Devolución Producto en los próximos 7 días PCComponentes.

Saludos, he comprado un Asus EEE Transformer en esta tienda, pero no puedo hacer uso del derecho del desistimiento debido que la compra fue realizada en la tienda física (es decir, yo fui a la tienda en vez de comprarlo por internet). Entonces no puedo usar el derecho de desistimiento, así que me gustaría saber si puedo realizar la devolución del mismo sin ningún problema, ya que el producto no me convence porque no sólamente no cumple mis expectativas, sino que se queda pillado en los menús, tarda mucho para responder cuando escribo en el navegador, etc. En principio no quiero el dinero, quiero cambiarlo por un iPad, pero me gustaría saber si pueden negarse o pueden decirme que no que es lo que debo decir (tiene un arañazo, el hardware no proporciona lo especificado por el fabricante, etc.) ya que ayer mismo lo compré y ya lo quiero devolver. Lo conservo tal cual me vino, con todos los plásticos, cables, cajas, etc.

Muchas gracias de antemano y un cordial saludo a todos :)
en principio en casi todos los lados tienes 15 días para probarlo y devolverlo... no deberían ponerte pegas, sobre todo cuando quieres cambiarlo por otra cosa en la tienda no quieres que te devuelvan la pasta
¿Y por qué piensas que los 7 días son solo para compras realizadas vía online? No creo que haya diferencia ni que te pongan ninguna pega; simplemente diles que no estás satisfecho con el producto y que quieres cambiarlo por un iPad. Si lo tienes todo en perfectas condiciones no creo que te lo rechacen.
Hola,

Echa un ojo al ticket o factura, mira lo que pone, también detrás. ¿Habla de un plazo para devoluciones y tal?

Si vas a cambiar el producto por otro de precio superior no creo que te pongan pegas.

Si lo vas a devolver porque no te satisface, tampoco creo que te pongan pegas a menos que sea una devolución abusiva, como por ejemplo devolver una impresora con los cartuchos ya estrenados, o devolver un teclado sucio, ese tipo de cosas.

Si vas a devolver/cambiar algo, hazlo cuanto antes.

En cuanto al plazo de 7 días, es un plazo de 7 días hábiles, es decir son más de 7 días seguidos, a contar desde que se hizo la compra. Esto está regulado en la vigente Ley de Consumidores y Usuarios (R.D. Legislativo 1/2007) artículos 68 y siguientes. Se llama "Derecho de desistimiento".

Link a esos artículos

Mira lo que pone la factura, o el ticket. Ahí tiene que nombrar un plazo para devoluciones. Si no pusiera nada, mi opinión es que se aplica lo que dice la Ley en esos artículos aunque fuera en una tienda física. Pero no creo que llegues a necesitar mencionar la ley, si vas a cambiar el producto por otro más caro.

EDITO: aquí tienes un artículo que explica muy bien en qué casos hay y en cuáles no, derecho de desistimiento----->Consumoteca.com -> Derecho de desistimiento.

Salu2
Ya sea en tienda física o en tienda online, tienes el derecho de devolverlo. Como te indican los compis, echale un ojo al ticket donde suelen especificar los días que tienes para ello. Eso si, siempre indica que es porque "no te gusta", es "complicado" o algo así. Nunca digas que es por mal funcionamiento porque si no, pasa a servicio técnico y no te lo devolveran
liopox escribió:Ya sea en tienda física o en tienda online, tienes el derecho de devolverlo.



No, en tienda física no existe ese derecho. Si lo quieres, tienes que irte a unos grandes almacenes como el corte inglés y otros en los que lo ofrecen como "valor añadido".
Pero el derecho de desistimiento es sólo para compras en las que ha comprado o contratado algo que no ha podido ver o probar directamente
Si quieres cambiarlo no te van a poner problemas,vivo a 5 minutos y lo he hecho varias veces,si quieres el dinero.....no lo creo
CyBeR PeReZ escribió:
liopox escribió:Ya sea en tienda física o en tienda online, tienes el derecho de devolverlo.



No, en tienda física no existe ese derecho. Si lo quieres, tienes que irte a unos grandes almacenes como el corte inglés y otros en los que lo ofrecen como "valor añadido".
Pero el derecho de desistimiento es sólo para compras en las que ha comprado o contratado algo que no ha podido ver o probar directamente


Yo entiendo que sí existe ese derecho. Salvo en casos muy concretos como por ejemplo, y hablando de informática, un ordenador hecho a medida. Como es un producto personalizado, es una excepción.

Salu2
Quintiliano escribió:
CyBeR PeReZ escribió:
liopox escribió:Ya sea en tienda física o en tienda online, tienes el derecho de devolverlo.



