Declarar alquiler en renta

Hola Eolianos,
quería hacer una pregunta sobre un tema de la declaración de la renta de este año.
Este año me ha salido la declaracióna pagar ( y bastante) y me han comentado que en la declaración se puede poner las propiedades en las que estes de alquiler.
Yo llevo viviendo de alquiler desde julio del 2015, por lo que tengo entendido que si se puede poner para desgravar.
La pregunta es sobre los requisitos, tengo 27 años y tanto mi pareja como yo podriamos ponernos, aparte residimos en catalunya que por lo que se, hay otro tipo de "subvencion" que te hacen.
el caso es que mi casa, consta como almacen, ya que es una casa que tiene 3 viviendas, la primera consta como negocio, la segunda como vivienda y la tercera que es la mia como almacen , aunque sea una casa en todos los efecto.
Ayer le pregunte al dueño sobre esto de la renta por si sabia algo de otros años con otros inquilinos y no he tenido respuesta de el (cosa rara porque es una persona que siempre me contesta), por lo que aqui ando con la mosca detras de la oreja.
Puede ser que haya algo que el no tiene declarado y por eso no me da respuesta para que lo aplique a mi renta?
Como se incluye la vivienda en la renta?
Cabe decir que tengo mi contrato y todo es legal.
Saludos y a ver si alguien puede informarme un poco.

saludos
Sólo podrás desgravar la parte autonómica del alquiler, puesto que los alquileres efectivos a partir del 1 de enero de 2015 ya no desgravan en la declaración de la renta. Otro requisito para poder desgravar es que la fianza esté depositada en el Instituto catalán del suelo (Incasol).
Cualquier alquiler de vivienda habitual posterior al 1 de enero de 2015, NO se puede desgravar. Por lo tanto no puedes meter el alquiler, por lo menos en la deduccion estatal.

Otra cosa es en las deducciones autonomicas, si tienen alguna del alquiler. En ese caso ya te digo que a parte de tener el contrato y todo eso, te van a pedir que la fianza este depositada en un organismo autonomico, cosa que me parece que no tienes.

Por lo tanto, NO vas a poder desgravar el alquiler.
Yo lo de que la fianza este depositada supongo que depende de la cc.aa no? Entiendo que en Cataluña es así pero no creo que en todos los sitios porque yo nunca he depositado la fianza de los inquilinos en ningún sitio (más que nada porque no quiero dar más vueltas para nada) y siempre se lo han desgravado
ahí me habeis pillado creo,
yo la fianza obviamente la di en la inmobiliaria, por lo que no se muy bien como va el tema.
Me he leido el manual de la renta de este año , solo la parte de las deducciones de la Comunidad autónoma y no he leído nada de eso, si que es verdad que había una serie de requisitos por lo que si lo cumplo, pero no lo que no tengo ni idea de que casillas se han de marcar ni que he de poner exactamente.

Sino me equivoco habia una casilla con el valor del alquiler, lo que no se si es el mensual o el anual, ya que solo llevo desde Julio ( hasta diciembre).
Al final el resultado me ha dado 300 euros que es lo máximo que se puede deducir ( en cataluña), pero no la he guardado, solo era para hacer una simulación.
Yo voy a ir por la parte de tu casero y su no respuesta. Primero si tu casa consta como almacén, a la hora de la referencia catastral saldrá que es un almacén por lo que dudo que tenga cedula de habitabilidad como vivienda y segundo si tu declaras ese pago, tu casero debiera declarar el ingreso por lo que tu te ahorras en tu declaración y el pierde en la suya y seguramente te lo acabe repercutiendo a ti en el precio de alquiler.

Esa es simplemente una opinión personal de porque puede ser que tu casero no haya dado señales de vida.
uff si tienes dudas sobre los tinglados que pueda tener tu casero... huye de ponerlo en la declaracion.

te lo digo, porque yo cuando vivi en lerida, di con un casero caradura y ahora todos los años me llega carta de hacienda, explico:

voy de alquiler, contrato por agencia, todo bien, un año en el piso y llegan a casa cartas de los juzgados con orden de embargo, hablo con el abogado de la agencia y los juzgados y parece ser que el casero estaba pagando la hipoteca a base de alquileres y decidio dejar de pagarla (le daba igual perder la casa) y quedarse con el dinero del alquiler. Desde ahi con la orden de embargo me dijeron en juzgados que a mi no me echarian hasta pasado mucho tiempo, ya que la abogada y la de los juzgados eran amigas y me dijeron que irian un poco mas lentos con todos los papeleos para que yo pudiera quedarme el tiempo necesario (de aquella 4 meses), asi que a vivir de gratis ese tiempo.

