@simimc Como te dicen, en principio si eres residente fiscal en España tributas por la renta mundial, a excepción de rendimientos de inmuebles hasta donde yo sé que se pagan siempre donde esté situado el inmueble porque es lo que suelen acordar en los convenios de doble imposición.
Yo estuve expatriado en muchos países y los rendimientos de los inmuebles siempre los pagué en España que es donde están los inmuebles, además pagaba el IRNR en vez de IRPF, lo cual era una putada porque pagaba el 24% lineal y como la mayoría de los países no eran de la UE tenía que tributar por el rendimiento bruto, sin poder restarme ni un gasto. Yo me informaría bien.