cuanto se puede fastidiar mi vida?

El otro dia fui de fiesta con mis amigos y me encontré un iphone en el suelo, entonces lo coji y fuimos a un parque a beber, a lo que a los 5 min o así llegan los polis o mossos o lo que sea de mala leche y nos ponen de cara a la paret y todo el royo y nos registran.
Claro yo tenia el mobil que era lo que buscaban, yo ni lo apague ni nada por si llamaban para recuperarlo o lo que sea. Bueno la cosa es que me acusaron de robarlo y pase una noche en el calabozo, la peor noche de mi vida, aun me dan ganas de llorar solo pensar en ella.
Bueno el caso e que ahora estoy denunciado por delito de hurto porque según ellos el iphone vale mas de 400e.
Mi abogado me ha dicho que mis amigos declaren como testigos de que me lo encontré y eso y también recurrirá porque el iphone no vale mas de 400e y en vez de delito pasar a falta. El esta bastante convencido que quedara en nada y que retiraran cargos pero yo no estoy tan seguro.

Lo que quiero preguntar es que es lo peor que me puede pasar?
en caso que salga todo mal y salga culpable de hurto he visto que seria una pena de 2 a 18 meses, que claro como no tengo antecedentes ni nada solo quedaría en pagar una multa.
Pero estos antecedentes en el caso que salieran mal se pueden borrar con el tiempo? por culpa de esto puedo olvidarme a por ejemplo opositar para profesor?
Yo no se de leyes, pero si tu abogado te dice que no es nada por algo sera.
Dudo muchísimo que te metan en la carcel por eso, por esa regla de tres las carceles estarían abarrotadas, gente robando no falta precisamente.
Ánimo, que seguro que no es nada.
cbd escribió:Yo no se de leyes, pero si tu abogado te dice que no es nada por algo sera.
Dudo muchísimo que te metan en la carcel por eso, por esa regla de tres las carceles estarían abarrotadas, gente robando no falta precisamente.
Ánimo, que seguro que no es nada.

Osea la condena si al final pasa lo peor serian de 2 a 18 meses
pero si no tienes antecedentes no te pueden meter en la carcel por un delito menor de 2 años y se queda en multa
osca20 escribió:
cbd escribió:Yo no se de leyes, pero si tu abogado te dice que no es nada por algo sera.
Dudo muchísimo que te metan en la carcel por eso, por esa regla de tres las carceles estarían abarrotadas, gente robando no falta precisamente.
Ánimo, que seguro que no es nada.

Osea la condena si al final pasa lo peor serian de 2 a 18 meses
pero si no tienes antecedentes no te pueden meter en la carcel por un delito menor de 2 años y se queda en multa

A mi amigo le robaron el Iphone justamente, junto a una PS vita y la cartera.
No se como pero se pudo dar con los ladrones, se fue a juicio y se rieron en la puta cara de mi amigo (iba como testigo) no les paso nada de nada y eran personas que habían robado con antelación (eran rumanos, y paso en la playa de barcelona).
Lo que me hizo mas gracia es que no separaron ni a mi amigo ni a mi de los ladrones, que si después del juicio te meten un navajazo no pasa nada.
pero si no tienes antecedentes no te pueden meter en la carcel por un delito menor de 2 años y se queda en multa


Tengo entendido que es un falso bulo.
Yo robe un chicle y vinieron los swat a mi casa...
Te van a meter en la cárcel por eso xDDDDD.
Venga ya hombre, yo no se porque no les explicas que pasó y ya está.
Yo también me he encontrado cosas y he llamado y cosas así.
ShadowCoatl está baneado por "Saltarse el ban con un clon"
NewDump escribió:
pero si no tienes antecedentes no te pueden meter en la carcel por un delito menor de 2 años y se queda en multa


Tengo entendido que es un falso bulo.


¿Hay algún bulo que sea verdadero? XD

Si careces de antecedentes y la condena es inferior a 2 años no te cae pena de cárcel, pero tampoco te libras de tener antedecentes.

