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zorex93 escribió:El problema es, que en el contrato pone que nos podemos ir sin problema después de los 6 meses si avisamos con 30 días de antelación, pero por otra parte pone que debemos pagar una indemnización al propietario, que sería pagar un mes por cada año que falta del contrato. Es decir, pagar 4 mensualidades de golpe (y algo más por lo que falta de este año)
zorex93 escribió:Añadir que en su momento cuando leímos las clausulas con el dueño, dijo que si avisabamos con tiempo que no nos preocupáramos de esa clausula. Y no le dimos importancia porque tampoco pensábamos en irnos con tanta antelación, pero la situación ha cambiado...
Veltex escribió:En este caso, hablad con él y proponedle firmar un documento por el que renuncie formalmente a exigiros la indemnización prevista en el contrato en caso de desistimiento por vuestra parte. Alternativamente, si de verdad la duración del contrato es de 5 años, vuestra propuesta puede ir en el sentido de indemnizarle con la parte proporcional hasta llegar al año de vigencia del contrato (200 euros). Todo es hablarlo; y si enfrente tenéis a una persona razonable, no debería ser una negociación demasiado compleja.
Quintiliano escribió:Yo cumpliría el contrato y si después sigue disponible ese piso, bien, y si no, pues nada.
Ten en cuenta que a veces las confianzas... lo que se suele decir. Lo mismo renuncias a este piso comiéndote una indemnización y luego te encuentras con un problema porque le alquilan el otro piso a otras personas u ocurre algo diferente.
Lo más sólido que tienes ahora, es tu actual piso.
Ten en cuenta lo que dice el refrán: "En tiempos de crisis, no hagas mudanza".
Veltex escribió:zorex93 escribió:El problema es, que en el contrato pone que nos podemos ir sin problema después de los 6 meses si avisamos con 30 días de antelación, pero por otra parte pone que debemos pagar una indemnización al propietario, que sería pagar un mes por cada año que falta del contrato. Es decir, pagar 4 mensualidades de golpe (y algo más por lo que falta de este año)
Mmm... ¿estáis seguros de la duración de vuestro contrato? No es lo mismo firmar 1 año prorrogable anualmente hasta 5, que firmar 5 años de golpe. Si el contrato que habéis firmado es de 1 año, prorrogable anualmente hasta 5, si os vais ahora os quedarían 3 meses por cumplir, de modo que la indemnización que os tocaría pagar (detrayéndola de la fianza que depositasteis en su día) sería de 3/12 de mensualidad, es decir, 200 euros.zorex93 escribió:Añadir que en su momento cuando leímos las clausulas con el dueño, dijo que si avisabamos con tiempo que no nos preocupáramos de esa clausula. Y no le dimos importancia porque tampoco pensábamos en irnos con tanta antelación, pero la situación ha cambiado...
En este caso, hablad con él y proponedle firmar un documento por el que renuncie formalmente a exigiros la indemnización prevista en el contrato en caso de desistimiento por vuestra parte. Alternativamente, si de verdad la duración del contrato es de 5 años, vuestra propuesta puede ir en el sentido de indemnizarle con la parte proporcional hasta llegar al año de vigencia del contrato (200 euros). Todo es hablarlo; y si enfrente tenéis a una persona razonable, no debería ser una negociación demasiado compleja.
cipoteloth escribió:Pero y esa cláusula en el contrato es legal?. Oye que básicamente estás diciendo que tienes que pagar por irte en los próximos 5 años, eso es mucho decir. Habría que revisarlo también. Pero lo que han dicho arriba, si se puede arreglar yendo de buena manera, mejor.
LLioncurt escribió:cipoteloth escribió:Pero y esa cláusula en el contrato es legal?. Oye que básicamente estás diciendo que tienes que pagar por irte en los próximos 5 años, eso es mucho decir. Habría que revisarlo también. Pero lo que han dicho arriba, si se puede arreglar yendo de buena manera, mejor.
Sí, es legal. Y en cierto modo, es lógica. Ya que el dueño legalmente no te puede echar en 5 años desde que firmas el contrato, qué menos que poder "atarte" en las mismas condiciones y no puedas dejar el piso en esos 5 años.
En cualquier caso, si lo dejas a los dos años, solo tendrías que pagar 3 mensualidades, que en realidad no es tanto.
Galigari escribió:@zorex93 A ver y sinllegas al casero y le sueltas de buenas maneras:
“Miraque a raiz del covid19 yo he perdido mi trabajo y mi psreja bajada de horas, antes de tener un problema y dejarte un pufo nos vamos con la intencion de crearte el mal menor” ....
“O quieres que me quede en TU casa sin poder pagarte y creando una deuda que a saber si es solventable en un futuro proximo”
Ya te digo yo como arrendatarioque fui que tarda minutos en decirte “adios majo adios”....
Quintiliano escribió:Quizá esté razonando de modo demasiado conservador, pero yo no me movería del piso actual.
La razón, y me pongo en tu pellejo, es que es muy fácil ofrecer cosas a buen precio, pero luego cuando el otro arrendador sepa que ya te has ido de tu piso, y te tenga cogido por "tus" partes, puede subir el precio unilateralmente dando cualquier excusa peregrina y te tendrías que fastidiar.
