ha cobrado entre el dia 6 y 8... y ahora ni cobre.

Y que decir de que dicha empresa le ha estado pagando a mi madre mas de 15 cuotas de 300€ extras por impago de nominas, horas extras etc etc de años anteriores (la empresa esta en concurso de acreedores voluntaria)

Muchas gracias por tu ayuda!
QueTeCuro escribió:@raul_sanchez1 Esa es la calculadora que use, pero tampoco se exactamente cuanto tiempo lleva en la empresa, se seguro que mas de 18 años, es con 18 y ya le corresponderían 36.000€.

Pero bueno hare lo que me comentaste, ire a hablar con ellos y si de verdad han pagado que me den la nomina.

Muchas gracias por tu ayuda!


El problema de las indemnizaciones es que no suelen cobrar nunca integras, porque la mayoría de veces la empresa se niega, alegando motivos de despido justificados y/o objetivos. Entonces tienes que denunciar, ir a juicio y ya es lo que decida un juez. Por eso, antes de la celebración del juicio se suelen hacer reuniones de conciliación, que bastantemente es negociar para no llegar al juicio real. En él, pues eso, es un tira-afloja porque ciertamente la decisión de un juez es la decisión de una persona y nunca se tiene certeza absoluta de por donde puede salir, así que o lo tienes muy seguro o no te la juegas.

Igualmente, esperemos que no tengáis que llegar a ese punto y que todo se solucione lo mejor y lo antes posible.

De nada! ;)

Edit: Acabo de ver tu edición.
Pues es que la inspección de trabajo, hasta que no se cumple ese requisito (lo de los 3 meses sin sueldo)no suele mover un dedo. Yo tuve una antigua compañera en otra empresa que tuvo un problema de impagos. A esta en concreto le debían 6 meses de sueldo, lo que pasa es que el cabrón del jefe les pagaba a lo mejor una nomina entre medias o una parte de una de las nominas, por lo que no se juntaba con las 3 seguidas. Al final le ofrecieron curro en mi empresa y los dejó. Posteriormente denunció por los salarios que le deben, pero la empresa se declaro insolvente y que no podía pagar, por lo cuál se hace cargo el FOGASA. El problema es que a través del FOGASA no se devuelve el 100% si no que es bastante menos. Al final, entre abogado, fogasa y demás, recuperó una minima parte de lo que le debían, pero bueno, como te digo, ojalá no tengáis que llegar ahí.
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