¿como legalizar trastero alegal?

Tengo un piso en un edificio de 5 vecinos donde hay 2 trasteros, no escriturados en ningun sitio.

Un trastero pertenecia a mi hermano y el otro a mi. Al dar mi hermano su piso en dacion en pago, me dio llave para que me lo quedara, ya que en su escritura no figura ningun trastero.
No obstante tuvo el error de entregar otra copia en el juego de llaves que dio al banco.

Han pasado casi 10 años desde entonces.

El otro dia vino una inmobiliaria a ver el piso y abrieron el trastero donde estaban mis cosas. Nos comento el agente que el trastero iba con el piso y que el potencial nuevo dueño podia reclamarlo.

¿Como podria legalizar de alguna forma el trastero? Al no haber escritura, entiendo que seria mi palabra contra la suya. Seria suficiente con que la comunidad diera fe por escrito de que mi hermano me dio el trastero entonces? ¿O con algun contrato privado de compra venta antes de perder el piso? ¿O lo tengo perdido?
Gracias.
Por ahora, yo cambiaría la cerradura del trastero.
Ya te lo han dicho. Tan simple como eso. Nadie te puede reclamar algo que no está escriturado a su nombre.
¿de-ver-dad que en 10 años no habías cambiado la cerradura? [sati]
mingui no podrá escribir en este subforo hasta dentro de 24 horas
Si los dos trasteros no están escriturados no te pertenecen no?
mingui escribió:Si los dos trasteros no están escriturados no te pertenecen no?

por eso son alegales. No le pertenecen al OP, pero tampoco le pertenecen al comprador, ni al banco. Pero tampoco los puede reclamar ni uno, ni otro...

Puede entrar quien tenga la llave. Pero no consta en ningún registro que sea de nadie. Por lo que entiendo que tampoco se pueden usar para el cálculo del precio de la propiedad, ni del catastro, ni de los impuestos...
mingui no podrá escribir en este subforo hasta dentro de 24 horas
faco escribió:
mingui escribió:Si los dos trasteros no están escriturados no te pertenecen no?

por eso son alegales. No le pertenecen al OP, pero tampoco le pertenecen al comprador, ni al banco. Pero tampoco los puede reclamar ni uno, ni otro...

Puede entrar quien tenga la llave. Pero no consta en ningún registro que sea de nadie. Por lo que entiendo que tampoco se pueden usar para el cálculo del precio de la propiedad, ni del catastro, ni de los impuestos...

[oki] gracias por la explicación.
Y entiendo también que no los puedes asegurar, así que si alguien revienta la cerradura y roba lo que hay dentro, tampoco lo puedes reclamar...
pero vamos a ver... el terreno donde están ubicados los trasteros cual es? un garaje? si es zona común, el propietario de dichos trasteros será el propietario del suelo!!!, si es la comunidad, pues el titular será la comunidad... otra cosa es quien los disfrute y/o se beneficie del espacio, pero el titular de dicho espacio deberá ser alguien!! ¿Quien es el titular y paga el IBI de ese suelo del trastero? ea, pues ese es el dueño.
Gracias por las respuestas. Los trasteros no están escriturados, ni a nivel particular ni a nivel de comunidad, se hicieron a posteriori en el edificio (o sea, cuando se hizo el edificio se dejo ya el espacio, lo unico que despues se pusieron las puertas, entiendo que es algo que se da con frecuencia en las construcciones). Ningun vecino paga IBI, ni se ve afectado por su cuota por el hecho de que existan. Estan en el mismo edificio, uno en terraza exterior y otro en un rellano interior.

En su dia, cuando se hicieron, se acordo verbalmente a nivel de comunidad que los podiamos usar, ya que tanto mi piso como el de mi hermano eran bastante mas pequeños que el resto y teniamos esa necesidad. Con el tiempo, mi hermano me cedio el suyo, viendo que a futuro tendria que dar el piso al banco. La comunidad lo sabe y estuvo de acuerdo en su dia.
Asi que entiendo que mientras la comunidad no se oponga, puedo seguir usandolos.

Eso no quita que en el futuro pueda venir alguien y reventarlos, pero no es el caso, en la comunidad somos pocos y nos llevamos todos genial.

Por otro lado, creo que a partir de los 10 años, si se ha tomado posesion durante este tiempo prolongado de buena fe y nadie lo ha reclamado, hay alguna forma de hacerlo oficial.
Vista la escritura de mi hermano, solo le figura el piso y la plaza de aparcamiento, pero en ningun caso se menciona para nada ni la existencia de trastero. Y eso es lo que se quedó el banco, entiendo.

Lo que no me interesa, claro está, es que venga la inmobiliaria tan libremente y acceda a un trastero con enseres particulares. De ahi que me interese legalizarlo de alguna forma, si es que es posible. Si la forma legal es cambiando cerradura, pues habrá que proceder ;)
cambiar la cerradura sigue siendo alegal. Y lo puedes hacar tanto tú como el banco, ya que también tiene las llaves.

Lo de legalizarlo como dices supongo que se tendrá que dar una prueba de que has tomado posesión de ese espacio durante ese tiempo.

