Tal y como reza el titulo, un familiar ha estado trabajando durante 6 meses dado de alta, terminando este último 30 de enero y yendo a reclamar el paro el dia 1 de Febrero. El caso es que se lo han denegado por no estar inscrito como demandante de empleo, y ahora no sabe que hacer. ¿Se puede registrar y luego volver a reclamar el paro? o en caso de que no, que deberiamos de hacer.
Es que es un requisito. Mires donde mires lo pone. Supongo que podrá registrarse como demandante y luego pedirlo de nuevo, pero no sé si habrá un plazo.
Kirus escribió:Es que es un requisito. Mires donde mires lo pone. Supongo que podrá registrarse como demandante y luego pedirlo de nuevo, pero no sé si habrá un plazo.
Es que yo creo que es así. Primero te inscribes como demandante. Y luego pides el paro.
Y el plazo son 15 días desde el final del último contrato.
julepe
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Kirus escribió:Es que es un requisito. Mires donde mires lo pone. Supongo que podrá registrarse como demandante y luego pedirlo de nuevo, pero no sé si habrá un plazo.
Es que yo creo que es así. Primero te inscribes como demandante. Y luego pides el paro.
Y el plazo son 15 días desde el final del último contrato.
y ya... es obligatorio ser demandante si no nada.... ahh y tener un año cotizado si no tampoco nada....
Kirus escribió:Es que es un requisito. Mires donde mires lo pone. Supongo que podrá registrarse como demandante y luego pedirlo de nuevo, pero no sé si habrá un plazo.
Es que yo creo que es así. Primero te inscribes como demandante. Y luego pides el paro.
Y el plazo son 15 días desde el final del último contrato.
y ya... es obligatorio ser demandante si no nada.... ahh y tener un año cotizado si no tampoco nada....
salu2.
Si tienes al menos 6 meses cotizados puedes pedir el subsidio por desempleo (426€/mes durante 4 meses)
Tienes un plazo de 15 días hábiles desde que termina el contrato, te das de alta como demandante de empleo y pides la ayuda que te corresponda. Si ya han pasado los 15 días (recuerdo que son días hábiles, no naturales), no puedes hacer nada
@julepe Eso pensaba yo no? Lo del año cotizado sino nada, pero como dice @elros_03 puedes pillar la ayuda esa, yo la pille alla por el 2012 con nuestro querido y amado ZP q ni me acordaba
julepe
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hugoboss69x escribió:@julepe Eso pensaba yo no? Lo del año cotizado sino nada, pero como dice @elros_03 puedes pillar la ayuda esa, yo la pille alla por el 2012 con nuestro querido y amado ZP q ni me acordaba
si, pero es una ayuda por necesidad, no el paro que te pudiera corresponder por haber cotizado...... ademas, como tengas algun ingreso de otro tipo por otro lado seguro te deniegan ese subsidio....
Lo mejor es que tenga suerte y encuentre otro curro pronto... salu2.
hugoboss69x escribió:@julepe Eso pensaba yo no? Lo del año cotizado sino nada, pero como dice @elros_03 puedes pillar la ayuda esa, yo la pille alla por el 2012 con nuestro querido y amado ZP q ni me acordaba
si, pero es una ayuda por necesidad, no el paro que te pudiera corresponder por haber cotizado...... ademas, como tengas algun ingreso de otro tipo por otro lado seguro te deniegan ese subsidio....
Lo mejor es que tenga suerte y encuentre otro curro pronto... salu2.
Esa ayuda es por no llegar al año cotizado, si tienes al menos 6 meses (si tienes cargas familiares los plazos cambian). Te dan 6 meses de ayuda, en cuantía proporcional a la jornada que aparezca en el último contrato, y si durante ese tiempo surge otro trabajo, la ayuda se pierde (no es como el paro que lo puedes ir pausando y reanudando). Es una ayuda que t corresponde igual que el paro, pero si la coges el tiempo vuelve a 0 (es decir, pierdes lo acumulado para un paro posterior, por lo que hay que valorar bien si compensa). Y si tienes más ingresos ocurre igual que con el paro
Duqe
MegaAdicto!!!
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SaulRC1 escribió: El caso es que se lo han denegado por no estar inscrito como demandante de empleo, y ahora no sabe que hacer. ¿Se puede registrar y luego volver a reclamar el paro? o en caso de que no, que deberiamos de hacer.
Claro; es que ése es el procedimiento que hay que seguir; es decir, primero anotarse como demandante y luego solicitar la prestación. Lo que no entiendo es cómo es posible que no se lo dijeran en la Oficina de Empleo.
@Neo Cortex Pues ni idea, ya te digo. El tambien se quedo flipado de que no le hubieran comentado nada en la oficina, incluso a pesar de que tenian todos sus datos delante.
Bueno muchas gracias por contestar a todos. Mañana mismo va a la oficina de empleo y solucionara el problema, asi que podemos dar por cerrado el hilo. Un saludo
Me pasó igual. Me di de alta en internet como demandante de empleo y me cogí cita para ir a echar la solicitud el mismo día. A mi tampoco me dijeron nada, y si nunca se ha hecho... Es normal. No se deben dar las cosas por hecho.
Kurace escribió:Primero tienes que presentar el fin de contrato, que te den de alta como demandante de empleo y a posteriori, pedir el paro.
Pero ojo, tienen que pasar creo que eran entre 15 a 20 días hábiles. Aún estás en plazo, pero date prisa.
Saludos.
Al contrario, NO tienen que pasar 15 días. Si no pierdes el derecho a cobrar el paro.
Efectivamente. No tienen que pasar 15 días, pero era contando las fechas que aún tenía tiempo. Esta semana acaba sí son 15 días (en su día me sonaba que eran 20).