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1. El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquél.
2. Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación y el aprendizaje, los contratos a tiempo parcial, fijos-discontinuos y de relevo, los contratos para la realización de una obra o servicio determinado, los de los trabajadores que trabajen a distancia y los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios.
futuro mad max escribió:algunos sindicatos creo que son gratis y solo se llevan una parte de lo que se saca de la demanda + o -, que te cuente sator23 que seguro sabe del tema por experiencia
futuro mad max escribió:algunos sindicatos creo que son gratis y solo se llevan una parte de lo que se saca de la demanda + o -, que te cuente sator23 que seguro sabe del tema por experiencia
redscare escribió:Hay muchos abogados laboralistas que trabajan a cambio de un % de lo que se consiga. De todas formas, aunque puedo entender ponerte a trabajar sin contrato si estas apurado de pasta, no me entra en la cabeza que luego viendo que el tío es un pirata cojas y firmes lo que te ponga por delante ahí a lo loco. Dependiendo de lo firmado igual se ha cargado cualquier posibilidad de demandar.
kodarana escribió:futuro mad max escribió:algunos sindicatos creo que son gratis y solo se llevan una parte de lo que se saca de la demanda + o -, que te cuente sator23 que seguro sabe del tema por experiencia
Los sindicatos, si no estas afiliado, te cobran hasta por darte los buenos dias
aunque puedo entender ponerte a trabajar sin contrato si estas apurado de pasta,
OCTV escribió:Cómo aceptas un trabajo sin un contrato de por medio? y menos tal como está la situación ahora mismo, dile a tu amiga que le denuncie por agresión a ver si se le quitan las ganas al milhombres ese de pegar a mujeres...
eol-punto-us escribió:redscare escribió:Hay muchos abogados laboralistas que trabajan a cambio de un % de lo que se consiga. De todas formas, aunque puedo entender ponerte a trabajar sin contrato si estas apurado de pasta, no me entra en la cabeza que luego viendo que el tío es un pirata cojas y firmes lo que te ponga por delante ahí a lo loco. Dependiendo de lo firmado igual se ha cargado cualquier posibilidad de demandar.
No te pones a trabajar sin contrato, esperas que te lo entreguen cuanto antes, es muy diferente. ¿ qué haces te plantas hasta que no te traiga el contrato? no desconfias de primeras, el problema viene luego.
Ha firmado y luego ha reclamado, cierto. Igualmente, existen irregularidades. No ha firmado contrato inicial por ejemplo.
Cuando una persona no entiende la documentación o necesita pensarlo, y si mientras te lo estas pensando, te estan presionando ¿ qué haces ?¿ te vas para no ver un duro ? aceptas lo de ese momento y piensas, ya volveré con los cálculos bien comprobados, cuando decides volver para reclamar te espera un señor que te tira sillas por los aires.
Ashdown escribió:Por la dignidad de tu amiga y la de todos, partidle las putas piernas y quemadle el coche y piso a ese hijo de la gran puta. Así mismo.