Duda alquileres y propietario que no quiere declararlo

Buenas,

El caso es que mi madre se acaba de jubilar y le queda una pension irrisoria (620€) y se ha venido a vivir a mi pueblo que esta a 400km de donde ella vivia y trabajaba.
El caso es que los alquileres en los ultimos 4 meses se han disparado y esta chungo de encontrar algo a un precio asequible y por fin ha encontrado un pisito majo por 315€ y cuando ya estaba casi claro resulta que el dueño le dice que es que no quiere hacerlo de forma "legal" por asi decirlo, vamos que nada de contrato por que segun el lo tendria que declarar y eso le supone un 20% que tendria que pagar a hacienda y tal y que no le conviene....
La cosa es que lo preferible es que sea con contrato obviamente y con todo legal por que es lo que toca ademas que le dicho a mi madre que si lo tiene con contrato, creo que al ser jubilada le puede desgravar algo, poro aunque no fuese el caso lo suyo es que sea todo como dios manda cojones!!

Bueno, pues por un lado queria saber si es cierto que el casero tiene que pagar todos los meses un 20% a hacienda o es trola o que es realmente lo que se debe declarar?
Y por otro lado, saber que otra cosa podria hacer?
que no sea denunciarlo e ir a malas claro....

La cosa esta jodida para encontrar algo por aqui y mas que este en buenas condiciones y no se si aconsejarla que se meta aunque sea de esa forma en negro y que al menos este instalada y asi poder buscar algo mejor con mas tranquilidad o que.....

Gracias y un saludo.
Los alquileres de vivienda no pagan IVA:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... _IVA.shtml

Otro tipo de alquileres (restaurante, bajo comercial, etc) sí que paga IVA.


En la declaración de la renta sí que hay que declarar el alquiler, pero yo tengo un alquiler similar y no pago 12x300x0.2=720 euros por él, seguro. Aunque esto al final está sujeto a las rentas y exenciones de las que se pueda beneficiar el arrendador.
Si no os hace contrato, no podréis empadronaros (a menos que tengáis los recibos de los suministros a vuestro nombre) y tampoco podréis optar a ninguna ayuda al alquiler (a la que posiblemente tengáis derecho) y tampoco podréis inscribir el alquiler en el registro de la propiedad para protegerlo.

Sin contrato, el casero elude depositar la fianza en la institución competente (algo a lo que está obligado) y además se evita pagar el certificado energético de la vivienda. Pero todo lo demás son perjuicios para vosotros.

Yo evitaría un alquiler sin ninguna garantía ya que nada impide que este señor os monte un problema pasado un tiempo.

Salu2
Yo no aconsejo, realizar un alquiler sin contrato, ya que luego los caseros te pueden plantear problemas en el futuro y viceversa. Y como todo en esta vida: se puede hacer el contrato tranquilamente y no pasar por Hacienda (ahora que si Hacienda le pilla le cruje al dueño); así al menos tu madre tiene una seguridad legal, de que el piso mientras pague lo podrá disfrutar.

Sobre empadronarse, creo que con los recibos de los suministros básicos, agua, luz y gas, basta y sobra.
Seguid buscando un piso, no os metáis en un marrón.
Ni si quiera intentéis pedir o exigir nada al propietario, porque se pondrá a malas y os intentará joder.

Seguid buscando un piso porque no os merece la pena.
Quintiliano escribió:Si no os hace contrato, no podréis empadronaros (a menos que tengáis los recibos de los suministros a vuestro nombre) y tampoco podréis optar a ninguna ayuda al alquiler (a la que posiblemente tengáis derecho) y tampoco podréis inscribir el alquiler en el registro de la propiedad para protegerlo.

Sin contrato, el casero elude depositar la fianza en la institución competente (algo a lo que está obligado) y además se evita pagar el certificado energético de la vivienda. Pero todo lo demás son perjuicios para vosotros.

Yo evitaría un alquiler sin ninguna garantía ya que nada impide que este señor os monte un problema pasado un tiempo.

