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Tyrant escribió:hay una aplicacion de escritorio que se llama autofirma, con ella una vez instalada en el pc y un lector de tarjetas + dni 3.0 podras firmar cualquier documentacion en formato PDF, es muy sencillo de utilizar, pero hasta donde yo se, para firmar necesitas un certificado digital, lo de clave 24 horas me parece que solo vale para acceder, no para firmar documentos
este video te lo muestra muy bien, https://www.youtube.com/watch?v=ktbt8Dbyduk
a que te refieres con: tampoco tengo cacharro?
1 saludo
eL EsE escribió:@aven96 renovar certificados lo haces en un plis en las maquinas que tienen, no necesitas ni pedir cita, como si quieres ir ahora si están en horario de oficina y renovarlo, yo que soy muy descuidado lo he tenido que hacer varias veces (yo voy a la policía de Calle Zapadores, 52, en Valencia) porque no me acordaba de la contraseña que puse xDDDDD
Aquí tienes el procedimiento
aven96 escribió:parece ser que el DNI 3.0 está caducado, y cada 2 años hay q ir a la policia nacional a unas máquinas y renovarlo. Así que no me queda otra que personarme físicamente y sacarme el certificado, previa cancelación del anterior, que solo pueden hacer ellos. Todo esto antes del martes. Veremos.
aven96 escribió:parece ser que el DNI 3.0 está caducado, y cada 2 años hay q ir a la policia nacional a unas máquinas y renovarlo. Así que no me queda otra que personarme físicamente y sacarme el certificado, previa cancelación del anterior, que solo pueden hacer ellos. Todo esto antes del martes. Veremos.
aven96 escribió:parece ser que el DNI 3.0 está caducado, y cada 2 años hay q ir a la policia nacional a unas máquinas y renovarlo. Así que no me queda otra que personarme físicamente y sacarme el certificado, previa cancelación del anterior, que solo pueden hacer ellos. Todo esto antes del martes. Veremos.
GXY escribió:ojo que la aplicacion autofirma cambia con algunas administraciones regionales/locales que le añaden sus mierdas. si es para administracion del estado no tienes problema porque se usa la estandar/normal, pero si es para presentar en administracion autonomica puede que tengas que utilizar el autofirma que provea dicha administracion autonomica.
GXY escribió:Yo solo instalaría el autofirma regional si lo necesito porque un trámite lo requiere. Hasta el momento tengo el Nacional y no he necesitado nada más
morlaco06 escribió:La version del lector de dni 3.0 por nfc del movil no funciona. Ahorrate un dolor de muelas y comprate el lector de dni.
Para renovar el certificado del dni no necesitas cancelar nada. Solo tienes que meter el dni en la maquina, poner el dedo en el lector de huellas y crear una contraseña y darle a renovar certificado. En 5' esta listo.
Gurlukovich escribió:morlaco06 escribió:La version del lector de dni 3.0 por nfc del movil no funciona. Ahorrate un dolor de muelas y comprate el lector de dni.
Para renovar el certificado del dni no necesitas cancelar nada. Solo tienes que meter el dni en la maquina, poner el dedo en el lector de huellas y crear una contraseña y darle a renovar certificado. En 5' esta listo.
Lo hice, la máquina dijo que los había hecho, pero luego en la página principal decía que no había certificados
xDarkPeTruSx escribió:Gurlukovich escribió:morlaco06 escribió:La version del lector de dni 3.0 por nfc del movil no funciona. Ahorrate un dolor de muelas y comprate el lector de dni.
Para renovar el certificado del dni no necesitas cancelar nada. Solo tienes que meter el dni en la maquina, poner el dedo en el lector de huellas y crear una contraseña y darle a renovar certificado. En 5' esta listo.
Lo hice, la máquina dijo que los había hecho, pero luego en la página principal decía que no había certificados
Qué navegador utilizas?