De todas formas, por lo que explicas, son zonas comunes, así que el IBI como la parte correspondiente de la comunidad estará prorrateado entre todos los vecinos. Entiendo que el acuerdo con los vecinos es también alegal si no se firmó nada ni se hizo ningún apunte en el registro.

Con un abogado creo que se podría defender que ese terreno no es tuyo, si no de la comunidad y que se te ha cedido el usufructo, pero no la propiedad. El nuevo inquilino podría reclamar el usufructo de ese espacio ya que se puede entender que estaba asociado al piso que vendió al banco y tu puedes defender lo que has dicho. Y ahí la comunidad puede decidir lo que quiera (que si me preguntas a mi, lo justo sería que el nuevo inquilino pudiera disponer de ese espacio de la misma forma que tu hermano o que ese espacio pase de nuevo a formar parte de la comunidad)

En cualquier caso yo lo hablaría con las partes, es decir, la comunidad, el banco y el nuevo propietario. Porque de forma completamente imparcial y teniendo en cuenta mis escasos conocimientos sobre propiedad horizontal, ese trastero es más de tus vecinos que tuyo.
@SegaBlastCity lo de cambiar la cerradura (con el bombin vale) ya tardas. Mas que nada para que no te entren a la ligera.

Luego, revisa bien las escrituras de tu casa y las de la comunidad. Y las actas de la época, por si hubiese mención. En casa de mi padre, un edificio de los años 60, ningún vecino tenia trastero como tal, en cambio si figuraba un espacio asignado a cada vivienda para, voluntariamente, construirse cada cual un trastero en la azotea. Casi todos los vecinos se construyeron el suyo (parece un poblado Benetton) pero claro, figura algo en escrituras.

La putada es que el agente ya lo ha visto, pero bueno, ten en cuenta que esto tambien es mejor aclararlo ahora, que luego con un vecino enterándose que podría tener acceso a un trastero (que la comunidad habia acordado que tuviese su vivienda) años después.
Gracias por las respuestas.
He revisado la escritura de mi hermano, tanto la original como la de la dación en pago, y queda claro que solo afecta al piso y la plaza de garaje adjunta, no se hace mención a ningún trastero por ningún lado. En cuanto hagamos la reunion anual de vecinos, consultaré las del edificio y las actas de las anteriores juntas, pero dudo mucho que ahi venga reflejado nada, porque voy cada año y no recuerdo haber hablado de esto desde hace siglos.
He cambiado la cerradura.
El problema ahora es dar con la inmobiliaria para dejarselo claro, porque al ser un piso de banco, parece que lo tienen en varias webs y claro, no sabemos de cuál venían (yo me enteré por un vecino que me llamó, pero tampoco cogió los datos).En cualquier caso, quiza sea algo secundario.

En la proxima reunion de vecinos presentaré un escrito para ver si me lo firman donde esten todos de acuerdo en que los he venido usando todos estos años y que no hay objeciones en que siga usandolos durante el resto de mis dias. Con eso, supongo que sería suficiente para que a futuro la inmobiliaria no reclamara nada (que tampoco es suyo el piso, son intermediarios), ni el futuro vecino, al estar de acuerdo la comunidad.
No recuerdo hasta la última coma de la ley, pero en teoría, si no está escriturado y es alegal, los trasteros pertenecen a la comunidad, porque se accede (entiendo) por una zona común.

No es lo mismo que un patio trasero de uso privativo en el que se te otorga uso, pero pertenece a la comunidad y para cualquier tarea de mantenimiento estas obligado a dejar pasar por tu casa a técnicos y demás para realizar el mantenimiento.

En este caso, no hay nada, ningún documento que te acredite a utilizar esos trasteros, más que la inacción de los vecinos.

Para tener ese uso privativo de un espacio, a priori común porque no consta en escrituras, necesitarías la aprobación unánime de la comunidad, por que requiere modificar los estatutos de la comunidad.

Ya que a titulo constitutivo esos trasteros no existen, para legalizarlo, hay que cambiar los estatutos de la comunidad y recoger esos trasteros como uso privativo.

No te vale recoger firmas en la comunidad. Por eso el del banco, que tenían originalmente la llave, vende el piso con trastero.

Si quieres mantener el trastero, intenta hablar con la inmobiliaria y darle una llave.

Aquí vas a tener que decidir si quieres mantener un trastero o perder los 2, porque el banco no va a ceder y no va a dar su voto para que tengas los 2 trasteros y el banco 0.

SegaBlastCity escribió:Con eso, supongo que sería suficiente para que a futuro la inmobiliaria no reclamara nada (que tampoco es suyo el piso, son intermediarios), ni el futuro vecino, al estar de acuerdo la comunidad.


El futuro vecino no tiene nada que hacer ni opinar, pero el actual propietario (el banco) si y se requiere su voto para modificar los estatutos.

Modificar los estatutos de la comunidad es el único proceso en el que se tiene en cuenta el voto de todos los propietarios, incluso los morosos.
Gracias, miraré también la posibilidad de modificar los estatutos, suponiendo que no hagan referencia a los trasteros.