Salu2

Dime entonces como se empadrona un okupa?, porque te aseguro que empadronados están.
Típico que sabe que te iras y se quedara con toda la fianza poniendo escusas baratas, como la mayoría de propietarios que no hacen contrato.
Yo tengo un contrato escrito, pero éste no ha sido declarado por el casero. Estamos empadronados y con todos los suministros a nuestros nombres. Llevo en el piso 5 años y éste año tenemos mi pareja y yo la posiblidad de que nos concedan beca asi que lo he metido. Me da igual si le piden explicaciones al casero. Yo contrato escrito tengo, si él no lo ha dado de alta es su problema.
hal9000 escribió:Dime entonces como se empadrona un okupa?, porque te aseguro que empadronados están.


Se puede empadronar cualquier persona en un domicilio cumpliendo algún requisito. No es necesario cumplirlos todos. Por ejemplo:

- Aportar un contrato de arrendamiento.
- Aportar un recibo de un suministro del piso, que esté a su nombre.
- Aportar un documento firmado por alguien que ya esté empadronado en el piso (el propietario por ejemplo) en el que reconoce que reside en esa vivienda y le autoriza a empadronarse allí. El caso típico es el del hijo o el nieto que se va a vivir con los padres o abuelos.

Dicho esto, lo importante para muchas personas (inmigrantes que deseen obtener la nacionalidad por ejemplo) es acreditar la residencia, y si no te puedes empadronar, por el motivo que sea, es peor para ti.

Salu2
Quintiliano escribió:
hal9000 escribió:Dime entonces como se empadrona un okupa?, porque te aseguro que empadronados están.


Se puede empadronar cualquier persona en un domicilio cumpliendo algún requisito. No es necesario cumplirlos todos. Por ejemplo:

- Aportar un contrato de arrendamiento.
- Aportar un recibo de un suministro del piso, que esté a su nombre.
- Aportar un documento firmado por alguien que ya esté empadronado en el piso (el propietario por ejemplo) en el que reconoce que reside en esa vivienda y le autoriza a empadronarse allí. El caso típico es el del hijo o el nieto que se va a vivir con los padres o abuelos.

Dicho esto, lo importante para muchas personas (inmigrantes que deseen obtener la nacionalidad por ejemplo) es acreditar la residencia, y si no te puedes empadronar, por el motivo que sea, es peor para ti.

Salu2

Yo te digo como se empadronan en mi pueblo. Lo notifican al ayuntamiento de viva voz, pasan o los municipales o alguien de asuntos sociales para comprobarlo, dan fe y venga otro mas.
Ni papeles ni gaitas.
hal9000 escribió:
Quintiliano escribió:
hal9000 escribió:Dime entonces como se empadrona un okupa?, porque te aseguro que empadronados están.


Se puede empadronar cualquier persona en un domicilio cumpliendo algún requisito. No es necesario cumplirlos todos. Por ejemplo:

- Aportar un contrato de arrendamiento.
- Aportar un recibo de un suministro del piso, que esté a su nombre.
- Aportar un documento firmado por alguien que ya esté empadronado en el piso (el propietario por ejemplo) en el que reconoce que reside en esa vivienda y le autoriza a empadronarse allí. El caso típico es el del hijo o el nieto que se va a vivir con los padres o abuelos.

Dicho esto, lo importante para muchas personas (inmigrantes que deseen obtener la nacionalidad por ejemplo) es acreditar la residencia, y si no te puedes empadronar, por el motivo que sea, es peor para ti.

Salu2

Yo te digo como se empadronan en mi pueblo. Lo notifican al ayuntamiento de viva voz, pasan o los municipales o alguien de asuntos sociales para comprobarlo, dan fe y venga otro mas.
Ni papeles ni gaitas.

