Condiciones de un precontrato no reflejadas en el contrato

Buenas... tengo una pregunta a ver si alguien que sepa de leyes puede responder

Se trata de un contrato de arras para la compra-venta de una propiedad.

El precontrato en si, no es un precontrato, es una "nota de encargo" firmada entre la parte vendedora y el intermediario (una inmobiliaria), pero que a efectos de condicionantes deja claro que tipo de contrato se está pidiendo que se redacte (creo yo).

La cuestión es que la inmobiliaria ha redactado un contrato obviando esas condiciones, pero ya está firmado por todas las partes implicadas (vendedor y comprador). En su momento se preguntó sobre esa cuestión, pero dijeron que todo estaba en orden con respecto a los requerimientos de la parte vendedora.

Ahora se puede perder un pico de dinero por culpa de esa cuestión, ¿puede quedar invalidado el contrato, o hacer responsable a la inmobiliaria por no respetar esa nota de encargo?.


Gracias.
En teoría si lo firmaron todos es que estaban de acuerdo con esta versión del contrato que no es la "original".
Quizás lo suyo hubiera sido no firmar algo con lo que no se está de acuerdo. Vamos es lo que yo haría
En todo lo que NO se especifique en el contrato, se cumplirá lo dispuesto en el Código Civil, en su parte correspondiente de obligaciones y contratos. A menos que estés en Cataluña, en donde tienen su propio Derecho Civil que puede aplicarse con prioridad al Código Civil en algunos supuestos. O que estés en alguna Comunidad Autónoma donde tengan derecho civil propio en materia de obligaciones y contratos.
penando escribió:En teoría si lo firmaron todos es que estaban de acuerdo con esta versión del contrato que no es la "original".


Se firmó ese contrato porque desde la inmobiliaria aseguraron que las condiciones del mismo no contradecían las condiciones de la nota de encargo.

Me dió hace un par de semanas por mirar que es lo que se había firmado, y ciertamente no me lo parece. La cuestión con todo esto es si se puede reclamar que la inmobiliaria debió redactar el contrato con las condiciones que se les pidió (que para eso existe la nota de encargo, y por la que estaban enterados de lo que se exigía), y que se responsabilicen de esa negligencia.

Estamos hablando que por haber omitido lo que se les pidió se va a incumplir el contrato, y se va a tener que indemnizar a la otra parte.

penando escribió:Quizás lo suyo hubiera sido no firmar algo con lo que no se está de acuerdo. Vamos es lo que yo haría


Excepto si te explican que el contrato dice lo que tu pedías, entonces no estarás firmando algo con lo que no estás de acuerdo, sino que estás firmando lo que una empresa que te presta un servicio que tu les estás requiriendo te recomienda que hagas conforme a lo previamente estipulado en la nota de encargo.
La inmobiliaria puede decir misa, pero tú obligación como firmante es leerte el contrato antes de firmarlo para asegurarte de que estás conforme... Y si tienes que estar tres horas en el notario leyendo pues te las estás, que para eso cobran una pasta... :-|
Señor Ventura escribió:
penando escribió:En teoría si lo firmaron todos es que estaban de acuerdo con esta versión del contrato que no es la "original".


Se firmó ese contrato porque desde la inmobiliaria aseguraron que las condiciones del mismo no contradecían las condiciones de la nota de encargo.

Me dió hace un par de semanas por mirar que es lo que se había firmado, y ciertamente no me lo parece. La cuestión con todo esto es si se puede reclamar que la inmobiliaria debió redactar el contrato con las condiciones que se les pidió (que para eso existe la nota de encargo, y por la que estaban enterados de lo que se exigía), y que se responsabilicen de esa negligencia.

Estamos hablando que por haber omitido lo que se les pidió se va a incumplir el contrato, y se va a tener que indemnizar a la otra parte.

penando escribió:Quizás lo suyo hubiera sido no firmar algo con lo que no se está de acuerdo. Vamos es lo que yo haría


Excepto si te explican que el contrato dice lo que tu pedías, entonces no estarás firmando algo con lo que no estás de acuerdo, sino que estás firmando lo que una empresa que te presta un servicio que tu les estás requiriendo te recomienda que hagas conforme a lo previamente estipulado en la nota de encargo.

Es que roza el fraude, si es que no lo es directamente. Vas a un sitio, quieres una cosa, se firma por las dos partes esa exigencia, te plantan un contrato conforme a eso, te dicen que ese contrato pone lo que les estabas pidiendo según lo firmado, pero luego resulta que no, y que por culpa de eso te van a hacer pencar pasta.