Recuerdo que el tema de los certificados es bastante jodido y solo pude realizarlo en su momento con Internet Explorer.
Actualmente tendría que hacerse con el Edge en modo retro (modo internet explorer o no se como narices lo han llamado ahora) para que funcione correctamente.
De hecho, mi gestor tiene un portátil de última generación para llevar todo el tema de facturas documentos legales y tal, pero para tramites con el gobierno, utiliza un ordenador antiguo con Windows XP e Internet explorer para el tema de los certificados....
Así de jodida está la cosa con la mierda de los tramites online que tenemos en este país....
A ver de qué pollas sirve la Cl@ve Pin y la permanente si luego no puedes realizar tramites.
BennBeckman escribió:Coges el DNI, te vas a policía nacional con máquina de DNI.
Lo activas.
Lo conectas en tu pc mediante lector de DNIE y solicitas certificado digital con DNIE. En 5 minutos lo tienes y te sirve durante 4 años, a los 4 años lo renuevas por internet en dos minutos.
Y ya te olvias de usar el DNI y el lector. Más la comodidad de poder llevarte tu certificado donde quieras.
Gurlukovich escribió:
¿Alguien que tenga un DNI reciente con certificados validos puede probar si puede identificarse al menos para cualquier trámite? Porque si ni eso va ya ni me molesto.
BennBeckman escribió:Gurlukovich escribió:
¿Alguien que tenga un DNI reciente con certificados validos puede probar si puede identificarse al menos para cualquier trámite? Porque si ni eso va ya ni me molesto.
Yo me identifico a diario en sedes electrónicas con certificado digital.
Quintiliano escribió:@Gurlukovich bajo Windows en un PC me funciona perfectamente el DNI-e con un lector de tarjetas inteligentes, me funciona autofirma, y todo ello probado en varias sedes electrónicas.
No he probado nunca el móvil ni Android para esto.
Mi recomendación, es que reserves un PC con Windows para hacer trámites, que lo uses sólo para eso, ya que todo depende a veces de tener la última versión del autofirma, o el javascript actualizado, o el bloqueador de ventanas emergentes desactivado para esa sede electrónica... y todo eso con un PC es fácil de controlar; pero en un móvil lo desconozco.
Gurlukovich escribió:No, si el problema es para poner los certificados en el DNI. El programa DNIeRemote para conectarlo al movil te dice que no hay certificados, pero la máquina del DNI de la comisaría aunque dijo que se habian creado correctamente también decía luego en la página principal que no había ningún certificado.
xDarkPeTruSx escribió:Gurlukovich escribió:No, si el problema es para poner los certificados en el DNI. El programa DNIeRemote para conectarlo al movil te dice que no hay certificados, pero la máquina del DNI de la comisaría aunque dijo que se habian creado correctamente también decía luego en la página principal que no había ningún certificado.
¿Estas usando esta app?
https://play.google.com/store/apps/deta ... nielectura
Creo que necesitas esa app especifica y luego esta:
https://play.google.com/store/apps/deta ... oginwidget
Para hacer login con el DNI.
Para extraer certificados del DNI y usarlos en PC, vas a necesitar si o si un aparato especifico de Lector de DNIe por el chip. Con NFC diría que no se pueden extraer certificados.
Gurlukovich escribió:xDarkPeTruSx escribió:Gurlukovich escribió:No, si el problema es para poner los certificados en el DNI. El programa DNIeRemote para conectarlo al movil te dice que no hay certificados, pero la máquina del DNI de la comisaría aunque dijo que se habian creado correctamente también decía luego en la página principal que no había ningún certificado.
¿Estas usando esta app?
https://play.google.com/store/apps/deta ... nielectura
Creo que necesitas esa app especifica y luego esta:
https://play.google.com/store/apps/deta ... oginwidget
Para hacer login con el DNI.
Para extraer certificados del DNI y usarlos en PC, vas a necesitar si o si un aparato especifico de Lector de DNIe por el chip. Con NFC diría que no se pueden extraer certificados.
