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Akanegl escribió:15 días de tope máximo para cobrar el finiquito.
Si quieres el paro no te preocupes, aunque se te pasen los "famosos" 15 días se lo pagarán igual.
Lo único para lo que sirven es para asegurarte de que si lo traes antes de esos 15 días para tramitar el paro lo cobraras en el mes en curso, si pasas de esos días para el mes siguiente.
Aunque por lo que conozco cre que el INEM "cierran" los trámitas para cobrar sobre los días 26-27 de cada mes. Si lo lleas más tarde cobrarás con un mes de retraso.
Los 15 días se cuentan de lunes a sábado, no cuentan ni domingos ni festivos.
strumer escribió:No, si se pasase de esos 15 días hábiles ( aunque ha dicho que no le llega para echarlo), no vería un duro, ni este mes ni el siguiente ni el otro.
Akanegl escribió:strumer escribió:No, si se pasase de esos 15 días hábiles ( aunque ha dicho que no le llega para echarlo), no vería un duro, ni este mes ni el siguiente ni el otro.
Siempre y cuando tengas el tiempo necesario cotizado para cobrar el paro si los vería, pero tardaría algo más de un mes. Seguro. Estoy harta de tramitar certificados de empresa cada semana
strumer escribió:El paro sólo se puede solicitar en los 15 dias habiles posteriores al fin de contrato. A partir de ahí, para poder solicitarlo tiene que haber otro contrato de por medio sino no puede echarlo.
Akanegl escribió:strumer escribió:El paro sólo se puede solicitar en los 15 dias habiles posteriores al fin de contrato. A partir de ahí, para poder solicitarlo tiene que haber otro contrato de por medio sino no puede echarlo.
Eso es lo que cree la mayoría de gente...
No se de que trabajarás tú, pero yo llevo años haciendo este trabajo y NUNCA le han rechazado el paro a nadie que se le haya pasado los 15 días.
Como también depende de qué provincia sea para solicitar el paro con 1 día trabajado y causa de baja no voluntaria ya le dan el paro, mientras que en otras provincias necesitan el último contrato de duración de 3 meses mínimo para solicitarlo.
Pero ya veo que tú a lo tuyo y yo a lo mío xD
EDIT: Poniéndome un enlace de laboris ya me lo dices todo
Leételo bien porque en ningún momento pone que pasados los 15 días sea rechazado.
EDIT 2: También me has recordado que no son los 15 días posteriores a fin contrato. Porque si no ha disfrutado vacaciones tienes que esperar a que pasen los días que te tocan de vacaciones para empezar a tramitar el paro.
Drizztneko escribió:la que liao con la pregunta
strumer escribió:Si problema no hay ninguno. Yo desde siempre tenia entendido que era asi. Ahora mirando por el google he encontrado otra fuente que pone que pasados esos 15 dias se puede solicitar pero pierdes los derechos desde el dia que acabas contrato hasta la fecha que lo solicitas. Lo que ya no he entendido es si por ejemplo te tocan 4 meses de paro y lo solicitas pasado un mes, si solo tienes derecho a cobrar 3 o si cuentan 4 a partir de esa fecha.
No pongo el link porque ahora estoy escribiendo desde el iphone y no tiene lo de cortar y pegar.
Butters escribió:Si se pasa de ese plazo de quince días, y lo tramita después, perderá tantos días de prestación como hayan pasado desde la fecha efectiva de baja en la Seguridad Social, hasta el día que lo tramite, es decir, si te correspondían seis meses de paro, y vas a tramitarlo dos meses después de la baja en la Seguridad Social, entonces solamente tendrías derecho a cobrar cuatro meses, lo demás lo habrás perdido.