No, en tienda física no existe ese derecho. Si lo quieres, tienes que irte a unos grandes almacenes como el corte inglés y otros en los que lo ofrecen como "valor añadido".
Pero el derecho de desistimiento es sólo para compras en las que ha comprado o contratado algo que no ha podido ver o probar directamente


Yo entiendo que sí existe ese derecho. Salvo en casos muy concretos como por ejemplo, y hablando de informática, un ordenador hecho a medida. Como es un producto personalizado, es una excepción.

Salu2


Ese derecho solo existe en tiendas online. En tiendas fisicas, a no ser que indiquen ellos lo contrario, no tienes derecho a devolverlo.
Bueno, pues al final no me pusieron pegas, incluso me ofrecieron Devolverne el dinero.

+10 para esta tienda :)
fire[PrEDaToR escribió:Bueno, pues al final no me pusieron pegas, incluso me ofrecieron Devolverne el dinero.

+10 para esta tienda :)


Pues si son fantasticos......eso si en la tienda si no tienes suerte te puedes tirar una ora
melkhior escribió:
Quintiliano escribió:Yo entiendo que sí existe ese derecho. Salvo en casos muy concretos como por ejemplo, y hablando de informática, un ordenador hecho a medida. Como es un producto personalizado, es una excepción.

Salu2


Ese derecho solo existe en tiendas online. En tiendas fisicas, a no ser que indiquen ellos lo contrario, no tienes derecho a devolverlo.


Yo entiendo que sí y me baso en esto:

La vigente Ley de Consumidores y Usuarios recoge expresamente el derecho de desistimiento, DOS VECES. Una en los artículos 68 y siguientes, que están ubicados en el Libro II "Contratos y Garantías" Título I, "Contratos con los consumidores y usuarios". Aquí el derecho de desistimiento se refiere a la contratación en general, de consumidores y usuarios.

La otra ocasión en que se recoge el derecho de desistimiento, dentro de la misma Ley, es en el Título III del mismo Libro, "Contratos celebrados a distancia" capítulo III "Derecho de desistimiento".

En consecuencia, dada la sistemática de la ley, mi opinión es que existe un derecho de desistimiento en general para todo tipo de contratos hechos por los consumidores y usuarios, y otro específicamente reconocido (y con limitaciones específicas) para los contratos realizados a distancia.

No tendría sentido recoger el mismo derecho en dos títulos distintos de la misma ley si sólo se reconociera para un tipo de contrato.

Salu2
Quintiliano escribió:Yo entiendo que sí y me baso en esto:

La vigente Ley de Consumidores y Usuarios recoge expresamente el derecho de desistimiento, DOS VECES. Una en los artículos 68 y siguientes, que están ubicados en el Libro II "Contratos y Garantías" Título I, "Contratos con los consumidores y usuarios". Aquí el derecho de desistimiento se refiere a la contratación en general, de consumidores y usuarios.

La otra ocasión en que se recoge el derecho de desistimiento, dentro de la misma Ley, es en el Título III del mismo Libro, "Contratos celebrados a distancia" capítulo III "Derecho de desistimiento".

En consecuencia, dada la sistemática de la ley, mi opinión es que existe un derecho de desistimiento en general para todo tipo de contratos hechos por los consumidores y usuarios, y otro específicamente reconocido (y con limitaciones específicas) para los contratos realizados a distancia.

No tendría sentido recoger el mismo derecho en dos títulos distintos de la misma ley si sólo se reconociera para un tipo de contrato.

Salu2


Busca el artículo en el que se indique que las tiendas estén obligadas a ofrecer el derecho de desistimiento en ventas en persona. Una tienda puede ofrecer ese derecho, pero no está obligada a ello.
melkhior escribió:
Busca el artículo en el que se indique que las tiendas estén obligadas a ofrecer el derecho de desistimiento en ventas en persona. Una tienda puede ofrecer ese derecho, pero no está obligada a ello.


Hola, te remito a la ley de Consumidores vigente:

Link

Fíjate que hay un derecho de desistimiento general, reconocido en los artículos 68 y siguientes:

Art 68 y ss.

Y aparece otra vez, más adelante, en relación especialmente con los contratos a distancia:

Arts 101 y 102

Esta es una ley general estatal, lo que significa que lo que dice la ley es aplicable en general salvo que otra ley relativa a un producto determinado, o el contrato que firmes, indique lo contrario.

Art 68-2: "El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato".

El art. 79 dice: "A falta de previsiones específicas en la oferta, promoción, publicidad o en el propio contrato el derecho de desistimiento reconocido contractualmente, éste se ajustará a lo previsto en este título. (...)"

