Comprar el coche a nombre de un familiar

Buenas noches a todos.

Anoche leyendo sobre el tema del plan Movens III, me di cuenta de que al achatarrar un coche, ese coche debía estar a nombre del comprador con al menos 6 meses de antelación.

Bien, el coche que actualmente tengo está a nombre de mi padre (claro, por el tema de que tiene casi 17 años) y a pesar de que está a nombre de él, ni siquiera lo coge y quiere entregarlo para achatarrarlo (aunque funciona vamos).
El caso es que si compro el coche y entrego el actual a modo de achatarramiento, el que compre tendrá que ponerse sí o sí a nombre de mi padre para esos 2500€ extra.

Mi pregunta es... ¿Se puede cambiar luego el coche de nombre? Sin un coste excesivo me refiero.
Porque creo que está prohibido vender el coche en un tiempo si te han concedido el movens, pero sería como una "donación", ya que realmente la pasta del coche la pondría yo.

No sé si me he explicado bien, pero a modo resumen sería:
- Coche a nombre de familiar para entregar para achatarrar.
- El familiar compra el coche a su nombre con el dinero mío.
- El familiar me "donaría" el coche a mi nombre.
Debe haber impuestos como es normal. Ahora, que problema tienes en que siga a su nombre( el nuevo despues de ponerlo a su nombre) que no tenias hasta ahora?
ajbeas escribió:Buenas noches a todos.

Anoche leyendo sobre el tema del plan Movens III, me di cuenta de que al achatarrar un coche, ese coche debía estar a nombre del comprador con al menos 6 meses de antelación.

Bien, el coche que actualmente tengo está a nombre de mi padre (claro, por el tema de que tiene casi 17 años) y a pesar de que está a nombre de él, ni siquiera lo coge y quiere entregarlo para achatarrarlo (aunque funciona vamos).
El caso es que si compro el coche y entrego el actual a modo de achatarramiento, el que compre tendrá que ponerse sí o sí a nombre de mi padre para esos 2500€ extra.

Mi pregunta es... ¿Se puede cambiar luego el coche de nombre? Sin un coste excesivo me refiero.
Porque creo que está prohibido vender el coche en un tiempo si te han concedido el movens, pero sería como una "donación", ya que realmente la pasta del coche la pondría yo.

No sé si me he explicado bien, pero a modo resumen sería:
- Coche a nombre de familiar para entregar para achatarrar.
- El familiar compra el coche a su nombre con el dinero mío.
- El familiar me "donaría" el coche a mi nombre.


Para temas de donaciones es importante saber de que comunidad eres, ya que eso cambia mucho.

Y si, lo puedes cambiar luego de nombre pero habría que ver con la ayuda cuanto tiempo tiene que pasar.
Marnix de Puydt escribió:Debe haber impuestos como es normal. Ahora, que problema tienes en que siga a su nombre( el nuevo despues de ponerlo a su nombre) que no tenias hasta ahora?


Problema como tal ninguno, es mi padre, no es un familiar lejano ni nada de eso.
Pero ya que lo compro íntegramente yo, pues me gustaría que estuviese a mi nombre, solo eso.

@Eleunon según parece, hasta los 4 años no puede cambiarlo de nombre si obtiene la ayuda.
Yo soy de Andalucía.
¿Y hacerlo al revés? El coche de tu padre ponerlo a tu nombre antes de achatarrarlo, y así puedes poner a tu nombre el nuevo directamente
ReinaValkiria93 escribió:¿Y hacerlo al revés? El coche de tu padre ponerlo a tu nombre antes de achatarrarlo, y así puedes poner a tu nombre el nuevo directamente

Está diciendo que le piden x meses de titularidad del mismo. Así que de ser así no piede convertirlo en pisapapeles hasta que pase ese tiempo.
Si te lo vende tendrá él que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales. Si te lo dona, tendrás que pagar tú el impuesto de sucesiones y donaciones.

Y si tú le das dinero para que él lo compre, él tendrá que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones (y luego tú cuando te done el coche).
En tu caso, al ser de Andalucía tienes bonificado el impuesto al 99%:

Desde el 11 de abril de 2019 los contribuyentes incluidos en los Grupos I y II de los previstos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o en los supuestos de equiparaciones establecidos en la ley que corresponda según el momento de realización del hecho imponible, aplicarán una bonificación del 99% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones “inter vivos", siempre que se formalice en documento público (y se justifique el origen de los fondos en los casos donde la donación sea metálico) .

Eso sí tienes que hacerlo por notaría y asumir los costes del notario.
wason12 escribió:
Y si tú le das dinero para que él lo compre, él tendrá que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones (y luego tú cuando te done el coche).


Y esto quién lo controla. Cuando compré el coche a mi mujer lo pusimos a su nombre y yo hice la transferencia de dinero al concesionario. Ellos quieren la pasta y se la suda quién lo pague
Torres escribió:Y esto quién lo controla. Cuando compré el coche a mi mujer lo pusimos a su nombre y yo hice la transferencia de dinero al concesionario. Ellos quieren la pasta y se la suda quién lo pague


En tu caso, si es tu mujer y estáis casados, supongo que será diferente. Dependerá si estáis en gananciales o con separación de bienes. No lo sé, ni soy parte de hacienda ni asesor fiscal.

