Como calcular el paro que recibirla en este caso?

A lo mejor algún eoliano puede ayudarme con esta duda: si una persona deja su trabajo (no cobraría paro entonces), a las dos semanas la misma empresa le contrata por un mes, finaliza el contrato. Como se calcularia el paro? No serian las mismas horas, con este contrato de un mes, seria una media jornada, es decir, menos horas que en el anterior contrato y menos salario.

Gracias :-|
Pues sienro informarte que si no lo han cambiado, la cantidad a percibir es 0€.

Si dejas tu trabajo voluntariamente, no podrás percibir prestación por desempleo durante los 3 meses siguientes, aunque te contrate la misma empresa u otra distinta. La razón por la que se hizo esto es por el tema de control de fraudes, que uno dejaba el trabajo, un amigo le daba de alta unos días y luego podía pedir el paro.

Ya te digo, desconozco si esto sigue vigente, pero yo diría que si y si es así, la prestación por desempleo te será rechazada.

Saludos.

P.D. En condiciones generales el calculo de la cuantía creo que se hacía en base a lo cobrado lo 6 meses anteriores. Había una calculadora en inem para calcular la cuantia, era en plan tutorial indicando tus contratos y demás.
Pero las 6 ultimas nominas o los 6 ultimos meses? Me explico, si dejo pasar esos 3 meses, y me vuelven a contratar por un mes, se basarian en las nominas anteriores o lo harían en base a la ultima nomina para valorar esos meses que estaba en paro? No, no me explico... [+risas]

Gracias por tu ayuda
mafia escribió:Pero las 6 ultimas nominas o los 6 ultimos meses? Me explico, si dejo pasar esos 3 meses, y me vuelven a contratar por un mes, se basarian en las nominas anteriores o lo harían en base a la ultima nomina para valorar esos meses que estaba en paro? No, no me explico... [+risas]

Gracias por tu ayuda


Entiendo que las ultimas nóminas, de todas formas aqui tienes la calculadora de la que te hablé:

https://sede.sepe.gob.es/dgsimulador/introSimulador.do

Edit: efetivamente lo de los 6 meses, se refiere a los 6 meses trabajados:

La cuantía de su prestación contributiva por desempleo depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por dicha contingencia durante los últimos 180 días trabajados.


En cuanto a lo de los 3 meses, sigue estando vigente, por lo que no podrías pedir la prestación hasta pasados 3 meses de la baja voluntaria.

Hay varios supuestos :



A) Trabajador que ha pedido baja voluntaria. No tiene derecho a paro. Encuentra un nuevo empleo y sin embargo el empresario le comunica que no ha superado el periodo de prueba.

Este caso lo regula la LGSS, que establece que el trabajador únicamente podrá solicitar el paro si han pasado como mínimo 3 meses desde la baja voluntaria.



* Ejemplo: Antonio, administrativo de 40 años, con 15 cotizados, pide baja voluntaria en la “empresa A” el 1 de febrero de 2011. ¿Tiene derecho a paro en ese momento?. NO, porque al ser voluntaria la baja no se encuentra en situación legal de desempleo.
Antonio busca trabajo y le contrata la “empresa B” el 1 de abril, con un periodo de prueba de 15 días. El día 14 le comunican que no ha superado el periodo de prueba. ¿Puede ahora Antonio solicitar el paro? NO, porque no han pasado tres meses desde la fecha de su baja voluntaria (01/02/2011).
Más tarde, la “empresa C” contrata a Antonio el 15 de Mayo y tampoco supera el periodo de prueba, pero ahora SI que puede solicitar el paro, al haber transcurrido más de tres meses desde la baja.
La norma trata de evitar engaños, de tal forma que el trabajador no pida una baja voluntaria y luego le contrate un conocido con el amaño de que no superará el periodo de prueba. Deben pasar como mínimo tres meses y aún así, siempre el SEPE (INEM) podrá abrir expediente si aprecia indicios de fraude.
raul_sanchez1 escribió:Pues sienro informarte que si no lo han cambiado, la cantidad a percibir es 0€.



