Consulta sobre herencia

Hoy hablaba con mi madre sobre la muerte de unos familiares suyos y nos han asaltado unas dudas.

Caso 1. Un matrimonio con 2 hijos ya mayores muere. Uno de los hijos está peleado con la família y no tiene ningún contacto con ella, y como vive lejos no sabe que sus padres han muerto. En este caso, el tema de su parte de la herencia como se resuelve? Un juez, el notario o alguien lo localiza y le entrega su parte? Se lo queda todo el otro hermano que no sabe el paradero de su hermano hasta que el que está missing no emprenda algún tipo de acción legal?

Caso 2. Muere un matrimonio que nunca ha tenido hijos. Tienen 2 pisos y un poco de dinero. Quien hereda y en que orden? En caso de distanciamiento entre las 2 famílias, como se resuelve? El que es más listo se lleva el dinero?
Gracias.
Supongo que notificarán al hermano desconectado de alguna forma, aunque no sé exactamente quién es el responsable de hacerlo.

Luego, pues lo que diga el testamento siempre respetando el mínimo obligatorio que se ha de llevar cada hermano. Si no hay testamento excepto casos muy concretos, es a partes iguales.

Y los pisos son bienes indivisibles, da igual que haya uno o dos, los hermanos han de llegar a un acuerdo con los dos pisos, ya que es como si cada uno tuviese medio piso (en este caso, la mitad de cada uno de los pisos, es decir, dos mitades). Los acuerdos pueden ser en quedarse cada uno un piso, o comprar la parte de uno al hermano, o lo que sea que acuerden. Si no hay acuerdos creo que se vende y se reparte el dinero.

Puedo equivocarme, pero de las movidas que hubieron en mi familia, es a la conclusión que llegué.
En realidad responderte a ambos casos es muy complejo, porque hay muchísimas variables, como la que te comentan sobre si otorgaron o no testamentos, si el desaparecido se sabe que está vivo o no, etc. Pero intentando resumirlo y obviando muchas cosas, los casos pueden quedar así:

Caso 1: Si no tienen forma de localizar al heredero desaparecido, la única manera de partir la herencia es irse al juzgado, siendo el juez quien decide cómo deben repartirse los bienes (escuchados los intereses de los herederos y del defensor del heredero desaparecido). Esto es complicado, porque necesariamente tiene que haber una parte que represente los intereses del heredero desaparecido, para lo que existe todo un procedimiento y una serie de reglas legales bastante complejas (previa declaración de ausencia del desaparecido) y muy difíciles de resumir aquí [+risas] .

Caso 2: Primero decirte que en los supuestos intestados siempre deberán ir al notario o al juez, dependiendo de si se trata de unos herederos u otros. Las lineas de sucesión por orden de preferencia van así (muy resumidamente claro y copy-paste de internet, pero es correcto):
"Con arreglo al Código civil los llamados a la herencia serán, por este orden, las siguientes personas:

1º.- Hijos y descendientes. Los primeros heredan "por cabezas" y los segundos "por estirpes". Es decir, los nietos y demás descendientes heredan por el llamado "derecho de representación" (heredan por partes iguales entre ellos, la parte que le hubiera correspondido a su padre). Esto es sin perjuicio de la cuotal legal usufructuaria del cónyuge viudo (si también sobrevive).

2º.- Padres y ascendientes. El padre y la madre heredan por partes iguales. Si sólo vive uno de los padres éste hereda todo. Si no vive ninguno de los padres y sobreviven abuelos éstos heredan dividiéndo la herencia por mitad entre la línea paterna y materna. Esto es sin perjuicio de la cuotal legal usufructuaria del cónyuge viudo (si también sobrevive).

3º.- Cónyuge. Este tiene derecho a heredar siempre que no esté separado judicialmente o de hecho. En el derecho común la pareja de hecho no tiene derecho a heredar abintestato.

4º.- Hermanos y sobrinos del fallecido. Como en el caso de los nietos, los primeros heredan "por cabezas" y los segundos "por estirpes", es decir, los sobrinos se reparten entre sí lo que hubera correspondido a su ascendiente (hermano del fallecido). No obstante en el caso de que sólo haya sobrinos todos herederían por partes iguales.