Pero el encargado de controlarlo es el Ministerio de Hacienda, otra cosa es que lo haga. Hay un periodo para declarar ante hacienda una donación y, si no se hace, podrán poner una sanción y reclamar intereses por no haber cumplido las obligaciones tributarias.

Esto es en teoría, luego la práctica puede cambiar. Si el coche vale 15 mil euros, a lo mejor ni lo miran, si el coche vale 150 mil, te aseguro que alguien llamará preguntando de dónde sale ese dinero. Y, entre medias, pues dependerá de cada caso y la suerte de cada uno. También pueden actuar tiempo después.
A ver a unas malas, se pone el coche a nombre de mi padre y ya más adelante que me "lo done", lo que no sé si un coche de ese valor (alrededor de 30.000€ después de cobrar el movens) tendrá un impuesto muy grande al donármelo. Sobre todo porque conforme pasa el tiempo, el coche va perdiendo valor.

Porque si es un valor de 300€ (1% del valor)+notaría es asumible. Pero si van a ser 3-4 mil euros para eso no achatarro el coche y se vende.

No había caído en esto, porque realmente el coche lleva siendo mío 15 de los 16 años que tiene, pagando yo todo. Pero sigue estando a nombre de él.
yo tenia entendido que son 12 meses, no 6. y en el traspaso se paga dinero a hacienda.
@ajbeas Hacienda publica tablas con el valor fiscal de cada modelo. Sólo tienes que consultarlo ahí y ya sabrás lo que vale ese coche para hacienda. El precio decae mucho con el tiempo en esas tablas. También tienes que ver el tipo impositivo en tu comunidad autónoma. Con el tipo impositivo y el precio, te puedes hacer una idea. Ahora, es un lío y una pasta.

Si el coche que quieres achatarrar sigue funcionando, a lo mejor lo puedes vender. Puede que no consigas 2500€, pero puede que compense quitarte los comederos de cabeza y la burocracia.
ajbeas escribió:A ver a unas malas, se pone el coche a nombre de mi padre y ya más adelante que me "lo done", lo que no sé si un coche de ese valor (alrededor de 30.000€ después de cobrar el movens) tendrá un impuesto muy grande al donármelo. Sobre todo porque conforme pasa el tiempo, el coche va perdiendo valor.

Porque si es un valor de 300€ (1% del valor)+notaría es asumible. Pero si van a ser 3-4 mil euros para eso no achatarro el coche y se vende.

No había caído en esto, porque realmente el coche lleva siendo mío 15 de los 16 años que tiene, pagando yo todo. Pero sigue estando a nombre de él.


Si dices que te lo done más adelante el impuesto se pagará sobre el valor del coche en ese momento de la donación.., no de lo que cuesta de nuevo tiempo atrás
ajbeas escribió:A ver a unas malas, se pone el coche a nombre de mi padre y ya más adelante que me "lo done", lo que no sé si un coche de ese valor (alrededor de 30.000€ después de cobrar el movens) tendrá un impuesto muy grande al donármelo. Sobre todo porque conforme pasa el tiempo, el coche va perdiendo valor.

Porque si es un valor de 300€ (1% del valor)+notaría es asumible. Pero si van a ser 3-4 mil euros para eso no achatarro el coche y se vende.

No había caído en esto, porque realmente el coche lleva siendo mío 15 de los 16 años que tiene, pagando yo todo. Pero sigue estando a nombre de él.


Si es tu padre como te he puesto más arriba tienes el 99% bonificado, vamos que no vas a pagar prácticamente nada. Incluso depende el valor del bien muchas veces ni tienes que pagar nada solo decir que lo recibes y ya esta.

Torres escribió:
Y esto quién lo controla. Cuando compré el coche a mi mujer lo pusimos a su nombre y yo hice la transferencia de dinero al concesionario. Ellos quieren la pasta y se la suda quién lo pague


Las sucesiones y donaciones ll controla Hacienda, en concreto las comunidades (y cada uno cobra lo que quiere o no cobra) en mi caso por ejemplo mi padre vendió hace poco un garaje que tenía en el pueblo y nos donó a los hijos el dinero. Aunque era menos de la cantidad que tributaba tuvimos que hacer la declaración de donación como que nos había donado ese dinero. Aunque salía a pagar 0.

Porque al final si no lo haces y hacienda te pregunta, oye y esto de dónde ha salido es cuando vienen las sanciones. Y ya sabemos que hacienda muchas veces no se entera pero cuando lo hace es una complicación de vida que puedes evitar haciendo las cosas bien.

En tu caso con tu mujer si estáis en gananciales da igual quien pague porque sale de lo mismo. Y da igual a nombre de quien lo pongas.

El coche de mi pareja lo pagué yo, que no estamos casados y simplemente lo puse a su nombre donandolo. Ella si tuvo que pagar porque al no ser familiares de primer grado o segundo si pagas algo.
Por 2500 vas a montar semejante follón
Que encima luego hacienda querrá su parte de esos 2500
Yo no me liaría
Encima es que luego te lo pagan cuando les sale de los cojones ....
Que lo mismo llevas 2 años con el coche y aún no te lo han abonado
Has mirado cuánto te dan si vendes el coche?? Igual no te compensa la historia.
16 respuestas