Así que mi opinión es que sí hay un derecho de desistimiento general para cualquier contrato que haga un consumidor, aunque sea en una tienda física. Esto en general. Habría que ver si en el caso de un servicio o producto determinado hay una norma específica reguladora que diga que no.

Sólo es mi opinión, no soy experto en esta materia.

Salu2
Quintiliano escribió:
melkhior escribió:
Busca el artículo en el que se indique que las tiendas estén obligadas a ofrecer el derecho de desistimiento en ventas en persona. Una tienda puede ofrecer ese derecho, pero no está obligada a ello.


Hola, te remito a la ley de Consumidores vigente:

Link

Fíjate que hay un derecho de desistimiento general, reconocido en los artículos 68 y siguientes:

Art 68 y ss.

Y aparece otra vez, más adelante, en relación especialmente con los contratos a distancia:

Arts 101 y 102

Esta es una ley general estatal, lo que significa que lo que dice la ley es aplicable en general salvo que otra ley relativa a un producto determinado, o el contrato que firmes, indique lo contrario.

Art 68-2: "El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato".

El art. 79 dice: "A falta de previsiones específicas en la oferta, promoción, publicidad o en el propio contrato el derecho de desistimiento reconocido contractualmente, éste se ajustará a lo previsto en este título. (...)"

Así que mi opinión es que sí hay un derecho de desistimiento general para cualquier contrato que haga un consumidor, aunque sea en una tienda física. Esto en general. Habría que ver si en el caso de un servicio o producto determinado hay una norma específica reguladora que diga que no.

Sólo es mi opinión, no soy experto en esta materia.

Salu2


A mi entender, el art. 68 es un precepto general que únicamente se ocupa de:
1 - Explicar lo que hay que entender por derecho de desistimiento.
2 - Permitir que otras leyes más específicas o reglamentos impongan el derecho de desistimiento en los casos que consideren oportuno. De ahí que el apartado 2 de tal artículo use la expresión: " en los supuestos previstos legal o reglamentariamente ". O dicho de otra manera: es otra ley o un reglamento los que tienen que prever cuales son los supuestos en que haya derecho al desistimiento. Fuera de esto, el art. 68 no supone aplicación con caracter general de este derecho.

Luego el art. 101 se encarga de concretar un ámbito donde es obligatorio el derecho de desistimiento. De ahí que de modo taxativo disponga: "El consumidor y usuario que contrate a distancia tendrá derecho a desistir del contrato".
Como no se ha dictado, que yo sepa, ninguna otra ley ni reglamento que extienda el derecho de desistimiento a otros ámbitos, el único supuesto en que se aplica por lo tanto es en la compraventa a distancia.
Streamer escribió:(...)

Luego el art. 101 se encarga de concretar un ámbito donde es obligatorio el derecho de desistimiento. De ahí que de modo taxativo disponga: "El consumidor y usuario que contrate a distancia tendrá derecho a desistir del contrato".
Como no se ha dictado, que yo sepa, ninguna otra ley ni reglamento que extienda el derecho de desistimiento a otros ámbitos, el único supuesto en que se aplica por lo tanto es en la compraventa a distancia.


No estoy de acuerdo.

El derecho de desistimiento está reconocido por una ley de ámbito estatal, por esta ley, para todos los ámbitos de contratación con un consumidor, es decir con alguien que compra para ser el usuario final de algo (servicio o cosa) como consumidor.

Es una disposición de tipo general, por lo que es aplicable lo mismo que el Código civil: en defecto de norma específica que diga lo contrario.

Esto significa que si compras un producto, por ejemplo un televisor, y no dice nada el ticket, la factura, ni el vendedor, ni la propaganda, pues se aplica lo que dice la ley.

Si el legislador hubiera querido precisar que sólo existe respecto de los contratos a distancia lo hubiera colocado todo en el apartado de contratos a distancia y hubiera especificado además que sólo existe ese derecho para ese caso.

OJO: que se dé al consumidor ese derecho no significa que le salga "completamente gratis" ya que le supone molestias, y devolver el producto perfectamente y si el comerciante tiene un procedimiento para devoluciones tendrás que seguirlo; pero el derecho existe.

Otro ejemplo: en el caso de un ordenador hecho por piezas bajo pedido, entiendo que no existe derecho de desistimiento porque es una excepción al ser un producto personalizado.

En mi opinión si una tienda no menciona para nada este derecho, se aplica la ley. Y no sólo esta ley sino también la Ley del mercado minorista vigente. Echa un ojo a este apartado:

Link

Lee el artículo 10. Ahí no dice que sólo se aplique a ventas a distancia.

Salu2
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