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KailKatarn escribió:me gustaria saber si cambia algo juridicamente de uno a otro.
Katsia escribió:el hecho de hacerlo ya implica un cambio aunque sólo sea en términos jurídicos.
Yo también tengo entendido lo mismo, aunque había por ahí una pequeña diferencia: en un matrimonio se asume que el hijo es del marido a menos que se demuestre lo contrario. En una pareja de hecho es el padre quien reconoce activamente al niño al inscribirlo en el registro. O por lo menos antes era así. Lo que ya no sé es cómo se queda el libro de familia.Sensenick escribió:Hasta donde yo se, con los hijos no cambia nada (custodias, pensiones, etc...)...
Una pregunta, entonces, cuando uno se casa con esa separación de bienes, ¿hay que hacer capitulaciones y rollos parecidos antes de casarse? Lo pregunto porque cuando uno está casado en gananciales y quiere hacer separación de bienes no es algo que se haga en un día, hay que pasar por el notario, hacer una relación de propiedades...Sensenick escribió:Y un apunte, de la "separación de bienes" por defecto también se da en el Pais Valenciano desde el 2006 (herencia del derecho civil valenciano)
KailKatarn escribió:Hmmmm ya voy sacando cosas en claro gracias a Alien8 por su aportación larga y por ser en el mismo caso que yo, Madrid. La verdad es que por lo que me estais poniendo en conocimiento casi va a ser mejor que nos casemos por lo civil y aseguremos todo que andar detrás de las cosas con letra pequeña.
En nuestro caso no era por querernos menos o más sino simplemente por el hecho de que no nos gusta lo que la gente denomina como matrimonio en el hecho eclesiástico y claro ... casado por politicos tampoco nos motiva demasiado.
Un saludo y gracias.
KailKatarn escribió:Hmmmm ya voy sacando cosas en claro gracias a Alien8 por su aportación larga y por ser en el mismo caso que yo, Madrid. La verdad es que por lo que me estais poniendo en conocimiento casi va a ser mejor que nos casemos por lo civil y aseguremos todo que andar detrás de las cosas con letra pequeña.
En nuestro caso no era por querernos menos o más sino simplemente por el hecho de que no nos gusta lo que la gente denomina como matrimonio en el hecho eclesiástico y claro ... casado por politicos tampoco nos motiva demasiado.
Un saludo y gracias.
PussyLover escribió:Aparte, creo que otras de las ventajas en el caso de estar casado y no como pareja de echo es en el caso de enfermedad de la otra pareja, en la que puedes pedir días de fiesta para cuidar a tu pareja sin perder esos días en tu nómina.
Paul_Gilbert escribió:Joder nadie ha dicho lo mas importante...
Si te casas te dan 15 dias de vacaciones !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Paul_Gilbert escribió:Joder nadie ha dicho lo mas importante...
Si te casas te dan 15 dias de vacaciones !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
LadyStarlight escribió:Una pregunta, entonces, cuando uno se casa con esa separación de bienes, ¿hay que hacer capitulaciones y rollos parecidos antes de casarse? Lo pregunto porque cuando uno está casado en gananciales y quiere hacer separación de bienes no es algo que se haga en un día, hay que pasar por el notario, hacer una relación de propiedades...
Eso no es así, se podía optar por la separación de bienes en cualquier lugar, la diferencia de Cataluña es que si no dices nada te casas por separación de bienes y en el resto de España, si no dices nada se asume que te has casado por gananciales. Lo que cambia en Cataluña es la opción por defecto, no las posibilidades.ssux escribió:No soy ningún experto, pero no se hace nada de eso, al menos en Cataluña que la separación de bienes no hace mucho era prácticamente el único lugar donde se podía hacer.
Eso tampoco es así. Hace unas semanas estuve leyendo y el régimen de separación de bienes no evita que no haya que pagar compensaciones según entendí. Eso dependerá de las circunstancias del divorcio.ssux escribió:Simplemente las cosas que están a nombre de uno se los queda ese sin tener que dar una 'indemnización' a la pareja. Si están al nombre de los 2 pues al 50%. Evidentemente esto solo regula cosas tipo casas, coches, vamos lo que importa de verdad.
En otras palabras, lo mio es mio y lo tuyo es tuyo, si nos divorciamos nadie tiene que pagar las típicas compensaciones que salen por la tele de millonarios de usa.
KailKatarn escribió:Yo tengo una pregunta. LadyStarlight, has comentado lo de tus amigos que no se quieren casar por lo del piso de protección oficial (VPO) pero ... que sucederia si en vez de casarse tus amigos y perder ese derecho ... se registraran como pareja de hecho? también perderia las opcciones de poder optar a la VPO? un saludo y gracias.
LadyStarlight escribió:Eso no es así, se podía optar por la separación de bienes en cualquier lugar, la diferencia de Cataluña es que si no dices nada te casas por separación de bienes y en el resto de España, si no dices nada se asume que te has casado por gananciales. Lo que cambia en Cataluña es la opción por defecto, no las posibilidades.
Eso tampoco es así. Hace unas semanas estuve leyendo y el régimen de separación de bienes no evita que no haya que pagar compensaciones según entendí. Eso dependerá de las circunstancias del divorcio.
De hecho estuve leyendo y en caso de que uno de los dos contraiga deudas hay que tener mucho cuidado, porque resulta que el cónyuge también responde con su patrimonio (eso sí, con algunas limitaciones) aunque haya separación de bienes.
Yo sé cuál es la diferencia, lo que pregunto es si hay que hacer algún trámite anterior al matrimonio por el que se haga una relación de bienes que se aportan a la sociedad. Pero deduzco que si nadie ha oído hablar de esto, será porque no hay que hacerlos.
manolo_123 escribió:Hola !!! , haber si alguien me ayuda sobre dos pequeñas dudas que tengo. Soy pareja de hecho, mi pareja esta divorciada en estos momentos, ella no trabaja, mi primera duda es si puedo ponerla conmigo en la cartilla de la seguridad social, la segunda cuestion tiene que ver que vamos a ser futuros papas , y me gustaria saber como se gestiona el tema de libro de familia, cuando debemos solicitarlo. GRACIAS por todo.
maponk escribió:
Ya no hace falta trabajar para poseer una cartilla propia de la SS (de hecho se la dan hasta a los inmigrantes recién llegados) y para registrarlo en el libro de familia sólo hace falta la partida del nacimiento del menor,los nombres de los padres y punto (no preguntan si estas o no casado ni cual es tu situación sentimental)
Mi hermano tiene un libro de familia con su hijo y mi cuñada,y ella (aun casada,con otro tio) el libro de familia con 2 hijos más.......
manolo_123 escribió:Gracias Maponk por tu rapida respuesta, el tema de la cartilla de la seguridad social es por que mi pareja en la cartilla de la seguridad social esta apuntada con su ex, y claro queremos estar los dos en una.
LadyStarlight escribió:
¿Los niños ahora tienen tarjeta propia o están en cartillas como antiguamente?