Te entiendo. Pero el problema sería demostrar eso. Yo dejaría como moraleja para el futuro algo que siempre han dicho nuestros mayores: "lee bien lo que formas y si algo de lo que pone no te encaja no lo hagas hasta que te lo pueda explicar un abogado o persona de la que te puedas guiar y no saque nada aparentemente de ello"
ShadowCoatl está baneado por "Saltarse el ban con un clon"
bascu escribió:La inmobiliaria puede decir misa, pero tú obligación como firmante es leerte el contrato antes de firmarlo para asegurarte de que estás conforme... Y si tienes que estar tres horas en el notario leyendo pues te las estás, que para eso cobran una pasta... :-|


THIS. Joder. Tanta asesoría legal en EOL ni tanta hostia.

Yo no entiendo la gente que firma hipotecas o contratos de más de 3 o 4 páginas como si aceptase de las cookies de una web mierder. Si el contrato hay que revisarlo de arriba a abajo 20 veces se revisa. Se pregunta, se busca, se habla con el notario o con el abogado que para eso está cobrando por estar allí.

Y no, firma a ciegas, y se viene al foro a preguntar o cuando salen problemas [rtfm]

Si mire, es que me cambiaron los papeles y no me fijé al no leerlo. Así que ya no quiero ésta casa/coche/servicio que me he comprometido, fraude, timo, devolución.
bascu escribió:La inmobiliaria puede decir misa, pero tú obligación como firmante es leerte el contrato antes de firmarlo para asegurarte de que estás conforme... Y si tienes que estar tres horas en el notario leyendo pues te las estás, que para eso cobran una pasta... :-|


Eso no se firma ante notario, se firma en la misma inmobiliaria, y no estoy preguntando si el firmante tiene o no tiene alguna responsabilidad, estoy preguntando sobre la existencia de un documento que demuestra que la inmobiliaria sabía lo que pedias.

No se trata de que te cuelen una cláusula y no te des cuenta, se trata de que pidas mediante una nota de encargo que se incluya una clausula, lo acepten por escrito y firmado, y luego no la redacten. La diferencia está en que en el primer caso no tienen ninguna obligación de no redactar el contrato que quieran, pero en el segundo caso si están obligados por escrito a redactar el contrato que se les pide.

La obligación del firmante es leer, pero no detectar el engaño cuando le dicen que lo que pidió está ahí. El problema está en demostrarlo, pero existe un documento que confirma que la inmobiliaria sabía lo que se le pedía.

Pregunto sobre si ese documento es VINCULANTE, y no sobre los juicios de valor. Hay gente que por naturaleza o desconocimiento dan por bueno lo que un intermediario sin ningún interés en tomar parte les dice, pero si fuese tan fácil como volcarles toda la responsabilidad a los clientes no existiría la justicia ni el arbitraje de consumo.
Señor Ventura escribió:
bascu escribió:La inmobiliaria puede decir misa, pero tú obligación como firmante es leerte el contrato antes de firmarlo para asegurarte de que estás conforme... Y si tienes que estar tres horas en el notario leyendo pues te las estás, que para eso cobran una pasta... :-|


Eso no se firma ante notario, se firma en la misma inmobiliaria, y no estoy preguntando si el firmante tiene o no tiene alguna responsabilidad, estoy preguntando sobre la existencia de un documento que demuestra que la inmobiliaria sabía lo que pedias.

No se trata de que te cuelen una cláusula y no te des cuenta, se trata de que pidas mediante una nota de encargo que se incluya una clausula, lo acepten por escrito y firmado, y luego no la redacten. La diferencia está en que en el primer caso no tienen ninguna obligación de no redactar el contrato que quieran, pero en el segundo caso si están obligados por escrito a redactar el contrato que se les pide.

La obligación del firmante es leer, pero no detectar el engaño cuando le dicen que lo que pidió está ahí. El problema está en demostrarlo, pero existe un documento que confirma que la inmobiliaria sabía lo que se le pedía.

Pregunto sobre si ese documento es VINCULANTE, y no sobre los juicios de valor. Hay gente que por naturaleza o desconocimiento dan por bueno lo que un intermediario sin ningún interés en tomar parte les dice, pero si fuese tan fácil como volcarles toda la responsabilidad a los clientes no existiría la justicia ni el arbitraje de consumo.

