[CONSEJO]Me la juego si pongo una camara de vigilancia apuntando a la calle??

Pues chicos, hace poco le pincharon las 4 ruedas del coche a mi padre. Anteriormente a mi me habían robado las insignias y rayado el coche. La intención es instalar una cámara apuntando al aparcamiento de los coches. Pero me preocupa lo de la ley de privacidad.
Yo vivo en una zona donde solamente son casas. Somo 4 casas en una "manzana", cada casa da a una calle con su zona de aparcamiento, y donde vivo la zona de aparcamiento esta algo escondida.
Os agradecería algún consejo de que hacer y adjunto un plano para que os hagáis una idea. Muchas gracias.
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editado
Que yo sepa, en la calle se puede grabar lo que te de la gana.
briefer escribió:Que yo sepa, en la calle se puede grabar lo que te de la gana.

Las cámaras de video vigilancia no pueden grabar a la calle, solo el pedazo de calle estrictamente necesario colindante al inmueble, que es lo que si pueden grabar, pero desde un sitio privado, por norma general, está prohibido grabar la calle.
¿Hay cámaras que lo hace? Si, miles, ¿Es legal? No, absolutamente no, pero claro, vete tu a denunciar al Santander, al BBVA o a cualquiera de las empresas grandes que tienen la cámara grabando a la calle...
Hay formas mas o menos legales de hacerlo, como poner la cámara en el edificio que tienes delante, apuntando a tu fachada, que es lo que se puede grabar (y ya de paso grabas toda la calle).

Las grabaciones en la calle son legales siempre que tengan un valor de interés público (reporteros, documentales, etc...)

Pero, si lo que se está grabando es la plaza de garaje en un sitio privado (el interior de una finca), puedes, siempre y cuando captes la menor cantidad de espacio de la calle posible.
Con eso te quitarías parte del problema legal, la otra parte es que (si no recuerdo mal) estos temas tienen que estar controlados por la agencia de protección de datos (no se si hay que pedir un alta o que, se que se tenía que tramitar algo con ellos) y así estarías cubierto al 100% ante una posible denuncia de alguien
Si está avisada la grabación y están recogidas dichas grabaciones bajo el paraguas de la LOPD, si, si puedes hacerlo.

Si lo haces "a tu bola", no sólo las grabaciones NO TENDRÁN VALIDEZ LEGAL, sino que, como premio, podrías tener un bonito recuerdo de una multa por la violación de la privacidad y la intimidad.

A este respecto, debe partirse de que la imagen de una persona identificada o identificable constituye un dato personal, cuyo tratamiento está sujeto a la normativa de protección de datos, constituida fundamentalmente por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y, en particular, en lo que en materia de videovigilancia se refiere, por lo dispuesto en la citada Instrucción, sin perjuicio de que le resulten aplicables otras normas.

Así la propia Instrucción 1/2006 recuerda en su artículo segundo que “Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior la instalación de cámaras y videocámaras deberá respetar en todo caso los requisitos exigidos por la legislación vigente en la materia.”

Asimismo, la aludida Instrucción 1/2006 describe en su artículo primero su ámbito de aplicación estableciendo que “La presente instrucción se aplica al tratamiento de datos personales de imágenes de personas físicas identificadas o identificables, con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras y videocámaras.

El tratamiento objeto de esta Instrucción comprende la grabación, captación, transmisión, conservación, y almacenamiento de imágenes, incluida su reproducción o emisión en tiempo real, así como el tratamiento que resulte de los datos personales relacionados con aquéllas.”

Por consiguiente, lo previsto en dicha Instrucción resulta de aplicación a la captación de imágenes con independencia de que éstas se graben o no, siendo la única excepción la contenida en su artículo 7 en materia de notificación de ficheros, que dispone en su número primero que “La persona o entidad que prevea la creación de ficheros de videovigilancia deberá notificarlo previamente a la Agencia Española de Protección de Datos, para su inscripción en el Registro General de la misma.”
Donde dice "Aparcamiento"... ¿Se accede desde "Calle" o desde "Casa"?

