Dar los 15 días en el trabajo

Lowell está baneado por "saltarse baneo con clon"
Quería saber qué me corresponde (en cuestión de dinero) si, llevando 3 años y medio en la empresa (de los cuales 3 años fijo), diera los 15 días para marcharme. Es decir, me presentarían el finiquito y tal...¿pero qué me pagan realmente? ¿Únicamente lo que haya currado ese mes? Sé que no tengo derecho a paro ni a indemnización, lo que no sé es si, por antiguedad, por años trabajados, o por lo que sea, me corresponde algo.
los días que curres, la parte proporcional de las vacaciones, la parte proporcional de la paga extra y los atrasos en caso de que hubiera de cualquier clase, como subidas que no se hayan hecho o que hayan sido por debajo del ipc del convenio, etc..

Te harán una propuesta de liquidación, normalmente errónea a su favor, la llevas al sindicato y que te calculen allí cual es tu liquidación real.
Con 3 años y medio, tienes que tener derecho a paro...a no ser por las horas trabajadas...
Inoue escribió:Con 3 años y medio, tienes que tener derecho a paro...a no ser por las horas trabajadas...

O a no ser que no estés dado de alta... no se si me explico.
Inoue escribió:Con 3 años y medio, tienes que tener derecho a paro...a no ser por las horas trabajadas...


No. Si dejas el trabajo voluntariamente nunca tienes derecho a paro. Jamás. No pierdes los años cotizados, obviamente, pero no podrás cobrar paro.

Por otro lado, es como te ha dicho Sospe. No hay más, desgraciadamente. El finiquitio cuando dejas el trabajo voluntariamente es más bien irrisorio.

Un saludo y no te olvides de, antes de firmar nada, hablar con el sindicato, que te lo harán gratis seguramente.
Lowell está baneado por "saltarse baneo con clon"
La semana que viene haré 10 días de vacaciones (los cuales me hacen falta, no puedo deshacerme de ellas, por diferentes motivos), con lo cual me quedarían 21 días naturales más de vacaciones. ¿Cual es la parte proporcional de esos 21 días?. Las pagas están prorrateadas (son 14 pagas)

Inoue escribió:Con 3 años y medio, tienes que tener derecho a paro...a no ser por las horas trabajadas...


No si me voy yo.
Si si es verdad, no habia caido en ellos, sorry...
Lowell escribió:La semana que viene haré 10 días de vacaciones (los cuales me hacen falta, no puedo deshacerme de ellas, por diferentes motivos), con lo cual me quedarían 21 días naturales más de vacaciones. ¿Cual es la parte proporcional de esos 21 días?. Las pagas están prorrateadas (son 14 pagas)


Es que ya partimos de la base que no sabes cuando las pagas están prorateadas o no.

Tan solo hay que hacer reglas de tres, no es tan difícil. En las pagas extra, se calcula cuanto de paga extra es al año (365 días), se calcula cuantos días has trabajado en el año, y a partir de ahí cuanto te correspondería, una vez restado lo que ya se te hubiera pagado (como no hemos llegado a Julio no habrás cobrado nada de pagas extra). Y con las vacaciones es lo mismo.
Lo de las pagas extras si no me equivoco iria por semestres siendo el primer semestre 181 dias y el segundo 185, suponiendo que se fuese del trabajo el dia 1(por simplificar) habria trabajado 31 de enero + 28 de febrero, total 59 dias entonces por la regla de tres seria

181-----Importe paga
59----- X

Y x es el importe de pagas que te deberian dar, las vacaciones se calculan igual
365 dias ------ 31 vacaciones
59 dias ------ x vacaciones

En este caso serian X- los dias disfrutados en el año que incluso creo que te podrian salir negativos y tendiras que pagarselos a la empresa (pero de esto no estoy seguro)

Y luego te tocaria cobrar los dias que te deban de mes trabajado que si te fueses el dia 1 serian 0 por no trabajar ningun dia de marzo.

Espero ayudar !! un saludo!!
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