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Sólo es requisito fundamental estar dado de alta en el Censo de empresarios, Profesionales y retenedores de actividades económicas (Hacienda), a través de la presentación del modelo 036 o 037.
Eso sí, para que puedas hacerlo sin salirte de los límites que establece la normativa, debes cumplir lo siguiente:
El requisito más importante, que la actividad no sea habitual. Esto es que desarrolles la misma de forma ocasional. Si es el caso, no tendrás problemas por hacer factura sin ser autónomo. La cuestión es que, si no supone un ingreso extra, sino que se trata de tu medio de vida, estarías obligado a cotizar como tal.
No generar ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, tu actividad no puede darte ingresos mayores al salario bruto mensual mínimo establecido en el Real Decreto 231/2020. Eso sí ¡Ojo! El Estatuto del Trabajo Autónomo no establece una cantidad de dinero fija para tener que darte de alta o no, pero existe jurisprudencia que establece el SMI.
Manint escribió:@SolitarySólo es requisito fundamental estar dado de alta en el Censo de empresarios, Profesionales y retenedores de actividades económicas (Hacienda), a través de la presentación del modelo 036 o 037.
Eso sí, para que puedas hacerlo sin salirte de los límites que establece la normativa, debes cumplir lo siguiente:
El requisito más importante, que la actividad no sea habitual. Esto es que desarrolles la misma de forma ocasional. Si es el caso, no tendrás problemas por hacer factura sin ser autónomo. La cuestión es que, si no supone un ingreso extra, sino que se trata de tu medio de vida, estarías obligado a cotizar como tal.
No generar ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, tu actividad no puede darte ingresos mayores al salario bruto mensual mínimo establecido en el Real Decreto 231/2020. Eso sí ¡Ojo! El Estatuto del Trabajo Autónomo no establece una cantidad de dinero fija para tener que darte de alta o no, pero existe jurisprudencia que establece el SMI.
https://ayudatpymes.com/gestron/factura ... ible-o-no/
Cómo facturar sin ser autónomo
Metiéndonos de lleno en el tema que nos atañe, te diré que para facturar sin ser autónomo hay que estar dado de alta en Hacienda. Exactamente, en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. De esta manera, Hacienda podrá controlar tus ingresos y saber qué es lo que ganas.
«Tan solo» tendrás que rellenar el diabólico modelo 036 o 037. Te aviso de antemano que cualquiera de estos modelos puede ser complicados de rellenar y tienen ciertos puntos difíciles de comprender si no tienes ni idea del tema. En ese caso recurrir a mis colegas de Ayuda T Pymes te puede salvar del aprieto.
Además de estar dado de alta, tendrás que cumplir con las obligaciones fiscales que cumple cualquier autónomo: presentar los trimestres, presentar los resúmenes anuales y liquidar el IVA y el IRPF. Aunque no te des de alta en la Seguridad Social, tendrás las mismas obligaciones que un autónomo y no cumplirlas sería catastrófico, ya que las multas son bastantes grandes y puede que debas poner de tu bolsillo el IVA de tus ingresos si no lo repercutiste.
amchacon escribió:Para esas cantidades tan pequeñas, es mejor que te lo den en negro. Preguntales sobre esa posibilidad, quizas aceptan.
Si lo tienes que hacer en blanco, te tocaria pagar una gestoria que te arregle todo el tema. Es casi obligatorio si eres autonomo en España, el sistema es tan enrevesado y tan mal explicado que necesitas a alguien que tenga experiencia del dia a dia.
Solitary escribió:amchacon escribió:Para esas cantidades tan pequeñas, es mejor que te lo den en negro. Preguntales sobre esa posibilidad, quizas aceptan.
Si lo tienes que hacer en blanco, te tocaria pagar una gestoria que te arregle todo el tema. Es casi obligatorio si eres autonomo en España, el sistema es tan enrevesado y tan mal explicado que necesitas a alguien que tenga experiencia del dia a dia.
He intentado que sea en negro por la cantidad tan pequeña que es, pero no están para nada por la labor...
Una Cooperativa asociada debe regirse por el mismo objetivo laboral para todos los socios, cosa que no ocurre en estas plataformas, por lo que su actividad podría estar bordeando la legalidad.
El hecho de que el objetivo no sea el mismo para todos podría dar lugar a sanciones a todos esos trabajadores que forman parte de la cooperativa, por no estar dados de alta en el régimen de autónomo como ya ocurrió a principios de 2018 con más de 3.000 autónomos.
Esta sanción, por ejemplo, provocó el cierre de la plataforma cooperativa Factoo que llegó a tener 16.000 socios y facturar más de 3 millones de euros al año.
Además, muchos de sus trabajadores fueron multados y tuvieron que pagar todas las mensualidades pendientes de la cuota de la Seguridad Social más los intereses correspondientes a la Administración.
Manint escribió:@Solitary https://ayudatpymes.com/gestron/empresa ... an-por-ti/Una Cooperativa asociada debe regirse por el mismo objetivo laboral para todos los socios, cosa que no ocurre en estas plataformas, por lo que su actividad podría estar bordeando la legalidad.
El hecho de que el objetivo no sea el mismo para todos podría dar lugar a sanciones a todos esos trabajadores que forman parte de la cooperativa, por no estar dados de alta en el régimen de autónomo como ya ocurrió a principios de 2018 con más de 3.000 autónomos.
Esta sanción, por ejemplo, provocó el cierre de la plataforma cooperativa Factoo que llegó a tener 16.000 socios y facturar más de 3 millones de euros al año.
Además, muchos de sus trabajadores fueron multados y tuvieron que pagar todas las mensualidades pendientes de la cuota de la Seguridad Social más los intereses correspondientes a la Administración.