No es correcto. Cuando vaya a solicitar la prestación no viene de una baja volutaria sinó de un final de contrato por lo que podrás cobrar el paro.
La putada es que si tu último contrato es a tiempo parcial te penaliza el cálculo de la prestación.
Para el cálculo se tiene en cuenta las Bases Reguladoras de los últimos 180 dias cotizados. Ese mes " en blanco" entre contrato y contrato no será tenido en cuenta para el cálculo de la cuantía pero sí que puede perjudicarte para el cálculo de la duración, porque ahí si que se tienen en cuenta los dias naturales cotizados o no, aunque no creo que realmente te afecte para la duración.
Como bien dice el compañero, usa el simulador.
Esto es así? Os lo explico como es, para que no haya errores y este bien claro:
Mi chico esta hasta la minga del curro, y dado que tendrían que pagarle bastante indemnización para echarle, no lo hacen (no es que este puteando, pero en la empresa no se le tiene muy en estima, puesto que no es un lameculos). Entonces, quiere dejarlo, pero no puede estar sin pasta, ademas tiene un negocio entre manos y como todo, necesita una inversión.
Había pensado en que un amigo le enchufara en navidad en su curro, sacarse unas pelillas, que terminara el contrato, y poder pedir el paro.

No trabaja tampoco ahora a jornada completa, si o 32 horas a la semana repartidos en 5 dias; pero en navidad podrían meterle a currar 20 horas a la semana, repartidos en 3 o 4 dias. No me interesa saber lo que percibira, sino como debe hacer para poder recibir el paro; si tiene que esperar esos 3 meses o si puede dejarlo y al mes empezar en el otro lado, que le termine el contrato y cobrar sin problema el paro.

Se que lo que deberia ir es ir a preguntarlo a la oficina del inem, pero no sabemos si es lógico hacer esta pregunta a uno de sus trabajadores, ya que puede considerarse como una "estafa".

Gracias por todo

EDIT: mira que me repaso el hilo, pero me lío. Los famosos 3 meses... No puede volver a trabajar hasta pasados los 3 meses para cobrar el paro? O puede volver a trabajar pasado X tiempo y una vez pasen los 3 meses de la baja voluntaria, puede pedir el paro? Esto es un lío!
En el ejemplo del administrativo queda muy claro.
Tienen que pasar 3 meses desde que deja el trabajo hasta que pueda pedir la prestación.
Si tu chico deja el trabajo el 1 de septiembre, y trabaja el mes de diciembre, una vez acabe, podrá pedir la prestación.

Eso sí, yo que tu me aseguraba al 90% de que no tendrá problemas para trabajar con vuesto conocido en diciembre. Porque una cosa es la palabrería y el quedar bien, y otra que en diciembre te encuentres con que porque las cosas no van bien, porque no hay ventas, o 20.000 problemas mas, os deje tirados.
mollera escribió:En el ejemplo del administrativo queda muy claro.
Tienen que pasar 3 meses desde que deja el trabajo hasta que pueda pedir la prestación.
Si tu chico deja el trabajo el 1 de septiembre, y trabaja el mes de diciembre, una vez acabe, podrá pedir la prestación.



Que NOOOOO!!!!!
Si él deja el trabajo, le denegarán el subsidio pase 1 dia, pase 1 mes, pasen 3 meses o pasen 3 años.
Lo que necesita es una nueva SLD y eso se lo tendrá cuando FINALICE un nuevo contrato siempre que no sea en fraude de ley. Es decir, son indefinido desde hace años con una base de 3000 € pido la baja voluntaria y me coloco a la semana en una ETT y trabajo 2 dias... entonces se lo van a denegar porque se ve el fraude a quilómetros.


mafia escribió:Mi chico esta hasta la minga del curro, y dado que tendrían que pagarle bastante indemnización para echarle, no lo hacen (no es que este puteando, pero en la empresa no se le tiene muy en estima, puesto que no es un lameculos). Entonces, quiere dejarlo, pero no puede estar sin pasta, ademas tiene un negocio entre manos y como todo, necesita una inversión.
Había pensado en que un amigo le enchufara en navidad en su curro, sacarse unas pelillas, que terminara el contrato, y poder pedir el paro.



Todo radica en si quiere irse con indemnización o sin indemnización.
Si quiere irse con indemnización pues no le queda otra que ser poco productivo hasta que suponga un lastre para la empresa y lo echen.
Si no quiere la indemnización, que hable con la empresa y llegue a un acuerdo. La empresa estará encantada y le despedirá. Otra opción es liarla un dia bien liada y que te hagan un despido disciplinario. No tendrá indemnización pero sí tendrá desempleo.
Ves a tu oficina a preguntar sin miedo. Dile que necesita saberlo porque su idea es emprender y para eso necesita capitalizar. En las oficinas del SEPE no se comen a nadie y ya están curados de espanto.
Si quiere montar algo por su cuenta, puede cobrar todo el paro de golpe.
mafia escribió:EDIT: mira que me repaso el hilo, pero me lío. Los famosos 3 meses... No puede volver a trabajar hasta pasados los 3 meses para cobrar el paro? O puede volver a trabajar pasado X tiempo y una vez pasen los 3 meses de la baja voluntaria, puede pedir el paro? Esto es un lío!


