DEBATE: ¿Estáis de acuerdo en que los delitos prescriban? +ENCUESTA

Encuesta
¿Estáis de acuerdo en que los delitos prescriban?
10%
14
31%
43
59%
82
Hay 139 votos.
Sí, aunque con peros. Hay delitos que nunca deberían prescribir, pro ejemplo, los graves que atentan contra la vida de las personas nunca deberían prescribir.
sigried escribió:
LLioncurt escribió:
sigried escribió:
El asesinato no prescribe, lo he dicho al principio, cualquier delito de sangre que no pueda arreglar una lesion de por vida, obviamente un asesinato es uno de estos casos.

Lo que si se puede pasar, es que se ARCHIVE porque las pruebas SI hayan prescrito, ya que tanto las causas como las pruebas pueden prescribir.


Código penal:

Artículo 131

1. Los delitos prescriben:

A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.

A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.

A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año

Se me ha adelantado @Bauer8056

Un asesinato "normal" prescribe a los 20 años.



La prescripción del delito se computará desde el día en que se haya cometido el acto delictivo. En los casos de delito permanente, delito continuado o infracciones que exijan habitualidad la prescripción se llevará a cabo desde que se eliminó la situación ilícita, desde el día que se realizó la última infracción o desde que cesó la conducta, respectivamente.

Y tambien:
Los delitos de lesa humanidad, genocidio, los delitos contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los del art. 614 CP y los delitos de terrorismo, siempre que causaran la muerte de una persona, no prescribirán en ningún caso.


Lo de negrita,si no hay exactitud de la fecha de ese delito, como en caso de desaparición, el auto no prescribe al no existir fecha exacta del acto delictivo, por lo que se coje la ultima infracción de esa persona.

Por ejemplo , si esa persona ha asesinado a alguien, y el cuerpo se ha encontrado 10 años despues, el delito empieza a contar desde donde el juez ordene en el caso, que puede ser desde que se encuentra el cadaver, o desde que esa persona ha muerto aproximadamente.

Obviamente, en casos de que una persona mate a otra si tiene prescripcion de 20 años, pero es que si uno mata a otro DIRECTAMENTE se ha obtenido al culpable en el plazo de un año, cuando no se obtiene culpable es cuando hay desaparición de pruebas, y solo es posible obtener al culpable por que se obtenga el cuerpo, o porque se le vincule años despues con otro caso, en cuyo caso NO existiría prescripcion al haber delinquido DE NUEVO.

En la practica, cualquier delito que sea de sangre no prescribe porque se obtiene al culpable rapido, o porque no se obtiene al culpable, y si se obtiene a los X años es por un nuevo delito, en cuyo caso deja de ser valida la prescripcion.

Espero mas o menos expresarme bien...es complicado con el movil....


No, un asesinato es un asesinato, un acto puntual. Otra cosa sería un secuestro, que es un acto continuo. Y no tiene sentido lo de "La última infracción de la persona". Es decir, le pego una paliza a alguien, ¿y deja de prescribir porque el mes pasado cogí el coche borracho?
LLioncurt escribió:
sigried escribió:
LLioncurt escribió:
Código penal:

Artículo 131

1. Los delitos prescriben:

A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.

A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.

A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año

Se me ha adelantado @Bauer8056

Un asesinato "normal" prescribe a los 20 años.



La prescripción del delito se computará desde el día en que se haya cometido el acto delictivo. En los casos de delito permanente, delito continuado o infracciones que exijan habitualidad la prescripción se llevará a cabo desde que se eliminó la situación ilícita, desde el día que se realizó la última infracción o desde que cesó la conducta, respectivamente.

Y tambien:
Los delitos de lesa humanidad, genocidio, los delitos contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los del art. 614 CP y los delitos de terrorismo, siempre que causaran la muerte de una persona, no prescribirán en ningún caso.


Lo de negrita,si no hay exactitud de la fecha de ese delito, como en caso de desaparición, el auto no prescribe al no existir fecha exacta del acto delictivo, por lo que se coje la ultima infracción de esa persona.

Por ejemplo , si esa persona ha asesinado a alguien, y el cuerpo se ha encontrado 10 años despues, el delito empieza a contar desde donde el juez ordene en el caso, que puede ser desde que se encuentra el cadaver, o desde que esa persona ha muerto aproximadamente.