Aunque exista ese documento en realidad al firmar el nuevo se está aceptando estás cláusulas en lugar de las que pedías. Quizás el día de la reunión de dieron que renunciaban a lo otro en favor de estas (eso nunca se sabrá) el error es firmar sin leer o sin tener claro lo que se ha leido
Si lo ha firmado me temo que no puedes hacer nada
penando escribió:Aunque exista ese documento en realidad al firmar el nuevo se está aceptando estás cláusulas en lugar de las que pedías. Quizás el día de la reunión de dieron que renunciaban a lo otro en favor de estas (eso nunca se sabrá) el error es firmar sin leer o sin tener claro lo que se ha leido


Como la inmobiliaria dice, no hay un contrato previo, por lo que no se trata de aceptar la situación de un nuevo contrato, ni se trata de aceptar la conformidad de ese cambio.

Se trata de encargarte un contrato alegando una situación especial, y que en el contrato no se refleje. La cuestión es que aceptar el contrato sin esas exigencias no va a hacer que esa situación especial desaparezca, siendo estas muy del interés del vendedor porque si no, no se puede vender, así que es fácil ver que no ha habido una aceptación voluntario con las nuevas condiciones de ese contrato.

Aquí hay un motivo de fuerza mayor ajena al vendedor que puede impedir su venta, y por lo tanto no es muy creíble que el vendedor imponga esa condición para vender, y luego acepte no ponerla cuando la tiene muy en cuenta, y en la nota de encargo se refleja que se está imponiendo esa condición.


Si fuese mi firma, pues igual me la cuelan, o igual no. Nadie está exento de que te lien una en un descuido, pero es que esto es otra cosa: una empresa que no toma parte y le da igual la existencia de esas clausulas es de quien menos piensas que pueda tener un interés en obviarlas, y por lo tanto te fies de lo que te explican cuando hay un documento previo firmado por ellos que implica que aceptan ese encargo tal y como se ha firmado.


A ver si alguien que sepa de leyes puede arrojar algo de luz.

ElChabaldelPc escribió:Si lo ha firmado me temo que no puedes hacer nada


En un principio eso es lo que pienso, porque la otra parte del contrato no es quien ha propiciado el problema y también tiene sus derechos, pero luego están las responsabilidades, y es ahí donde quiero saber cuales son.
Lo de que "si se ha firmado no puedes hacer nada" es muy relativo. Si consigue probar que le han engañado, pues el contrato (o por lo menos las cláusulas en cuestión) son nulas.

El problema, claro, es probar eso.

Puede intentar hablar de buenas con la inmobiliaria y la otra parte, para llegar a un acuerdo y corregir el contrato. Si no puede hacerlo... pues toca abogado.
Hombre, un consejo, no te fíes ni de tu padre.
A mí me ha jodido hasta él y cuando firmo algo ya leo todo. O lo intento...
Patchanka escribió:Lo de que "si se ha firmado no puedes hacer nada" es muy relativo. Si consigue probar que le han engañado, pues el contrato (o por lo menos las cláusulas en cuestión) son nulas.

El problema, claro, es probar eso.

Puede intentar hablar de buenas con la inmobiliaria y la otra parte, para llegar a un acuerdo y corregir el contrato. Si no puede hacerlo... pues toca abogado.


Pienso que existiendo esa nota de encargo, a ver como se demuestra que no se les explicó que existe una situación especial con esa propiedad cuando está escrito y firmado por ellos que tienen en cuenta su existencia.


Es posible que el comprador acepte rehacer el contrato porque la propiedad le saldria muy barata. No le merece la pena perder esa oportunidad por un puñado de euros... pero por otro lado es posible que la ley no permita esa venta y cobrar esa indemnización es algo que gana, por eso he propuesto que mueva ficha, que decida que quiere hacer antes de saber si se puede vender o no se puede vender, porque si no luego ya no tengo nada para que le compense firmar otro contrato.

Y si dice que no acepta, pues ya a mirar el resto de opciones. El lunes sabré lo que hay, seguramente toque reunión si no se niega.

seaman escribió:Hombre, un consejo, no te fíes ni de tu padre.
A mí me ha jodido hasta él y cuando firmo algo ya leo todo. O lo intento...


Está claro que de todo se aprende. Voy a tener que qcompañar a esta persona hasta para cagar.
Si hubo engaño o confusión por parte de la inmobiliaria, y hay vicio en el consentimiento, puedes anular ese contrato, pero tendrás que ir a los tribunales.
@Señor Ventura

Ahors tocaria demostrar mala fe por una parte y capacidad reducida o no compresión por la otra (movida de cojones)....