¿Y es cerrado o abierto?
Ninguna cámara puede grabar la calle si no está debidamente aprobada y autorizada por el organismo competente. Además es sancionable. La utilización de imágenes procedentes de una cámara fija instalada por ejemplo en la fachada de tu casa es ilegal y ni siquiera tendría validez en juicio. Ni siquiera los videoporteros pueden enfoncar directamente a la calle. A mi no me gusta nada esta legislación pero desgraciadamente es así. Otra cosa es que puedas defender que, una vez grabado al delincuente pinchándote las ruedas, dicha grabación la has realizado puntualmente y sin instalación fija.
Chicos gracias por vuestro tiempo. Os respondo:
El aparcamiento esta en la calle, Yo no puedo acceder a el por mi casa. Es publico. Mi vecino no puede ver el aparcamiento por su valla.
Delante de mi casa es solo bosque así que no podría poner ninguna cámara apuntado mi casa.
Entonces me aconsejáis que me dirija al organismo perteneciente y pida autorización, sino me la dieran... me tocara aguantar los posibles actos bandalicos
xBacix escribió:Chicos gracias por vuestro tiempo. Os respondo:
El aparcamiento esta en la calle, Yo no puedo acceder a el por mi casa. Es publico. Mi vecino no puede ver el aparcamiento por su valla.
Delante de mi casa es solo bosque así que no podría poner ninguna cámara apuntado mi casa.
Entonces me aconsejáis que me dirija al organismo perteneciente y pida autorización, sino me la dieran... me tocara aguantar los posibles actos bandalicos


No lo pillo, ¿Entonces la cámara quedaría instalada en la vía pública? Eso evidentemente no vas poder hacerlo.

Independientemente del caso concreto yo si tuviera que instalar una cámara antivandalismo lo haría directamente dentro del vehículo. Es más fácil de justificar si te pidieran cuentas por ella.
lonboy escribió:
xBacix escribió:Chicos gracias por vuestro tiempo. Os respondo:
El aparcamiento esta en la calle, Yo no puedo acceder a el por mi casa. Es publico. Mi vecino no puede ver el aparcamiento por su valla.
Delante de mi casa es solo bosque así que no podría poner ninguna cámara apuntado mi casa.
Entonces me aconsejáis que me dirija al organismo perteneciente y pida autorización, sino me la dieran... me tocara aguantar los posibles actos bandalicos


No lo pillo, ¿Entonces la cámara quedaría instalada en la vía pública? Eso evidentemente no vas poder hacerlo.

Independientemente del caso concreto yo si tuviera que instalar una cámara antivandalismo lo haría directamente dentro del vehículo. Es más fácil de justificar si te pidieran cuentas por ella.


No, la cámara la instalaría dentro de mi parcela, pero apuntando al aparcamiento de la calle.
La cosa seria una cámara de exterior porque de vez en cuando se ponen jóvenes en esa zona ha hacer un pequeño botellon. Ahi va una imagen que deberia haberla puesto antes para explicarlo mejor
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xBacix escribió:Chicos gracias por vuestro tiempo. Os respondo:
El aparcamiento esta en la calle, Yo no puedo acceder a el por mi casa. Es publico. Mi vecino no puede ver el aparcamiento por su valla.
Delante de mi casa es solo bosque así que no podría poner ninguna cámara apuntado mi casa.
Entonces me aconsejáis que me dirija al organismo perteneciente y pida autorización, sino me la dieran... me tocara aguantar los posibles actos bandalicos


Pregunta a un abogado y/o a la AGPD:

901 100 099 / 91.266.35.17

Agencia Española de Protección de datos
C/ Jorge Juan, 6
28001-Madrid
No, no puedes si grabas sitios públicos (calle). Si para las cámaras instaladas en edificios públicos (apuntando a sus accesos en la calle) hay una estricta regulación, incluidas comisiones de garantía de videovigilancia, donde se regula su destrucción tras x tiempo, puesta a disposición de las imágenes a la autoridad, etc., imagina para un particular...

La regulación de esto no la tienes sólo en la LOPD (aunque a nivel particular basta con ésta), sino más importante aún, en la Ley Orgánica 4/1997 de Videovigilancia, y su Reglamento de desarrollo.