Obviamente, en casos de que una persona mate a otra si tiene prescripcion de 20 años, pero es que si uno mata a otro DIRECTAMENTE se ha obtenido al culpable en el plazo de un año, cuando no se obtiene culpable es cuando hay desaparición de pruebas, y solo es posible obtener al culpable por que se obtenga el cuerpo, o porque se le vincule años despues con otro caso, en cuyo caso NO existiría prescripcion al haber delinquido DE NUEVO.

En la practica, cualquier delito que sea de sangre no prescribe porque se obtiene al culpable rapido, o porque no se obtiene al culpable, y si se obtiene a los X años es por un nuevo delito, en cuyo caso deja de ser valida la prescripcion.

Espero mas o menos expresarme bien...es complicado con el movil....


No, un asesinato es un asesinato, un acto puntual. Otra cosa sería un secuestro, que es un acto continuo. Y no tiene sentido lo de "La última infracción de la persona". Es decir, le pego una paliza a alguien, ¿y deja de prescribir porque el mes pasado cogí el coche borracho?


A grosso modo, si, aunque hay sus peros (si es infraccion leve, moderada o grave) pero si, en ese caso una paliza y coger el coche borrado los dos son infracciones graves, y valen los dos lo mismo.

Otra cosa es que te guste que valgan lo mismo, en ese tema escabroso mejor no entrar...
sigried escribió:
LLioncurt escribió:
sigried escribió:

La prescripción del delito se computará desde el día en que se haya cometido el acto delictivo. En los casos de delito permanente, delito continuado o infracciones que exijan habitualidad la prescripción se llevará a cabo desde que se eliminó la situación ilícita, desde el día que se realizó la última infracción o desde que cesó la conducta, respectivamente.

Y tambien:
Los delitos de lesa humanidad, genocidio, los delitos contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los del art. 614 CP y los delitos de terrorismo, siempre que causaran la muerte de una persona, no prescribirán en ningún caso.


Lo de negrita,si no hay exactitud de la fecha de ese delito, como en caso de desaparición, el auto no prescribe al no existir fecha exacta del acto delictivo, por lo que se coje la ultima infracción de esa persona.

Por ejemplo , si esa persona ha asesinado a alguien, y el cuerpo se ha encontrado 10 años despues, el delito empieza a contar desde donde el juez ordene en el caso, que puede ser desde que se encuentra el cadaver, o desde que esa persona ha muerto aproximadamente.

Obviamente, en casos de que una persona mate a otra si tiene prescripcion de 20 años, pero es que si uno mata a otro DIRECTAMENTE se ha obtenido al culpable en el plazo de un año, cuando no se obtiene culpable es cuando hay desaparición de pruebas, y solo es posible obtener al culpable por que se obtenga el cuerpo, o porque se le vincule años despues con otro caso, en cuyo caso NO existiría prescripcion al haber delinquido DE NUEVO.

En la practica, cualquier delito que sea de sangre no prescribe porque se obtiene al culpable rapido, o porque no se obtiene al culpable, y si se obtiene a los X años es por un nuevo delito, en cuyo caso deja de ser valida la prescripcion.

Espero mas o menos expresarme bien...es complicado con el movil....


No, un asesinato es un asesinato, un acto puntual. Otra cosa sería un secuestro, que es un acto continuo. Y no tiene sentido lo de "La última infracción de la persona". Es decir, le pego una paliza a alguien, ¿y deja de prescribir porque el mes pasado cogí el coche borracho?


A grosso modo, si, aunque hay sus peros (si es infraccion leve, moderada o grave) pero si, en ese caso una paliza y coger el coche borrado los dos son infracciones graves, y valen los dos lo mismo.

Otra cosa es que te guste que valgan lo mismo, en ese tema escabroso mejor no entrar...


No, no es así. Distintos delitos no afectan a la prescripción de otros, sean más o menos graves.

¿Ejemplo? Ahí tienes a Cristiano Ronaldo o Messi, solo les han podido acusar PENALMENTE por los delitos fiscales NO PRESCRITOS, a pesar de que el delito se cometía anualmente.
LLioncurt escribió:
sigried escribió:
LLioncurt escribió:
No, un asesinato es un asesinato, un acto puntual. Otra cosa sería un secuestro, que es un acto continuo. Y no tiene sentido lo de "La última infracción de la persona". Es decir, le pego una paliza a alguien, ¿y deja de prescribir porque el mes pasado cogí el coche borracho?


