thauker escribió:Me pregunto, imaginando que el mayor volumen de descarga de todas esas páginas, corresponde a material con copyright, en el momento en que entre en vigor la ley y chapen miles de páginas, quién se hará cuentas premium? Otra duda, si alguien en el extranjero pone una web, viviendo esa persona fuera de España con contenido protegido, le pueden hacer algo? o solamente bloquearla desde nuestro país? y los que descargan dónde quedan? porque me parece de película que vayan a mirarte el PC por si tienes pornografía infantil o material protegido, como si fuera igual
1.- la ley es en españa, y la gente de fuera de españa tambien se descarga cosas. si tienes dudas al respecto ve a un sitio de torrents y mira a ver cuanto del material es en español y cuanto en ingles u otros idiomas. con esto te estoy intentando decir que, por ejemplo, uploaded no va a morir porque los españolitos no nos hagamos cuentas premium con ellos.
2.- no todo son descargas ilegales, aunque reconozco que el uso legal de muchas de las nubes es bastante negligible. en su momento cuando el cierre de megaupload se estimo que entre el 50 y el 80% de los contenidos eran material bajo copyright (pero todo estimaciones, claro) y es previsible que existan porcentajes similares en otras nubes como uploaded, mediafire, 1fichier,etc. pero por ejemplo dropbox, onedrive/skydrive o google drive tambien son nubes, y dudo que en ellas mas del 50% del contenido sea "ilegal".
3.- en teoria cualquier copia, posesion o comparticion de cualquier contenido protegido por copyright sera punible, pero en la practica ningun juez va a autorizar el registro de ninguna vivienda particular solamente por este motivo, excepto que la policia demuestre un volumen de actividad punible muy elevado, y eso ya se hacia antes en la epoca de las copias de CDs
4.- la ley española evidentemente solo tiene jurisdiccion en el territorio español. lo que se copie, descargue o comparta alguien en chequia, en gibraltar o en san petersburgo competera al pais de residencia en cuestion, aunque el usuario sea de nacionalidad española. y de hecho lo realmente relevante no sera ni la nacionalidad de la persona ni el lugar de residencia, sino la nacionalidad del ISP contratado y por tanto de la red de banda ancha utilizada para la conexion a la red bajo la cual se realiza el delito. claro que es poco probable el caso de estar conectado a un ISP español sin estar en españa, pero dado el caso si competeria a la nueva ley española (por ejemplo en la embajada de otro pais, que este situada en españa, y que se conecte a internet mediante contrato e infraestructura de un ISP español, o el caso de alguien de fuera de españa, que este utilizando un servicio de seedbox o de VPN proporcionado por un ISP español)