De todos modos me parece que estáis exagerando con el tema de la cárcel, como mucho le harán devolver el teléfono y una multa por "hurto".
No entiendo mucho de leyes, pero para empezar tu eres inocente y ahora, con pruebas, que demuestren que eres culpable de haber hurtado el móvil. ¿Hay testigos? ¿hay videos?
seaman escribió:Te van a meter en la cárcel por eso xDDDDD.
Venga ya hombre, yo no se porque no les explicas que pasó y ya está.
Yo también me he encontrado cosas y he llamado y cosas así.



yo también he llamado,y de paso leo algun mensaje [360º] hay que pasar el tiempo,no?xD [poraki]
A ver la cuestión es que el autor del hilo está más preocupado por tener antecedentes que por estar en la cárcel ya que lógicamente no va entrar. Que yo sepa si eres inocente no tendrás antecednes. Pero si el juez te declara culpable como hurto o receptación o algo raro si que tendrás unos bonitos antencentes. Bastante rocambolesca la historia.

saludos.
En teoria tengo 3 testigos que son mis amigos que vieron que me lo encontre, que tienen que ir a declarar o algo asi
El abogado esta bastante convencido que con los testigos no habra ni juicio y quedara en un susto, espero que asi sea
osca20 escribió:En teoria tengo 3 testigos que son mis amigos que vieron que me lo encontre, que tienen que ir a declarar o algo asi
El abogado esta bastante convencido que con los testigos no habra ni juicio y quedara en un susto, espero que asi sea


Y los amigos valen como testigos?

saludos.
Si tu declaración ante el juez se ajusta a lo que dices de la misma forma que lo hacen tus amigos con sus testimonios dudo mucho que puedan declararte culpable de robo. Es el denunciarte quien tiene que probar que efectivamente fuiste tu quien robó el teléfono aunque el encontrarse dicho teléfono en tu poder juega en tu contra, pero es circunstancial.
¿Pero es que si te encuentras algo en el suelo te pueden acusar de robo?

¿No sería apropiación indebida?
Es un poco extraño......el dueño porque no se inflo a llamar al iphone y preguntar?

Y por parte del OP ojala sea solo un susto..porque la verdad con testigos de que te lo has encontrado ya pueden decir misa...al final no iras a la carcel xD.

salu2
No te va a pasar nada. Y es totalmente cierto que por menos de 2 años y 1 día no puedes ir a la cárcel si no has tenido antecedentes penales... Jajajja os va a hacer gracia pero a la Pantoja la metieron 2 años por blanqueo... Que casualidad que fueron 2 años en vez de 2 + 1 día no? Jejejeje
Ya verás que el juez sentenciará a tu favor como dice tu abogado. Sin embargo, aprende esta valiosa lección: no agarres nada que no sea tuyo por muy buen samaritano que quieras ser. Fin de la historia.
mopas69 escribió:No te va a pasar nada. Y es totalmente cierto que por menos de 2 años y 1 día no puedes ir a la cárcel si no has tenido antecedentes penales... Jajajja os va a hacer gracia pero a la Pantoja la metieron 2 años por blanqueo... Que casualidad que fueron 2 años en vez de 2 + 1 día no? Jejejeje



Es falsa la creencia de que “si te ponen una pena de prisión de 2 años no entras en la cárcel si no tienes antecedentes”. Lo que el Código Penal establece es la posibilidad, si el juez así lo estima, de no entrar en la cárcel en esas circunstancias, pero no es automático y se deben dar varios requisitos.

A la pregunta de si nos ponen una pena de prisión de 1 año y no tengo antecedentes ¿podemos ir a la carcel? La respuesta es sí.

El Código Penal no prevé la obligatoriedad de sustituir una pena de prisión por, por ejemplo, una de multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

Leamos con atención el artículo 88 párrafo segundo del Código Penal que es uno de los artículos que prevé la sustitución de las penas:


“Excepcionalmente, podrán los jueces o tribunales sustituir por multa o por multa y trabajos en beneficio de la comunidad, las penas de prisión que no excedan de dos años a los reos no habituales, cuando de las circunstancias del hecho y del culpable se infiera que el cumplimiento de aquéllas habría de frustrar sus fines de prevención y reinserción social. En estos casos, la sustitución se llevará a cabo con los mismos requisitos y en los mismos términos y módulos de conversión establecidos en el párrafo anterior para la pena de multa.”