A grosso modo, si, aunque hay sus peros (si es infraccion leve, moderada o grave) pero si, en ese caso una paliza y coger el coche borrado los dos son infracciones graves, y valen los dos lo mismo.

Otra cosa es que te guste que valgan lo mismo, en ese tema escabroso mejor no entrar...


No, no es así. Distintos delitos no afectan a la prescripción de otros, sean más o menos graves.

¿Ejemplo? Ahí tienes a Cristiano Ronaldo o Messi, solo les han podido acusar PENALMENTE por los delitos fiscales NO PRESCRITOS, a pesar de que el delito se cometía anualmente.


Esta situacion solo afecta a delitos de sangre o los anteriormente comentados, no a los que son de indole economica siempre que no afecte a una mayoria de la poblacion, lo que comente antes vaya (mira hace un par de mensajes, que no me acuerdo del parrado entero xD).

Aun asi es bastante dificil como ves, hay muchas partes que no son ni blancas ni negras sino con muchas escalas de grises, yo estoy a favor pero deberia de tener una regulación mayor, o que estuviera mejor detallados los casos
Ponlo como quieras. El Código Penal, que es lo que cuenta, lo dice bien claro. Los delitos prescriben, salvo los de lesa humanidad, crímenes de guerra o terrorismo.

Y en ninguna ley dice que un delito hace que otro deje de prescribir.
La prescripción realmente es un recordatorio para la Administración de Justicia y la Policía, que les reprocha que no descubrieron e investigaron oportunamente esos hechos.

Un ciudadano no puede estar toda la vida teniendo miedo de que le puedan condenar por hechos ya prescritos.

Además, si no hubiera prescripción de delitos, es decir si los delitos no prescribiesen nunca, pronto habría quien defendería que los delitos se heredan y a día de hoy muchas personas podrían ser juzgadas por los presuntos delitos cometidos en el siglo XIX o incluso antes por sus antepasados.

En el caso de las injurias y calumnias, por ejemplo, si no prescribiesen, una persona podría ser juzgada hoy por un insulto que publicó hace cincuenta años y que en todo este tiempo no fue reprochado.

Si no hubiese prescripción, la policía y la Justicia podrían dejar pasar el tiempo sin hacer nada, que total, hay tiempo de sobra para investigar, y llamar como investigada a una persona cuando tenga 90 años sobre algo que hizo con 25.
Aparte de obligarte guardar tu documentación fiscal forever and ever, en vez de solo los últimos 4 años.
Yo juraría que este siglo vi un día en la televisión el caso de un hombre que había matado a la mujer hacía más de 50 años, la había enterrado en su casa y cuando la encontraron ya había prescrito el delito y no le ocurrió nada, de hecho le entrevistaron. Nunca lo encontré en internet pero juraría que un día dieron esa noticia y no era una broma.
No deberian prescribir, y la reinsercion no funciona.
Y un apunte que se pasa por alto y es bastante obvio: solo se juzga aquellos crímenes que han sido descubiertos por la justicia y aunque haya sospechas de que haya habido más no te pueden juzgar. Esto que digo no es ninguna absurdez y de hecho ha pasado en más de una ocasión en EE.UU. en los estados que tienen pena de muerte el que una persona ha confesado tras ser juzgado a la pena máxima el haber matado más personas de las que incluso la policía podría haber sospechado. En otras palabras: alguien puede delinquir reiteradamente en el tiempo que si le pillan un solo delito pero ya está prescrito aquí paz y después gloria.

Pero no hace falta irse a EE.UU., aquí en España tenemos el caso de Ana Julia Quezada que asesinó a su hija tirándola por un balcón y si no fuere porque mató a otro niño años después jamás se hubiera coscado nadie. Ese delito ya ha prescrito y nadie podrá juzgarla por el infanticidio, pero claro, ha tenido tiempo de reinsertarse y ser una ciudadana modelo más :-|.
Los asesinatos ,violaciones y agresiones graves no tendrian que prescribir.
largeroliker escribió:Ahora en serio. ¿Meteríais a ese anciano en la cárcel por un delito que cometió hace casi 50 años?

Si la respuesta es que sí, tenéis una imagen muy errónea de la justicia.


Dile eso a las victimas del holocausto a ver que te comentan
Delitos de sangre, contra la libertad sexual, etc.

Ese tipo de delitos nunca deberían prescribir.
63 respuestas
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