El puede trabajar al día siguiente si quiere, pero en caso de que por ejemplo al mes lo larguen, no puede pedir prestación por desempleo porque en su vida laboral aparecerá una baja voluntaria hace menos de 3 meses con otra empresa. Y no es tan facil como decir, bueno aguanto dos meses mas en casa sin cobrar y luego me acerco al paro a pedirlo... eso no vale tampoco porque una vez termina tu contrato laboral, tienes X días para ir al paro a hacer la solicitud, sino, ya no puedes pedirlo tampoco.

Lo mejor que puede hacer tu chico es lo que te han dicho, hablar con la empresa y decirle que se quiere ir y que está dispuesto a rechazar la indemnización a cambio de que lo despidan para poder cobrar el paro. Seguro que a la empresa le interesa.

Saludos
raul_sanchez1 escribió:El puede trabajar al día siguiente si quiere, pero en caso de que por ejemplo al mes lo larguen, no puede pedir prestación por desempleo porque en su vida laboral aparecerá una baja voluntaria hace menos de 3 meses con otra empresa.


Repito una vez más. NOOOOOO!!!!!
Relee mi post. Ahí está explicado. La ley no dice nada de que tenga que esperar 3 meses. Solo especifica que el contrato no debe ser en fraude de ley.

Los 3 meses solo se aplican si el contrato inmediatamente posterior a la baja voluntaria finaliza por no superar el período de prueba. Pero repito una vez más, en el resto de casos NO HAY QUE ESPERAR 3 MESES.
suskie escribió:
raul_sanchez1 escribió:El puede trabajar al día siguiente si quiere, pero en caso de que por ejemplo al mes lo larguen, no puede pedir prestación por desempleo porque en su vida laboral aparecerá una baja voluntaria hace menos de 3 meses con otra empresa.


Repito una vez más. NOOOOOO!!!!!
Relee mi post. Ahí está explicado. La ley no dice nada de que tenga que esperar 3 meses. Solo especifica que el contrato no debe ser en fraude de ley.

Los 3 meses solo se aplican si el contrato inmediatamente posterior a la baja voluntaria finaliza por no superar el período de prueba. Pero repito una vez más, en el resto de casos NO HAY QUE ESPERAR 3 MESES.


Como dices, quizá no sea 100% verídico porque no está totalmente claro y si vas a juicio puede que ganes... pero te aseguro que el procedimiento estandar es rechazar todo lo que no lleve al menos 3 meses desde su baja voluntaria. Y te lo digo porque a mi me pasó y me lo dijo claramente la chica de la oficina, "pídelo si quieres, pero vamos que se te va a rechazar como posible fraude...".
raul_sanchez1 escribió:
te aseguro que el procedimiento estandar es rechazar todo lo que no lleve al menos 3 meses desde su baja voluntaria. Y te lo digo porque a mi me pasó y me lo dijo claramente la chica de la oficina, "pídelo si quieres, pero vamos que se te va a rechazar como posible fraude...".


Y yo te digo que no...
Y te aseguro que sé de lo que hablo.
Bueno, ya os contare porque seguro que a alguno las le sirve. Creo que por lo que esta pensando se ira en octubre, y si no nos cae un meteorito encima, volvera a trabajar a mediados de diciembre, y a ver si así puede ser. Sino, en febrero le puede salir otra cosilla, también temporal, y cuando terminara lo pediria de nuevo. Conoce a bastante gente y trabajitos así no le van a faltar.

Por cierto, la empresa no quiere hacer el acuerdo. Lo que quieren es que se vaya por su propio pie, sin indemnización, y sin meterse en lios.

Gracias, me habéis servido un montón, deseados suerte! XD
mafia escribió:Por cierto, la empresa no quiere hacer el acuerdo. Lo que quieren es que se vaya por su propio pie, sin indemnización, y sin meterse en lios.



Entonces lo que ocurre es que vosotros quereis que la empresa os indemnize, no? Porque que te despida es fácil.
Nono, esta claro que sino lo han hecho ya, es porque no quieren pagar; conozco casos de gente de esa empresa que son de risa, y ahí siguen, sin hacer nada o haciendo lo que les da la gana porque no echan a nadie para no pagar.

Pero me comentaste que tratara con ellos el despido, y ya lo hizo hace unos pocos meses, u no quisieron acordar nada...
Entonces el problema no es cobrar la prestación por desempleo.
El problema es que quiere cobrar la indemnización por despido y no sabe como hacerlo.
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