Ya he encontrado una vieja chuleta de cuando me dedicaba a estos temas. Atención, es posible que haya habido variaciones ya que hace tiempo que no toco esos temas.
CONFERENCIAS, COLABORACIONES, IMPARTIR CURSOS ESPORADICAMENTE PERO NO LE DAN DE ALTA EN SEGURIDAD SOCIAL Y COBRA LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
Persona que está cobrando el paro y que esporadicamente imparte cursos, jornadas, conferencias. No están obligados a darle de alta en la Seguridad Social pero le pagan y le descuentan el IRPF.
Debe suspender la prestación. Para reanudarla no necesitará certificado de empresa. Bastarà la factura, un papel de la universidad o empresa le haga un certificado diciendo que ha acabado la beca o los cursos para poder reanudar la prestación.
Para calcular los dias que tendrá la prestación suspendida:
Se divide la base de autónomos 3198 entre 30 dias 3198/30=106.6 €
Luego se divide lo que va a cobrar x entre 106.6 y el resultante será los dias que tendrá la prestación parada. Esto vale tanto para el paro como para el subsidio.