Me valdría con el login. Pero es que ni lo de cl@ve por videollamada, ni muchi menos presencial, todo saturado.
amchacon escribió:Si te corre mucha prisa, puedes contactar con una gestoría que hagan ellos el trámite en tu nombre.
Obviamente por $$$
2. Las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 que así lo soliciten, especialmente en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.
Asimismo, si alguno de estos interesados no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello. En este caso, será necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su consentimiento expreso para esta actuación, de lo que deberá quedar constancia para los casos de discrepancia o litigio.
Quienes de conformidad con el artículo 3, tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, de los siguientes derechos:
(...)
b) A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Quintiliano escribió:amchacon escribió:Si te corre mucha prisa, puedes contactar con una gestoría que hagan ellos el trámite en tu nombre.
Obviamente por $$$
Si @Gurlukovich no está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración de que se trate -los ciudadanos en general, para sus asuntos particulares, no están obligados- una opción gratuita con la que podría contar, al menos en teoría, es que la propia Administración le asista en el trámite.
La Ley 39/2015 expresamente recoge que la Administración debe asistir a la ciudadanía en este tipo de cuestiones.
Así, artículo 12:2. Las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 que así lo soliciten, especialmente en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.
Asimismo, si alguno de estos interesados no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello. En este caso, será necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su consentimiento expreso para esta actuación, de lo que deberá quedar constancia para los casos de discrepancia o litigio.
El siguiente artículo, el 13 letra b) de la misma Ley 39/2015, insiste en esta obligación para la administración - derecho para la ciudadanía:Quienes de conformidad con el artículo 3, tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, de los siguientes derechos:
(...)
b) A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
amchacon escribió:Tambien hay una ley que dice que no se puede pedir documentacion que la propia administracion tenga... Y sin embargo en la practica no hace mas que pedirme documentacion que expide la propia administracion![]()
La teoria es bonita, la practica esque nadie te va a ayudar y estas en la mierda. Por eso todo el mundo en España tira de gestorias. Con dinero, todo se mueve rapido.
amchacon escribió:Si te corre mucha prisa, puedes contactar con una gestoría que hagan ellos el trámite en tu nombre.
Obviamente por $$$
Quintiliano escribió:amchacon escribió:Si te corre mucha prisa, puedes contactar con una gestoría que hagan ellos el trámite en tu nombre.
Obviamente por $$$
Si @Gurlukovich no está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración de que se trate -los ciudadanos en general, para sus asuntos particulares, no están obligados- una opción gratuita con la que podría contar, al menos en teoría, es que la propia Administración le asista en el trámite.
La Ley 39/2015 expresamente recoge que la Administración debe asistir a la ciudadanía en este tipo de cuestiones.
Así, artículo 12:2. Las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 que así lo soliciten, especialmente en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.
Asimismo, si alguno de estos interesados no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello. En este caso, será necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su consentimiento expreso para esta actuación, de lo que deberá quedar constancia para los casos de discrepancia o litigio.
El siguiente artículo, el 13 letra b) de la misma Ley 39/2015, insiste en esta obligación para la administración - derecho para la ciudadanía:Quienes de conformidad con el artículo 3, tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, de los siguientes derechos:
(...)
b) A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
aven96 escribió:Una pregunta.
Cada vez que firmo un documento mediante AutoFirma, selecciono el archivo a firmar, le marco la opción de hacer la firma visible, firmo. Descargo el documento, y en el recuadro de firma pone "Firmado por XXX" y una numeración rarapero ni rastro de la firma, tampoco me la pide en ningún momento para guardarla.
¿Qué debo hacer? seguí todos los pasos de la web del FNMT, el de la PN para el dni electrónico, ya estoy harto.
Gurlukovich escribió:¿Dice esa ley en algún lado que puedes ver a un funcionario sin concertar cita para otro mes?