La clave de ese artículo está por un lado en la palabra “podrán“; en el ámbito penal hay que llevar mucho cuidado con el significado de las palabras pues el lenguaje no es gratuito en general en el mundo del Derecho y menos en el ámbito penal. “Podrán” tiene un significado distinto a “Deberán”.
El legislador ha querido que, si se dan todos los demás requisitos, el juez “podrá” sustituir la pena de prisión que no sea superior a 2 años. Pero el juez no está obligado a hacerlo, queda a su arbitrio si se respetan los demás requisitos.

Y en segundo lugar por el “excepcionalmente“; la medida que prevé ese párrafo debe ser aplicada excepcionalmente (aunque en la práctica no lo sea) y no como normal general.

Aunque si bien es cierto que lo habitual es que el juez sustituya la pena de prisión de 2 años o menos, como digo no siempre es así.

Así por ejemplo en el caso de suspensiones de la pena, en la Sentencia de 13 de septiembre de 2011 de la Audiencia Provincial de Madrid, se declara:

“Esto así, no obstante, debemos recordar al apelante que la concurrencia, en uno u otro caso, de estos requisitos no implica la concesión automática del mencionado beneficio, pues como dice la STC de 15-01-2001 en ese supuesto “se puede dejar en suspenso la pena o denegar la suspensión en resolución motivada”. En idéntico sentido la STS de 18-2-2000 recuerda que “la mera concurrencia de los requisitos legales mínimos no es más que un presupuesto necesario para la concesión de la suspensión, pero no suficiente, pues ésta constituye una facultad motivadamente discrecional del Tribunal“, lo que reitera la de 16-10-2000 al disponer que la concesión del beneficio es una facultad discrecional del Tribunal, que faculta, pero no obliga (“los Jueces y Tribunales podrán dejar en suspenso…”, frase que viene a reiterar el art. 87 al establecer que “el Juez o Tribunal, con audiencia de las partes, podrá acordar….”).

Pues bien, una vez concurren aquellas condiciones, necesarias pero no suficientes, entra en juego la discrecionalidad del Juzgador para decidir si procede o no dejar en suspenso la ejecución de la pena privativa de libertad, decisión que ha de ser en todo caso razonada a efectos de poner de manifiesto que no es arbitraria o caprichosa…

Dicho lo cual, la Sala entiende que el recurrente no es merecedor del beneficio de la suspensión de la condena de diez meses de prisión...”
Te encuentras un móvil en el suelo, te vas a un parque a beber y de repente, aparece la policía buscando un móvil que han robado y que casualmente es el que te has encontrado. Joder, ni los del CSI encuentran a los sopechosos tan rápido y con menos indicios. Perdona pero tu historia hace aguas por todas partes, ergo, o eres un trolete o nos ocultas información.
NWOBHM escribió:Te encuentras un móvil en el suelo, te vas a un parque a beber y de repente, aparece la policía buscando un móvil que han robado y que casualmente es el que te has encontrado. Joder, ni los del CSI encuentran a los sopechosos tan rápido y con menos indicios. Perdona pero tu historia hace aguas por todas partes, ergo, o eres un trolete o nos ocultas información.

Yo también lo he pensado. ¿Cómo sabían que lo tenías?
Halluat escribió:
NWOBHM escribió:Te encuentras un móvil en el suelo, te vas a un parque a beber y de repente, aparece la policía buscando un móvil que han robado y que casualmente es el que te has encontrado. Joder, ni los del CSI encuentran a los sopechosos tan rápido y con menos indicios. Perdona pero tu historia hace aguas por todas partes, ergo, o eres un trolete o nos ocultas información.

Yo también lo he pensado. ¿Cómo sabían que lo tenías?


Hay móviles a los que le instalas programas y te lo geolocalizan si lo pierdes.

http://www.20minutos.es/noticia/2165676 ... calizarlo/
tenia un localizar el mobil, y como eran las fiestas del poblenou se lo dijieron a algun poli/mosso donde estabamos y supongo que vinieron.
Ah vale, gracias, no había caído en esa posibilidad. Sí que tiene precisión eso XD
Es triste que pilles el móvil a buenas y acabes pringando... para la próxima directamente o no lo pilles o llamada a los mossos para avisar...
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