Yo he llegado a tirar contratos para atrás por errores "simples " como un tiempo verbal incorrecto. Es mas firmo bastantes acuerdos de colaboración y normalmente nunca los firmo a la primera y no por que yo naciera sabiendo, a base de perder dinero cuando "la cláusula x" no está o no se contempla....
El "problema" que hay en el ámbito de las inmobiliarias es que te puedes encontrar a cualquiera trabajando en una de esas empresas, ya que desde el año 2000, no es necesaria absolutamente ninguna cualificación o titulación para ejercer la intermediación inmobiliaria.

Por tanto, si quien intervino ahí, ni es API (Agente de la Propiedad Inmobiliaria) ni abogado ni nada, probablemente persiga su propio interés empresarial, realizar la operación, y ya está. La falta de escrúpulos y de ética profesional son algo que puede ocurrir cuando estamos ante profesionales que no tienen ni siquiera que colegiarse ni que acreditar una cualificación para trabajar.

Así que, si no estás de acuerdo, y te va a suponer un perjuicio cumplir ese contrato, llévalos a los tribunales directamente.
Quintiliano escribió:Si hubo engaño o confusión por parte de la inmobiliaria, y hay vicio en el consentimiento, puedes anular ese contrato, pero tendrás que ir a los tribunales.


Hubo que repetir la firma del contrato por no se que error.

Galigari escribió:@Señor Ventura

Ahors tocaria demostrar mala fe por una parte y capacidad reducida o no compresión por la otra (movida de cojones)....

Yo he llegado a tirar contratos para atrás por errores "simples " como un tiempo verbal incorrecto. Es mas firmo bastantes acuerdos de colaboración y normalmente nunca los firmo a la primera y no por que yo naciera sabiendo, a base de perder dinero cuando "la cláusula x" no está o no se contempla....


Lo único que tenemos es la nota de encargo en la que queda por escrito que existen unas condiciones especiales que no se reflejan en el contrato final.

La inmobiliaria me ha admitido que lo hicieron porque quedaba pendiente ir a juicio para solventar esa pega, y que como lo iban a conceder si o si, no consideraron incluirlo en el contrato. La cuestión es que ahora la ley ha cambiado, y esa decisión ya no la toma un juez, sino los registradores, y estos te pueden decir perfectamente que te quedas como estás, haciendo necesario que esa clausula se hubiese incluído.

Vamos, que la han cagado.
Señor Ventura escribió:
Quintiliano escribió:Si hubo engaño o confusión por parte de la inmobiliaria, y hay vicio en el consentimiento, puedes anular ese contrato, pero tendrás que ir a los tribunales.


Hubo que repetir la firma del contrato por no se que error.

Galigari escribió:@Señor Ventura

Ahors tocaria demostrar mala fe por una parte y capacidad reducida o no compresión por la otra (movida de cojones)....

Yo he llegado a tirar contratos para atrás por errores "simples " como un tiempo verbal incorrecto. Es mas firmo bastantes acuerdos de colaboración y normalmente nunca los firmo a la primera y no por que yo naciera sabiendo, a base de perder dinero cuando "la cláusula x" no está o no se contempla....


Lo único que tenemos es la nota de encargo en la que queda por escrito que existen unas condiciones especiales que no se reflejan en el contrato final.

La inmobiliaria me ha admitido que lo hicieron porque quedaba pendiente ir a juicio para solventar esa pega, y que como lo iban a conceder si o si, no consideraron incluirlo en el contrato. La cuestión es que ahora la ley ha cambiado, y esa decisión ya no la toma un juez, sino los registradores, y estos te pueden decir perfectamente que te quedas como estás, haciendo necesario que esa clausula se hubiese incluído.

Vamos, que la han cagado.


Si admiten eso, intenta de todas maneras que te lo pongan por escrito, y ya lo tienes ganado.

Si no consigues tenerlo por escrito, pues ya tendrás que ir a juicio.
Patchanka escribió:Si admiten eso, intenta de todas maneras que te lo pongan por escrito, y ya lo tienes ganado.

Si no consigues tenerlo por escrito, pues ya tendrás que ir a juicio.


Una grabación imagino que no vale.

¿Si lo ponen por escrito salen perdiendo con algo?.
Señor Ventura escribió:
Patchanka escribió:Si admiten eso, intenta de todas maneras que te lo pongan por escrito, y ya lo tienes ganado.

Si no consigues tenerlo por escrito, pues ya tendrás que ir a juicio.


Una grabación imagino que no vale.

¿Si lo ponen por escrito salen perdiendo con algo?.


Creo que una grabación valdría si ellos admiten delante del juez que es auténtica.

