Siento dar malas noticias, y por favor que se informe en el INSS y lo contraste por que puedo estar desactualizado, pero creo que no puede.
No es un año, son 270 días por hijo, pero el problema es que computa para MEJORAR la pensión de jubilación (se dan por cotizados y aumenta el porcentaje) una vez que se alcanza el derecho a la pensión, pero no para GENERAR derecho a la pensión (lo cual para mí es algo muy poco coherente). Es decir, se computan si ya alcanzas el mínimo cotizado (si tuviera 15, se calcularía la pensión con cotizaciones como si tuviera algo más de 17, por lo que subiría notablemente el porcentaje y por tanto el importe). Por otro lado, si dejó de trabajar cuando eráis pequeños y no ha vuelto nunca a trabajar, probablemente no pueda acceder al no cumplir el requisito de tener cotizados 2 años en los últimos 15.
De todos modos, informaos en el INSS y preguntad por si acaso y, en último caso, pedidla y que os la denieguen si tienen que denegarla que el no ya lo tenéis, por que yo podría estar desactualizado o equivocado, esto era así hace poco.