Cuando se debe declarar el IRPF?

Alguien podria resolverme esta duda?

Segun me han comentado si no llego a x cantidad de salario no debo declarar el IRPF.

La cuestion es si esto es cierto o no?

Apenas cobro menos de 200 euros brutos
Ta fácil como hacer una búsqueda;

IRPF
Black Wolft escribió:Apenas cobro menos de 200 euros brutos

En ese caso es al revés. Te compensa hacer la declaración de la renta.

Por qué? Porque te va a salir a devolver.
amchacon escribió:Por qué? Porque te va a salir a devolver.


no le van a devolver casi nada porque no habra pagado casi nada, y solo se devuelve de lo que has pagado primero.

@Black Wolft

como norma general, el limite para la obligacion de declarar es haber percibido 22.000€ brutos anuales de un unico pagador. si hay mas pagadores (incluido el SEPE/desempleo) la cifra se reduce

normalmente con trabajos que perciben alrededor del SMI o menos, se establece la retencion minima (lo cual te conviene para disponer de mas dinero al mes) pero como te han retenido poquito, en la declaracion de la renta habras pagado poquito, y por tanto si te corresponde que te devuelvan, te devolveran poquito.

como boton de muestra, yo en los ultimos 4 años he cobrado alrededor del SMI vigente o menos. en 2017 (correspondiente a 2016) tuve 2 pagadores y me salia a pagar como 50 euros y no la hice. en 2018 (correspondiente a 2017) me devolvieron 29 euros. en 2019 (correspondiente a 2018) me salia a devolver 3 euros y pico.
GXY escribió:
amchacon escribió:Por qué? Porque te va a salir a devolver.


no le van a devolver casi nada porque no habra pagado casi nada, y solo se devuelve de lo que has pagado primero.

Con una retención del 2%, le devolverían 4€ por cada mes trabajado.

Con lo rápido que es hacer la declaración de la renta (10 min). Yo diría que le compensa bastante.
Si esta exento de hacerla por que no vas a llegar al mínimo... por que no pagar nada? (dicen que el mínimo es el 2% pero he tenido compañeros con el campo de IRPF vacío).

Al final aunque un 2% sea mínimo, si no tienes que hacerla mejor no pagar nada.
Elkri escribió:Si esta exento de hacerla por que no vas a llegar al mínimo... por que no pagar nada? (dicen que el mínimo es el 2% pero he tenido compañeros con el campo de IRPF vacío).

Al final aunque un 2% sea mínimo, si no tienes que hacerla mejor no pagar nada.

Pues porque la ley está hecha así precisamente porque la empresa tiene que retenerte lo que dice la ley no nada o lo que cada uno quiera.
Si no lo hace, le puede caer sanción.
Si no pues obligarían a todo el mundo a hacerla por encima de 14.000 y arreando.

Cuando empiezas a trabajar (no temporal o en algunas empresas incluso temporal) te dan el modelo 145 para que lo rellenes y pongas si tienes hijos, discapacidad, cónyuge a tu cargo etc.
Eso a la calculadora de la AEAT y sale un porcentaje. Eso es lo que tienen que retenerte no lo que a ellos les parezca o lo que tú quieras.
Si quieres de más, no hay problema, de menos, llegado un mínimo, no (salvo que a la empresa le de igual la sanción o no lo sepa, que habrá miles).
martuka_pzm escribió:
Elkri escribió:Si esta exento de hacerla por que no vas a llegar al mínimo... por que no pagar nada? (dicen que el mínimo es el 2% pero he tenido compañeros con el campo de IRPF vacío).

Al final aunque un 2% sea mínimo, si no tienes que hacerla mejor no pagar nada.

Pues porque la ley está hecha así precisamente porque la empresa tiene que retenerte lo que dice la ley no nada o lo que cada uno quiera.
Si no lo hace, le puede caer sanción.
Si no pues obligarían a todo el mundo a hacerla por encima de 14.000 y arreando.

Cuando empiezas a trabajar (no temporal o en algunas empresas incluso temporal) te dan el modelo 145 para que lo rellenes y pongas si tienes hijos, discapacidad, cónyuge a tu cargo etc.
Eso a la calculadora de la AEAT y sale un porcentaje. Eso es lo que tienen que retenerte no lo que a ellos les parezca o lo que tú quieras.
Si quieres de más, no hay problema, de menos, llegado un mínimo, no (salvo que a la empresa le de igual la sanción o no lo sepa, que habrá miles).


Entonces estos casos que te digo que no aparece nada (yo pensaba que el mínimo era el 2%), la empresa se esta arriesgando a ser sancionada?
Elkri escribió:
martuka_pzm escribió:
Elkri escribió:Si esta exento de hacerla por que no vas a llegar al mínimo... por que no pagar nada? (dicen que el mínimo es el 2% pero he tenido compañeros con el campo de IRPF vacío).

Al final aunque un 2% sea mínimo, si no tienes que hacerla mejor no pagar nada.

Pues porque la ley está hecha así precisamente porque la empresa tiene que retenerte lo que dice la ley no nada o lo que cada uno quiera.
Si no lo hace, le puede caer sanción.
Si no pues obligarían a todo el mundo a hacerla por encima de 14.000 y arreando.

Cuando empiezas a trabajar (no temporal o en algunas empresas incluso temporal) te dan el modelo 145 para que lo rellenes y pongas si tienes hijos, discapacidad, cónyuge a tu cargo etc.
Eso a la calculadora de la AEAT y sale un porcentaje. Eso es lo que tienen que retenerte no lo que a ellos les parezca o lo que tú quieras.
Si quieres de más, no hay problema, de menos, llegado un mínimo, no (salvo que a la empresa le de igual la sanción o no lo sepa, que habrá miles).


Entonces estos casos que te digo que no aparece nada (yo pensaba que el mínimo era el 2%), la empresa se esta arriesgando a ser sancionada?

No, puede haber casos en que la calculadora de un 0. Depende de las circunstancias de cada persona, sueldos, etc
Muchas empresas cuando sale 0 le meten un 2% por cubrirse las espaldas pero se prevé la aplicación de un tipo 0 en la ley
8 respuestas