Yo lo que diría es que tienes que ir por las buenas, y asegurarles que lo único que quieres es arreglar el contrato, y que no vas a pedir que te paguen ningún tipo de indemnización. Porque, si no pides ninguna compensación, no creo que el juez les haga pagar nada.

Ahora, lo ideal, ideal, es que las tres partes estén de acuerdo, entonces puedes simplemente escribir un nuevo contrato (y habla con un abogado para asesorarte en eso) y deshacer el anterior. Pero, si la otra parte no está de acuerdo (y es probable que no esté, si ellos van a perder con el nuevo contrato), tendrás que ir a juicio. Pero con la grabación/escrito de la inmobiliaria, lo tienes ganado prácticamente de salida.
Patchanka escribió:Creo que una grabación valdría si ellos admiten delante del juez que es auténtica.

Yo lo que diría es que tienes que ir por las buenas, y asegurarles que lo único que quieres es arreglar el contrato, y que no vas a pedir que te paguen ningún tipo de indemnización. Porque, si no pides ninguna compensación, no creo que el juez les haga pagar nada.

Ahora, lo ideal, ideal, es que las tres partes estén de acuerdo, entonces puedes simplemente escribir un nuevo contrato (y habla con un abogado para asesorarte en eso) y deshacer el anterior. Pero, si la otra parte no está de acuerdo (y es probable que no esté, si ellos van a perder con el nuevo contrato), tendrás que ir a juicio. Pero con la grabación/escrito de la inmobiliaria, lo tienes ganado prácticamente de salida.


El comprador está al corriente de las condiciones sujetas a la venta de la casa desde el primer momento, así que en un principio no creo que se niegue a hacer el contrato de forma correcta porque no se le ha ocultado nada.

Puede pasar que le tiente llevarse unos miles de euros, y se niegue a firmar nada. Por otro lado, si la inmobiliaria no pierde nada haciendo ese escrito, no debería haber ningún interés de no firmar nada.


Me quedo un poco mas tranquilo, el lunes veremos a ver que pasa.
@Patchanka Hay actualización de esta historia. Ya me puedo ir despidiendo de que me lo den por escrito porque me han dicho hoy por teléfono que no van a actualizar el contrato con un anexo que indique que la casa no se vende si no se arregla lo de las notas de pago, porque no quieren quedarse sin la comisión (vamos, que no incluyeron esa cláusula en el contrato a pesar de que se les pidió porque vieron que la casa podría no venderse, y así se aseguraban que en todo caso cobrarían la comisión).

Es decir, aceptaron intentar vender la casa aún a riesgo de que no se pudiese vender, todo por escrito en la nota de encargo, pero luego ni lo incluyeron en el contrato, ni una vez firmado quieren saber nada de lo acordado por escrito. Como mínimo es para ir a consumo.



La situación actual del contrato no menciona nada de ningún contratiempo para que la casa pueda venderse (aunque si que lo hay), por lo que, ¿si yo permito que entren ya a vivir en la casa en lugar de hacerles esperar un año y pico, y el comprador a su vez se niega a aceptar a cambio una cláusula que indique que conoce la situación con las notas de pago con la intención de no perder la oportunidad de cobrar una indemnización, estaría incurriendo en alguna especie de mala fe al priorizar la indemnización por delante de la adquicisión de la casa, ya que es la adquisición de la propiedad el objetivo del contrato, y no la indemnización?.

Es decir, si le ofrezco al comprador la opción de quedarse con la casa hasta que arregle lo de las notas de pago sin imposición de ningún plazo, y lo rechazan para cobrar una indemnización... ¿no iría en contra del contrato?.
@Señor Ventura Y has grabado la conversación?
Yo habría ido a la inmobiliaria y habría grabado la conversación para tener una prueba de que no han incluido algo y dijeron que sí en la firma del contrato.

Te lo han reconocido por teléfono y sigues sin tener pruebas, ¿o has grabado la conversación?
martuka_pzm escribió:@Señor Ventura Y has grabado la conversación?
Yo habría ido a la inmobiliaria y habría grabado la conversación para tener una prueba de que no han incluido algo y dijeron que sí en la firma del contrato.

Te lo han reconocido por teléfono y sigues sin tener pruebas, ¿o has grabado la conversación?


La conversación está grabada y lo reconocen todo, y también está la nota de encargo firmada por ambas partes, que tampoco concuerda con como se redactó finalmente el contrato. Lo único es que el no dijo su nombre en la conversación, pero se nota a kilómetros que es su voz.

