[PeneDeGoma] escribió:¿Si me muero y mi primo, por un decir, se lleva mis consolas, mi tv y aparatos electrónicos ha de declararlo en algún sitio?¿Cómo se controla eso?
Solo si le das un rendimiento económico, que es cuando obtienes una ganancia
económica.
Lo que declaras es la diferencia entre lo que te costó el artículo, y lo que finalmente obtienes. Si tu primo te regala esas consolas, ni se puede controlar, ni consta en ningún sitio que te las cede, ni está regulado como para exigirte nada.
Pero si los vendes, teniendo en cuenta que te costaron CERO euros, deberás declarar toda la cantidad recibida por ellos, puesto que es la ganancia que has obtenido.
Sin embargo, si los hubieses comprado, por ejemplo, por 50€, si luego lo vendes por 60€ deberás ir con tu factura (o justificante del banco), y te deduciran esos 50€ del precio total que has obtenido, puesto que tu ya pagaste el iva por esos 50%, así que solo debes pagar el impuesto por el resto de esa cantidad (que sería 10€).
Lo que me gustaría saber, es que porcentajes realmente pide hacienda, y sobre todo, a partir de que cantidad reclama el pago (creo recordar que eran 3000€, pero es que todos los años cambia).