Sl2
927PoWeR escribió:
xBacix escribió:Chicos gracias por vuestro tiempo. Os respondo:
El aparcamiento esta en la calle, Yo no puedo acceder a el por mi casa. Es publico. Mi vecino no puede ver el aparcamiento por su valla.
Delante de mi casa es solo bosque así que no podría poner ninguna cámara apuntado mi casa.
Entonces me aconsejáis que me dirija al organismo perteneciente y pida autorización, sino me la dieran... me tocara aguantar los posibles actos bandalicos


Pregunta a un abogado y/o a la AGPD:

901 100 099 / 91.266.35.17

Agencia Española de Protección de datos
C/ Jorge Juan, 6
28001-Madrid


Pues muchas gracias compañeros. Llamare a la agencia y a ver que me dicen, sino pues nada no pondré nada. Muchas gracias otra vez [oki] [oki] [oki]
Con la foto del Streetview queda todo mucho más claro.

Y viendo el esquema en rojo que has pintado en ella, me temo que no vas a poder instalar la cámara de ninguna manera sin arriesgarte a sanciones.
Siempre puedes ver si cuela (a eefctos disuasorios) una de esas de pega, que simula ser cámara de verdad.
Si nos ceñimos a la LOPD lo vas a tener muy crudo; siempre puedes ponerte en contacto con alguien de alguna agencia de seguridad y vigilancia pues ellos conocen todo tipo de "triquiñuelas" legales para poder expandir un poco el "radio de vigilancia de la finca" en cuestión.
así va españa, el damnificado siempre es el peor parado...
A riesgo de decir una gilipollez,¿y si pone la cámara hacia su casa y con un espejo hace que refleje la calle ¿
Pon la camara camuflada, aunque no puedas usar el video para denunciar por lo menos sabras quien es el mamon que te jode el coche
Sabes lo peor de esto?, que al final te enteres de quien te pincha las ruedas y te encuentres qué:
No puedes hacerle nada
No puedes denunciarle
No puedes amenazarlo y fijo que si lo haces te denuncia o le mete fuego a tu coche
Hay veces que es mejor no saber nada.. :-?
Chicos gracias por los consejos y ayudas, al final consensuando con la familia no se pondrá nada. Si vuelve a pasar pues tocara joderse.
xBacix escribió:Chicos gracias por los consejos y ayudas, al final consensuando con la familia no se pondrá nada. Si vuelve a pasar pues tocara joderse.


lol que aguante, yo no lo podria dejar pasar, antes reviento
En mi calle hay un tio que tiene 2 camaras grabando los dos lados de su casa que dan a la calle, grabando aceras y calle, ni tiene cartel, ni nada.
Dfx escribió:En mi calle hay un tio que tiene 2 camaras grabando los dos lados de su casa que dan a la calle, grabando aceras y calle, ni tiene cartel, ni nada.


tendrá puestas pegatinas del rajoy :)
Dfx escribió:En mi calle hay un tio que tiene 2 camaras grabando los dos lados de su casa que dan a la calle, grabando aceras y calle, ni tiene cartel, ni nada.


Pues denucia a la Policía/GC y se le cae el pelo.
927PoWeR escribió:
Dfx escribió:En mi calle hay un tio que tiene 2 camaras grabando los dos lados de su casa que dan a la calle, grabando aceras y calle, ni tiene cartel, ni nada.


Pues denucia a la Policía/GC y se le cae el pelo.

Igual son falsas como han dicho algunos mensajes más arriba
hal9000 escribió:Sabes lo peor de esto?, que al final te enteres de quien te pincha las ruedas y te encuentres qué:
No puedes hacerle nada
No puedes denunciarle
No puedes amenazarlo y fijo que si lo haces te denuncia o le mete fuego a tu coche
Hay veces que es mejor no saber nada.. :-?


Eso de que "no puedes hacerle nada" será legalmente, pero una paliza sin que sepa que es idea tuya no le vendrá mal. Tú, por supuesto, no sabes nada, no te consta.
Sí puedes pero primero tienes que pasarte por el ayuntamiento para informarte.

Creo que tienes que sobornarles para que te dejen ponerla, no sé si te toca pagar al PP o al Rey, pero es a uno de los dos.
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