Si el comprador acepta quedarse ya con la casa a cambio de la cláusula sobre las notas de pago, todo quedaría solucionado, pero como ya me la han jugado una vez, no descartaría que comprador e intermediario quieran arovecharse de la situación, por eso preguntaba si aceptar quedarse con la casa en garantía entra en conflicto con los plazos que estima el actual contrato para arreglar la situación, puesto que a efectos el comprador ya tiene su casa, y hasta que el tema de las notas de pago no se arregle no tendrá que pagar nada.
Otro problema (y aquí hablo como inmobiliario de los que se preocupan de limpiar el nombre que gentuza como esta nos han labrado) es que nadie dedica ni 5 minutos en comparar inmobiliarias.

Para escoger abogado, dentista, mecánico, etc. bien que le dedicamos un rato, pero nuestro patrimonio lo dejamos en manos de cualquiera. Y así nos va.

Respecto a lo que expones, sin saber donde se ha firmado el contrato, y sin ver éste, poco podremos asesorarte. Pero como bien te han dicho, lo mejor es que tires hacia un abogado especialista en inmobiliaria, más que preguntar aquí (porque no puedes poner datos, básicamente).

Suerte.

Edito para añadir: ten en cuenta que unas Arras es un contrato privado entre las partes (comprador-vendedor), y que generalmente el inmobiliario no firma (salvo honrosas excepciones), con lo que más allá de la redacción, que TÚ debías validar (preferentemente con la ayuda de un abogado, si no tienes los conocimientos suficientes) antes de firmar, "poco" tiene que ver. Si tú has dado el ok, y has firmado con un tercero... poco podrás rascar.
@ghod perfecto, le doy mi casa a ese tercero hasta que solucione el problema, ¿que pasa si decide no aceptar y esperar a ver si puede llevarse la indemnización?. Le estoy ofreciendo la casa en garantía, y la casa es lo que por contrato el quiere.

P.D: el comprador sabe que existía ese problema, es la inmobiliaria la que lo omitió del contrato por su propia decisión (queda grabado).

¿Precisamente no existe un dolo?.
Señor Ventura escribió:@ghod perfecto, le doy mi casa a ese tercero hasta que solucione el problema, ¿que pasa si decide no aceptar y esperar a ver si puede llevarse la indemnización?. Le estoy ofreciendo la casa en garantía, y la casa es lo que por contrato el quiere.

P.D: el comprador sabe que existía ese problema, es la inmobiliaria la que lo omitió del contrato por su propia decisión (queda grabado).

¿Precisamente no existe un dolo?.


Lo dicho, sin ver el contrato, las cargas registrales y demás condicionantes legales, y entender realmente la situación, dar cualquier consejo es aventurarse demasiado.

Que tú des en garantía algo que, por motivo X no sea registrable, es como "el que tiene un tio en Graná", y por tanto entendiendo al comprador, yo no lo aceptaría. Otra cosa es que puedas luchar esa indemnización.

Pero para todo esto, mejor que te pongas en manos de un abogado especialista (y no del que te recomiende "un cuñao").
ghod escribió:Lo dicho, sin ver el contrato, las cargas registrales y demás condicionantes legales, y entender realmente la situación, dar cualquier consejo es aventurarse demasiado.

Que tú des en garantía algo que, por motivo X no sea registrable, es como "el que tiene un tio en Graná", y por tanto entendiendo al comprador, yo no lo aceptaría. Otra cosa es que puedas luchar esa indemnización.

Pero para todo esto, mejor que te pongas en manos de un abogado especialista (y no del que te recomiende "un cuñao").


Se trata de que al menos hasta el 2022 el comprador no podría mudarse aquí, así que cederle la casa desde ya hasta que solucione lo de las notas de pago ya es mas que lo que aceptó por contrato, y así me evito que se haga uso de la ausencia de la cláusula sobre esos pagarés para indemnizar a nadie en caso de que no se pudiese ejercer la compra-venta, ya que tendría todos los derechos sobre la casa de ante mano hasta que eso ocurriese.

El año pasado me compré un terreno, y no pude registrarlo porque todavía no estaba en propiedad del vendedor, pero el contrato me aseguraba que en cuanto estuviese registrado a su nombre pasaría automáticamente al mío. Era como tener "un tío en graná", si, pero el terreno desde luego que ya era mío.


El comprador ya conocía la situación con las notas de pago, y que iba a ir para largo, pero tecnocasa no incluyó esa cláusula aún a pesar de que se les pidió que lo hicieran mediante una nota de encargo. La cosa se vuelve aún mas puñetera porque les pido ahora que incluyan esa cláusula para que lo firme el comprador, pero se niegan porque dicen que si no pudiera arreglarse lo de los pagarés, no cobrarían la comisión (es decir, cometieron un fraude omitiendo mi petición por escrito para no quedarse sin comisión)... y por otro lado, ¿se puede negar el intermediario a que el vendedor y el comprador lleguen a un acuerdo?.