5º.- Tíos carnales del fallecido. En defecto de todos los parientes anteriores heredarán los tíos del fallecido con preferencia a otros parientes y por partes iguales.

6º.- Resto de parientes colaterales de 4º grado (todos por partes iguales):
Primos,
Tíos segundos (hermanos de los abuelos)
Y sobrinos segundos (nietos de los hermanos del causante).

7º.- A falta de todos los anteriores, heredaría el Estado español."


Hasta el número 3º incluido (es decir cónyuge) el competente para declarar los herederos es el notario; pero a partir del 4º hay que irse al juzgado e instar un procedimiento judicial de declaración de herederos.

En cuanto a la familia de qué cónyuge hereda qué, es importante decir que si estaban casados en gananciales, tendrán que liquidar la sociedad de gananciales (para lo cual tendrán que ponerse de acuerdo o ir al juzgado a unas muy malas - nada recomendable). Si resulta que era en separación de bienes, pues la familia de cada uno heredará lo de cada causante.

Espero haberte ayudado y he intentado ser breve. La cosa es mucho más compleja de lo que parece y he obviado multitud de detalles (trabajo en testamentarías y aunque no soy tan experto como puede serlo un notario o un abogado que se dedica a sucesiones, algo sé XD).

Cualquier duda si quieres privado :p.

Saludos.
Tanto en un caso como en el otro, lo primero es pedir el certificado de ultimas voluntades.

Existe un fichero a nivel estatal donde se registran los testamentos, hay que pedir alli cual es el ultimo testamento que hizo el difunto.

Si hay testamento, lo que dice el testamento, osino, herederos legales.

Para poder declarar los herederos legales, existen dos casos distintos. En el caso en el que haya descendencia/ascendencia/matrimonio directo, el mismo notario puede hacerlo. Pero necesita el libro de familia, por lo tanto el hermano desaparecido entrara tambien en la herencia.

Si no existen los lazos familiares mencionados, hay que ir al juzgado a hacer la declaracion de herederos. Tambien le hace falta el libro de familia, asi que el hermano desaparecido tambien saldria en la herencia (o el tio, lo que sea). No me se de memoria como se reparte, pero esta estipulado hasta donde llegan los herederos y en que orden, asi que el mas listo no se quedaria con la herencia.

Como contactan con el? ni idea, supongo que el juez si nadie mas puede contactarle podra mandarle una notificacion, la verdad que no lo se.

En todo caso, en un hipotetico caso de reparto ilicito de la herencia, el hijo desaparecido al aparecer podria reclamar su parte legal.
Muchas gracias. Ya veo que es un tema muy complejo y que en caso de desaveniencias familiares puede ser una fuente inagotable de problemas.
suskie escribió:Muchas gracias. Ya veo que es un tema muy complejo y que en caso de desaveniencias familiares puede ser una fuente inagotable de problemas.


No lo dudes.

Ademas, algunos tienden a enfadarse con quien mas herede y realmente no tiene ninguna culpa de que el difunto le haya dado mas en su testamento o le corresponda mas porcentaje entre los herederos legales.
Estas cosas acaban a ostias siempre, si o si, ponga lo que ponga en el testamento de última voluntad

Salu2
Por un tema parecido puedo responder al caso uno. El juez da un plazo de 5 años para reclamar la herencia.
Solo comentar que es una pena que haya familias que esten a malas por temas de herencia :/ es como muy simplon todo.
Walter White escribió:Solo comentar que es una pena que haya familias que esten a malas por temas de herencia :/ es como muy simplon todo.


Puede haber muchas cosas detrás, en un caso cercano en cuanto fallezca un familiar hay 2 personas que van a ir a sacar todo lo que pueden. Por eso otra media familia esta cogiendo todo antes de que eso suceda.
De hecho, lo raro es la familia en la que no hay asperezas con herencias y demás.

Es increíble la cantidad de reproches imperecederos que se llegan a acumular entre hermanos.
las cosas que tienen dinero por medio son muy complicadas
11 respuestas