A mí me pasó alguna vez con algún vendedor poco serio. Llegar a un acuerdo y cuando ya estaba el precio fijado y todo, me sube el precio a última hora. O esa situación en la que de repente -qué casualidad- aparece otra supuesta persona interesada que "le paga más" y el vendedor te presiona a ti para subir el precio.
Ojo con las "confianzas" y si vas realmente a mudarte al segundo piso, ponedlo por escrito, en un contrato, para que la otra parte no os suba el precio a última hora.
ghod escribió:Veltex escribió:zorex93 escribió:El problema es, que en el contrato pone que nos podemos ir sin problema después de los 6 meses si avisamos con 30 días de antelación, pero por otra parte pone que debemos pagar una indemnización al propietario, que sería pagar un mes por cada año que falta del contrato. Es decir, pagar 4 mensualidades de golpe (y algo más por lo que falta de este año)
Mmm... ¿estáis seguros de la duración de vuestro contrato? No es lo mismo firmar 1 año prorrogable anualmente hasta 5, que firmar 5 años de golpe. Si el contrato que habéis firmado es de 1 año, prorrogable anualmente hasta 5, si os vais ahora os quedarían 3 meses por cumplir, de modo que la indemnización que os tocaría pagar (detrayéndola de la fianza que depositasteis en su día) sería de 3/12 de mensualidad, es decir, 200 euros.
Venía estrictamente a decir esto. Es la clave. Si es contrato de 1 año prorrogable, no son 4 mensualidades, sino 1/4 de mensualidad... gran diferencia.
srkarakol escribió:(...) La cláusula que habéis firmado está amparada por el artículo 11 de la ley de arrendamientos. (...)
Quintiliano escribió:srkarakol escribió:(...) La cláusula que habéis firmado está amparada por el artículo 11 de la ley de arrendamientos. (...)
Ojo con eso: algunos arrendadores meten una cláusula en la que superan ampliamente lo que dice la ley, "a ver si cuela". Y no es legal.
Lo que dice la ley es que se puede pactar una indemnización. No os obligatorio pactarla. Pero esa indemnización tiene un límite que la ley fija, que no se puede superar, y algunos arrendadores ponen la que les da la gana en el contrato, y eso no está amparado por la ley.
(...) Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... -26003#a11
tampoco se puede ser tan confiado y te lo digo de buenas no esta demas que vayas con algo bajo la manga buscado por si las moscas.. Anda aue no escuche eso veces..zorex93 escribió:Galigari escribió:@zorex93 A ver y sinllegas al casero y le sueltas de buenas maneras:
“Miraque a raiz del covid19 yo he perdido mi trabajo y mi psreja bajada de horas, antes de tener un problema y dejarte un pufo nos vamos con la intencion de crearte el mal menor” ....
“O quieres que me quede en TU casa sin poder pagarte y creando una deuda que a saber si es solventable en un futuro proximo”
Ya te digo yo como arrendatarioque fui que tarda minutos en decirte “adios majo adios”....
Vamos a darle la explicación real, que es que ahora obtenemos menos ingresos por problemas X (que ya he descrito entre otros) y tenemos la necesidad de irnos a un alquiler algo mas barato.Quintiliano escribió:Quizá esté razonando de modo demasiado conservador, pero yo no me movería del piso actual.
La razón, y me pongo en tu pellejo, es que es muy fácil ofrecer cosas a buen precio, pero luego cuando el otro arrendador sepa que ya te has ido de tu piso, y te tenga cogido por "tus" partes, puede subir el precio unilateralmente dando cualquier excusa peregrina y te tendrías que fastidiar.
A mí me pasó alguna vez con algún vendedor poco serio. Llegar a un acuerdo y cuando ya estaba el precio fijado y todo, me sube el precio a última hora. O esa situación en la que de repente -qué casualidad- aparece otra supuesta persona interesada que "le paga más" y el vendedor te presiona a ti para subir el precio.
Ojo con las "confianzas" y si vas realmente a mudarte al segundo piso, ponedlo por escrito, en un contrato, para que la otra parte no os suba el precio a última hora.
No va a haber problema con el otro piso al que me iría. Es un conocido, no nos la va a jugar.. aún así nos aseguraremos.
Raincloud escribió:Yo siento ser la nota discordante pero el OP debe acarrear con todas las consecuencias de lo que firmó. Si fuera al revés estaríamos poniendo al casero de HP para arriba, ahora, el OP se quiere ir antes incumpliendo el contrato (veo que encima es un contrato muy nuevo) y os veo dando ideas de que mienta, de que diga que lo va a tener chungo para pagar...........imaginad que fueran vuestros padres, tienen unos inquilinos que le dicen que pagar chungo, la de noches sin dormir y agobios que le darian hasta ver que deciden..........yo la verdad que no entiendo como podéis ser tan poco empaticos con la gente que os rodea, bueno si, por egoísmo puro y saliros con la vuestra al menor coste aunque joda al de al lado.
Si se firma algo se apechuga, yo no firmo algo que no tengo claro o no me gusta, lo que no puedo es como ahora me interesa, joder al casero dándole un disgusto o dejándole tirado y encima regateandole el propio contrato que he firmado........