Y digo mas... si entrego la casa al comprador en garantía hasta que se solucione todo, ¿negarse a tener derecho legalmente sobre la casa y disfrutar de ella como si fuese comprada, no rompería el contrato?.
Señor Ventura escribió:
El año pasado me compré un terreno, y no pude registrarlo porque todavía no estaba en propiedad del vendedor, pero el contrato me aseguraba que en cuanto estuviese registrado a su nombre pasaría automáticamente al mío. Era como tener "un tío en graná", si, pero el terreno desde luego que ya era mío.



Si por cosas de la vida, sigue sin registrar y al “duelo original” le embarga por ejemplo hacienda, a hacienda le da igual que tengais un contrato privado y que lo hayas comprado, se lo podrían embargar perfectamente, así que mucho ojo con estas
Señor Ventura escribió:Se trata de que al menos hasta el 2022 el comprador no podría mudarse aquí, así que cederle la casa desde ya hasta que solucione lo de las notas de pago ya es mas que lo que aceptó por contrato, y así me evito que se haga uso de la ausencia de la cláusula sobre esos pagarés para indemnizar a nadie en caso de que no se pudiese ejercer la compra-venta, ya que tendría todos los derechos sobre la casa de ante mano hasta que eso ocurriese.

Para eso podéis hacer un contrato de Alquiler con Derecho a Compra, descontando el 100% de los importes amortizados como alquiler. Pero lo demás es en precario.

Señor Ventura escribió:
El año pasado me compré un terreno, y no pude registrarlo porque todavía no estaba en propiedad del vendedor, pero el contrato me aseguraba que en cuanto estuviese registrado a su nombre pasaría automáticamente al mío. Era como tener "un tío en graná", si, pero el terreno desde luego que ya era mío.


No, ese terreno no era tuyo, al menos de cara a estamentos oficiales. Recuerda esta máxima: "LO QUE NO ESTÁ INSCRITO, NO EXISTE". Aunque puedas hacer contratos privados, también podría el propietario tener 250 contratos privados con otros, con el follón que ello comporta. Y como te han dicho más arriba, que no te las tengas que ver con Hacienda, con un Ayto. con ánimos expropiatorios y demás... que te ibas a reir.

Señor Ventura escribió:

Y digo mas... si entrego la casa al comprador en garantía hasta que se solucione todo, ¿negarse a tener derecho legalmente sobre la casa y disfrutar de ella como si fuese comprada, no rompería el contrato?.


Si el derecho no es inscribible en el registro, está en su derecho de no aceptar. Imagina que quiere comprar con Hipoteca, el banco nunca hipotecaría esa propiedad...
El Derecho de Uso y Disfrute (usufructo) no es el mismo que el de Plena Propiedad (derecho de propiedad más uso y disfrute). Y en una compraventa estás trabajando sobre el segundo, y no sobre un usufructo.

Si necesitas algo, contáctame en privado y te ayudo a buscar a alguien competente de tu zona.

Suerte!
ghod escribió:Si necesitas algo, contáctame en privado y te ayudo a buscar a alguien competente de tu zona.

Suerte!


Hola... he dejado pasar un poco el tiempo para ver como evoluciona la historia, y hemos acordado una solución, aunque no han movido un dedo desde hace casi un mes. En tecnocasa no me cojen el teléfono, no responden a los whatsapps, y la verdad, no deja precisamente tranquilo.

La solución era perfecta para todos. Yo doy mi casa en garantía subiendo el contrato a privado, el comprador no paga nada hasta que no esté todo arreglado, y a cambio no hace uso de las cláusulas para ser indemnizado. Por otro lado la inmobiliaria recibe su comisión, y todos contentos (menos yo, que me quedo aliviado, pero no contento con esta panda de estafadores).

La cosa es que como no se están moviendo, y me están dejando con la intranquilidad de no saber que está pasando sin que les importe, he pensado en mandar un burofax pidiéndoles que hagan lo que hemos acordado, o que en su defecto se remitan a la nota de encargo y añadan un anexo al contrato con el asunto de las notas de pago, tal y como firmaron y aceptaron por escrito (en la mencionada nota de encargo. Tienen que cumplirla, digo yo).


La cuestión es, ¿como debo redactar un burofax en este caso?. Casi que voy a ir pensando en ir poniendome en manos de un abogado, así que si pudieras indicarme como proceder, ya que pareces saber como, te lo agradecería mucho.


