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CAPÍTULO IV
Derecho a la información, formación y educación
Artículo 17. Información, formación y educación de los
consumidores y usuarios.
1. Los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas
competencias, fomentarán la formación y educación
de los consumidores y usuarios, asegurarán que estos
dispongan de la información precisa para el eficaz ejercicio
de sus derechos y velarán para que se les preste la
información comprensible sobre el adecuado uso y consumo
de los bienes y servicios puestos a su disposición
en el mercado.
2. Los medios de comunicación social de titularidad
pública estatal dedicarán espacios y programas, no publicitarios,
a la información y educación de los consumidores
y usuarios. En tales espacios y programas, de acuerdo
con su contenido y finalidad, se facilitará el acceso o participación
de las asociaciones de consumidores y usuarios
representativas y los demás grupos o sectores interesados,
en la forma que se acuerde con dichos medios.
Artículo 18. Etiquetado y presentación de los bienes y
servicios.
1. El etiquetado y presentación de los bienes y servicios
y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal
naturaleza que no induzca a error al consumidor y usuario,
especialmente:
a) Sobre las características del bien o servicio y, en
particular, sobre su naturaleza, identidad, cualidades,
composición, cantidad, duración, origen o procedencia y
modo de fabricación o de obtención.
b) Atribuyendo al bien o servicio efectos o propiedades
que no posea.
c) Sugiriendo que el bien o servicio posee características
particulares, cuando todos los bienes o servicios
similares posean estas mismas características.
2. Sin perjuicio de las exigencias concretas que se
establezcan reglamentariamente, todos los bienes y servicios
puestos a disposición de los consumidores y usuarios
deberán incorporar, acompañar o, en último caso,
permitir de forma clara y comprensible, información
veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales,
en particular sobre las siguientes:
a) Nombre y dirección completa del productor.
b) Naturaleza, composición y finalidad.
c) Calidad, cantidad, categoría o denominación usual
o comercial, si la tienen.
d) Fecha de producción o suministro y lote, cuando
sea exigible reglamentariamente, plazo recomendado
para el uso o consumo o fecha de caducidad.
e) Instrucciones o indicaciones para su correcto uso
o consumo, advertencias y riesgos previsibles.
3. Sin perjuicio de las excepciones previstas legal o
reglamentariamente, las indicaciones obligatorias del etiquetado
y presentación de los bienes o servicios comercializados
en España deberán figurar, al menos, en castellano,
lengua española oficial del Estado.
4. La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa
de los bienes y servicios será perseguida y sancionada
como fraude. Las asociaciones de consumidores
estarán legitimadas para iniciar e intervenir en los procedimientos
legalmente habilitados para hacerlas
cesar.
mosiguello escribió:Menos val que la experiencia hacer crecer a la gente, ya que el empleado le solté " que habían perdido un cliente" y se vé que ha repensado esa absurda norma empresarial y al final habrá pensado que hay que maximizar lso beneficios y eso solo es si se trata bien al cliente.
]
GXY escribió:hay dos explicaciones muy sencillas para que una tienda no de el precio de algo por telefono.
1- si al cliente le parece caro directamente no ira, y el comercial no tendra la misma capacidad de "vender la moto" que tendria si hubieras ido alli a preguntar. Si vas, pues solo por "no perder el viaje" muchas veces te lo llevas aunque el precio no te convenza, o te llevas otro producto similar...
2- si al cliente le parece caro directamente no ira, y se perdera la oportunidad de intentar venderle alguna que otra cosa.
yo me inclino mas por esta segunda opcion. en cualquier caso, hay tiendas que hacen esto, y es para que VAYAS a la tienda.
a mi me parece una estupidez y mas hoy dia que hay tiendas online para practicamente todo. pero en el empresauriado español la estupidez no es una especie en peligro de extincion precisamente.
Fox escribió:En Game tampoco lo hacen.
Fox escribió:En Game tampoco lo hacen.
mosiguello escribió:Fox escribió:En Game tampoco lo hacen.
Cómo que no lo hacen ¿?, pero si tienen propia página web con todos los precios