a raiz del embargo, el expropietario, sabiendo que yo habia puesto ese como mi domicilio habitual para la declaracion, para tener la deduccion por movilidad y demas mierdas, se fue a hacienda y me puso a mi como segundo cobrador cara a hacienda, vaya, como si el piso fuera tanto de el como mio, y ahora todos los años me llega a casa una carta con una cuantia (que no cuadra con ninguna otra cosa posible) de deuda del pavo ese a hacienda , que me obliga a mi a ir a hacienda a firmar un rechazo como que no existe relaccion comercial alguna con ese tio ni tengo nada que ver con el piso. Que si, que es inofensiva, pero es un incordio de cojones tener que hacer eso hasta que a los de hacienda les de por actualizar su sistema y eliminarme de esos avisos.


asi que tras este tocho, lo que te digo, salvo que tengas las cosas muy claras de que todo esta en regla.... no te la juegues por 4 duros que te van a devolver.
teneis razon , pero expongo.
Desde el catastro la vivienda consta como uso residencial, con 3 viviendas como he dicho antes, un comercio, una vivienda y un almacen.
Mi casa (almacen) no tiene cedula de habitabilidad por lo que yo no estoy empadronado.
No se cuanto me pueden desgravar , creo que unos 300 pero comparado con los 1100 euros que tengo que pagar algo es algo y me da igual como lo tenga el montado.
No puedo asegurar que sea un caso al 100 % como decis, pero simplemente no creo que con el pueda tener algun problema ya que dentro de la coordialidad nos llevamos bien, pero yo tengo que mirar por mis intereses , si el tiene algun chanchullo eso es problema suyo.
Asi que no se puedo hacer o que debo hacer
Y si no estás empadronado como pretendes desgrabarte el alquiler de una casa en la que se supone que no vives y en la que no se puede vivir por no tener cedula de habitabilidad? Cada casero es un mundo pero lo mismo este es majo hasta que le toquen el bolsillo. Sólo te queda sopesar si realmente el ahorro en la declaración compensa con que luego te puedan subir el alquiler o tratar de tocarte las narices.

Sea como sea suerte y que sea para bien.
Deducirte el alquiler de una casa donde no estas empadronado, mal vas. Lo primero mirate donde estas empadronado para saber que meter y como. Te recuerdo en la parte estatal no puedes meter nada, solo en las deducciones autonomicas y para ello tienes que verificar que la fianza esta depositada en el organismo autonomico correspondiente, si no es asi, cosa bastante normal ya que lo que tienes ahi es un chanchullo del 15, lo unico que vas a conseguir es que si te tienen que devolver algo no lo hagan hasta el año que viene, con su correspondiente carta solicitandote toda la documentacion de tu alquiler, contrato, documento acreditativo que la fianza esta donde debe, etc...

Para que te hagas una idea, yo siempre he puesto el estatal que no hay muchos problemas, y el año pasado el asesor de mi mujer intento meter tambien la autonomica y se la retuvieron hasta aportar los papeles de que la fianza estaba bien depositada, como eso no lo tenemos tuvo que hacer una complemetaria para que le pagasen el resto.

Un saludo.
j88 escribió:teneis razon , pero expongo.
Desde el catastro la vivienda consta como uso residencial, con 3 viviendas como he dicho antes, un comercio, una vivienda y un almacen.
Mi casa (almacen) no tiene cedula de habitabilidad por lo que yo no estoy empadronado.
No se cuanto me pueden desgravar , creo que unos 300 pero comparado con los 1100 euros que tengo que pagar algo es algo y me da igual como lo tenga el montado.
No puedo asegurar que sea un caso al 100 % como decis, pero simplemente no creo que con el pueda tener algun problema ya que dentro de la coordialidad nos llevamos bien, pero yo tengo que mirar por mis intereses , si el tiene algun chanchullo eso es problema suyo.
Asi que no se puedo hacer o que debo hacer


Compi si no estás empadronado y no tiene cedula de habitabilidad como te quieres desgravar nada?
Y aunque estuvieras , me parece que ya no desgraba nada.
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