Lo que no veo, es porque el banco tiene mas prioridad que yo. Recuerdo que tanto mi hermano como yo hemos tenido llave desde el principio, y no el banco, ni la comunidad, ni ningún otro vecino. Y mi hermano fue el que me la dio cuando aun era dueño legal del piso, con lo cual en realidad el banco no puede justificar en ningun momento que se le haya dado el uso del mismo, ni siquiera por la propia comunidad. El hecho de que tengan la llave es meramente circunstancial. Y tampoco vienen a las juntas, que son siempre en domingo, con lo cual no van a venir nunca a votar.
Siento ser agorero, pero las cosas son como te dice @xDarkPeTruSx.

Yo si fuera tú, entregaría también la llave a la inmobiliaria y me desvincularía del otro trastero.

Es una putada, sí, pero piensa que:

1) Si no aparece nada en las escrituras ni en ninguna de las actas de la Comunidad, basta con que un vecino se ponga tonto para que te obliguen a quitar ese trastero, e incluso el que va asociado a tu vivienda también, ya que en principio el espacio es común y pertenece a la Comunidad de Propietarios.

2) Si no aparece nada en las escrituras, pero SI aparece en alguna de las actas de la Comunidad, en dicha acta aparecerá que se concede el uso y disfrute de ese espacio o trastero a "la vivienda 3-C" o a "Don XXXX", no pudiendo tu hermano hacerte una "donación" del uso de dicho espacio sin contar con la aprobación de la Comunidad, porque es un derecho de uso que le han concedido a dicha vivienda o a dicho propietario, no una propiedad que puedas transmitir.

De todas formas, suerte, a ver si lo solucionas favorablemente.
Nos cuentas por aquí, eh?

Salu2
pichuki escribió:Siento ser agorero, pero las cosas son como te dice @xDarkPeTruSx.

Yo si fuera tú, entregaría también la llave a la inmobiliaria y me desvincularía del otro trastero.

Es una putada, sí, pero piensa que:

1) Si no aparece nada en las escrituras ni en ninguna de las actas de la Comunidad, basta con que un vecino se ponga tonto para que te obliguen a quitar ese trastero, e incluso el que va asociado a tu vivienda también, ya que en principio el espacio es común y pertenece a la Comunidad de Propietarios.

2) Si no aparece nada en las escrituras, pero SI aparece en alguna de las actas de la Comunidad, en dicha acta aparecerá que se concede el uso y disfrute de ese espacio o trastero a "la vivienda 3-C" o a "Don XXXX", no pudiendo tu hermano hacerte una "donación" del uso de dicho espacio sin contar con la aprobación de la Comunidad, porque es un derecho de uso que le han concedido a dicha vivienda o a dicho propietario, no una propiedad que puedas transmitir.

De todas formas, suerte, a ver si lo solucionas favorablemente.
Nos cuentas por aquí, eh?

Salu2


Si, gracias, iré informando :)
El punto 2 es precisamente el que me interesa, en caso de que no aparezca nada, lo que busco es la aprobacion de la comunidad para que me los asigne a titulo personal, porque ya hay una trayectoria larga de años de uso, siempre que nadie se oponga y se apruebe por mayoria (creo que esta parte sera facil, conociendo a los vecinos).
@SegaBlastCity No es que el banco tenga más prioridad que tú, es que legalmente ese trastero no es tuyo, ni lo ha sido nunca. Es de la comunidad y la comunidad te lo cedió, pero sigue siendo de la comunidad.

Si el banco es propietario ahora de la casa de tu hermano, lo es también del trastero, de igual forma que el resto de vecinos. Cada propietario tendrá derecho de ese espacio según su porcentaje de propiedad del inmueble.

Si se quiere autorizar el uso privativo de un espacio común, todos los propietarios tienen voz y voto, y entre ellos está el banco.

Igual te puedes ofrecer a comprar ese espacio para tenerlo tú y darle un porcentaje a cada propietario, incluido el banco, para que sea de tu propiedad, ponerlo en los estatutos y reflejarlo en el registro. y así sería legalmente tuyo.

Pero apropiarte de un espacio común a cambio de nada, puede que lo aceptaran tus vecinos, pero dudo que el banco esté de acuerdo.

Todo lo que vote la comunidad, lo va a votar también el banco como propietaria del piso, así que no creo que puedas hacer cosas a sus espaldas. porque el banco también va a poder reclamar
@SegaBlastCity

Creo que te refieres al punto 1), verdad?. En caso de que no haya acta de la Cdad.

Ahí el problema es lo que te decía @xDarkPeTruSx. Piensa que documentalmente no hay nada que demuestre que el uso de dicho trastero es tuyo. El banco podría simplemente negarse y al no haber acuerdo unánime, podrías terminar perdiendo ambos trasteros.

Yo consultaría con algún profesional que lleve este tipo de temas. No sé si será un abogado o algo así. Te vas a gastar 80-100 euros en la consulta, pero igual te merece la pena.
@pichuki cierto, typo, queria decir el 1.
Voy a consultar e intentar moverlo rapido :)
Gracias a todos por los consejos!
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