Joer, es que no leo... La primera vez, no te deja pedir el borrador, pero si que te enviaran a casa tus datos fiscales, que son todos los datos que tiene hacienda y las casillas de la declaración en el que tienes que poner ese dato.. Osea que si te bajas el programa PADRE de hacienda no tendras ningun problema...
Es mas, si teneis el certificado de Hacienda, podeis ver los datos fiscales en pantalla, para no tener que esperar....
Si habeis realizado el año pasado la Declaración de la RENTA pues solo teneis que consignar la casilla 55 y recibireis el borrador.. como bien dice rahego ...
Y si aunque sea el primer año, tendreis que declarar en los siguientes casos,....
1º Que supereis la cantidad cobrada bruta anual de 21.035 €
2º Que tengais dos pagadores o mas, es decir que si habeis recibido dinero de dos empresas, o de una empresa y el INEM ...etc...
3º Que tengais rendimiento de diversa indole, ya sean venta de patrimonio, ingresos por arrendamientos, etc...
Si solo trabajasteis en una empresa y teneis una miseria en el banco.. como un servidor.. pues no tendriais que realizarla, ni aunque os de a pagar.. pero es conveniente que la hagais, por que siempre suele a dar un poco a devolver.. ya que hoy en dia las retenciones que os hacen en nomina suelen estar acorde con lo que tendriais que ingresar (a no ser que tengais una hipoteca, un plan de pensiones, etc..),... y asi se compensa....
Bufffffff, y sobre lo de los 5 años, ya no son... ahora solo son 4 años...
je,...asi que ya podeis tirar la Declaración del 1999 y todas las facturas que tengais por ahi de ese año..
Venga saludos,.. si teneis alguna consulta mas, sobre materia Fiscal ya sabeis aqui estoy.. que me dedico a esto.. de momento las consultas son gratuitas, pero si me va bien..... ya os cobrare ya....