Un saludo.
Señor Ventura escribió:
ghod escribió:Si necesitas algo, contáctame en privado y te ayudo a buscar a alguien competente de tu zona.

Suerte!


Hola... he dejado pasar un poco el tiempo para ver como evoluciona la historia, y hemos acordado una solución, aunque no han movido un dedo desde hace casi un mes. En tecnocasa no me cojen el teléfono, no responden a los whatsapps, y la verdad, no deja precisamente tranquilo.

La solución era perfecta para todos. Yo doy mi casa en garantía subiendo el contrato a privado, el comprador no paga nada hasta que no esté todo arreglado, y a cambio no hace uso de las cláusulas para ser indemnizado. Por otro lado la inmobiliaria recibe su comisión, y todos contentos (menos yo, que me quedo aliviado, pero no contento con esta panda de estafadores).

La cosa es que como no se están moviendo, y me están dejando con la intranquilidad de no saber que está pasando sin que les importe, he pensado en mandar un burofax pidiéndoles que hagan lo que hemos acordado, o que en su defecto se remitan a la nota de encargo y añadan un anexo al contrato con el asunto de las notas de pago, tal y como firmaron y aceptaron por escrito (en la mencionada nota de encargo. Tienen que cumplirla, digo yo).


La cuestión es, ¿como debo redactar un burofax en este caso?. Casi que voy a ir pensando en ir poniendome en manos de un abogado, así que si pudieras indicarme como proceder, ya que pareces saber como, te lo agradecería mucho.


Un saludo.


Disculpa que no te haya contestado antes, estaba de vacaciones y ha sido desconexión total de redes!

Deberías ponerlo YA en manos de un abogado, que te redacte los documentos necesarios, y en tal caso rescindir cualquier vinculación con los corbatas verdes, por tu propia salud y seguridad...
ghod escribió:Disculpa que no te haya contestado antes, estaba de vacaciones y ha sido desconexión total de redes!

Deberías ponerlo YA en manos de un abogado, que te redacte los documentos necesarios, y en tal caso rescindir cualquier vinculación con los corbatas verdes, por tu propia salud y seguridad...


He pensado en mandar un burofax a la oficina de tecnocasa instandoles a que muevan ya lo acordado de dar la casa en garantía (me urge mas que nada llevarme a mi madre de esta casa), y que en caso de que sigan sin actuar sobre lo acordado, que cumplan con lo firmado en la nota de encargo, y añadan un anexo en el contrato con esas condiciones (que el comprador ya conocía, y aceptó).

Podría ser bueno que conste por escrito que se lo solicito, de forma que no se puedan excusar en que ellos no se niegan, sino que yo no lo he pedido.

También ponerme en contacto con la central de tecnocasa, indicándoles que no cumplen con la nota de encargo, por si acaso sirve de algo y les obligan a ponerse a ello.

Luego había pensado ir a consumo, y tendré que ir también a un abogado, claro. Pero sobre todo que quede constancia de que he intentado arreglar el problema, e incluso "regalar" la casa para compensar SU error, antes que desentenderme del problema directamente. Por aquello de la buena fe y tal.

Algún abogado inmobiliario, ¿o algo así?, o la especialidad tiene otro nombre. ¿Alguna recomendación?.


P.D: gracias por echarme un cable.
@Señor Ventura

Dime en que zona te mueves, y veo de facilitarte el contacto de algún conocido de la zona que pueda echarte un cable, ok? Tema Burofax y demás, que te lo redacte el abogado, porque ahí lo jodido va a ser que salgas de esta sin pagarle lo suyo a los de Tecnocasa...
ghod escribió:@Señor Ventura

Dime en que zona te mueves, y veo de facilitarte el contacto de algún conocido de la zona que pueda echarte un cable, ok? Tema Burofax y demás, que te lo redacte el abogado, porque ahí lo jodido va a ser que salgas de esta sin pagarle lo suyo a los de Tecnocasa...


Zona de vallecas, cerca de atocha, pero vamos, que madrid no es tan grande, no habría problema con desplazarme.

El caso es que no quiero salir de esta, solo quiero que hagan el trabajo que aceptaron por escrito (y firmado), que se comprometieron a hacer.

Me parece la leche que encima tenga que pagarles (9000 euros de comisión, ojo).

Por otro lado, estoy esperando la respuesta del servicio jurídico del banco a ver si soluciona el inconveniente de las notas de pago, y puedo por fín hacer la venta.
35 respuestas