Asi es, pasan varios dias y si ven que está ahi el susodicho dan fe, si no le pilla en casa se jodió el asunto. Yo tengo a un conocido que está así y como no sabe leer español me anda consultando.
Ahora le toca llevar los recibos del alquiler, en este caso si los tiene aun que son 'recibís' a mano.
yo lo cogeria, buscaria otro piso y cuando lo encontrara, me largaria.

teniendo en cuenta la clausula de finalizacion de contrato (en la practica viene a ser que la maniobra te "cuesta" 2 meses, el de fianza que pierdes y otro de penalizacion por resolver el contrato antes de 1 año).

edit. la otra opcion es declarar el alquiler y que el propietario se busque la vida. total, para declararlo solo se necesita conocer su DNI y eso esta en el contrato de alquiler.
fluzo escribió:Buenas,

El caso es que mi madre se acaba de jubilar y le queda una pension irrisoria (620€) y se ha venido a vivir a mi pueblo que esta a 400km de donde ella vivia y trabajaba.
El caso es que los alquileres en los ultimos 4 meses se han disparado y esta chungo de encontrar algo a un precio asequible y por fin ha encontrado un pisito majo por 315€ y cuando ya estaba casi claro resulta que el dueño le dice que es que no quiere hacerlo de forma "legal" por asi decirlo, vamos que nada de contrato por que segun el lo tendria que declarar y eso le supone un 20% que tendria que pagar a hacienda y tal y que no le conviene....
La cosa es que lo preferible es que sea con contrato obviamente y con todo legal por que es lo que toca ademas que le dicho a mi madre que si lo tiene con contrato, creo que al ser jubilada le puede desgravar algo, poro aunque no fuese el caso lo suyo es que sea todo como dios manda cojones!!

Bueno, pues por un lado queria saber si es cierto que el casero tiene que pagar todos los meses un 20% a hacienda o es trola o que es realmente lo que se debe declarar?
Y por otro lado, saber que otra cosa podria hacer?
que no sea denunciarlo e ir a malas claro....

La cosa esta jodida para encontrar algo por aqui y mas que este en buenas condiciones y no se si aconsejarla que se meta aunque sea de esa forma en negro y que al menos este instalada y asi poder buscar algo mejor con mas tranquilidad o que.....

Gracias y un saludo.

Si fuera la opcion que me gustara, sinceramente lo pillaria y lo declararia en la declaracion de la renta, luego ya se buscara la vida el casero si hacienda lo investiga.

Lo de que tiene que pagar todos los meses un 20% no es cierto, aunque puede que le salga una cantidad asi perfectamente. Las ganacias de alquiler van al irpf por lo que tendrá que pagar una vez al año unicamente no todos los meses, ahi iran los beneficios del alquiler (lo que cobra de alquiler - gastos (ibi, etc)) menos las bonificaciones (si es vivienda habitual, edad, etc..) y ya ahi se junta con otras ganancias que tenga el y se aplica un porcentaje. Un 20% puede ser realista, pero vamos nadie te va a poder decir si es cierto o no.
GXY escribió:yo lo cogeria, buscaria otro piso y cuando lo encontrara, me largaria.

teniendo en cuenta la clausula de finalizacion de contrato (en la practica viene a ser que la maniobra te "cuesta" 2 meses, el de fianza que pierdes y otro de penalizacion por resolver el contrato antes de 1 año).

edit. la otra opcion es declarar el alquiler y que el propietario se busque la vida. total, para declararlo solo se necesita conocer su DNI y eso esta en el contrato de alquiler.


Pues yo no creo que sea buena idea, porque es posible que este eoliano tenga derecho a solicitar alguna ayuda al alquiler, y esas ayudas suelen estar reguladas de modo que si falta algún requisito legal, no te la conceden, y como hay muchas solicitudes y poco dinero, te quedas sin ella.

Es necesario que la vivienda disponga del certificado energético; que la fianza sea depositada en la entidad oficial correspondiente, y ambas cosas dependen del casero.

Además a veces los precios de los alquileres engañan mucho y parecen más baratos de lo que realmente son. Por ejemplo, parece más caro cobrar 400 euros incluyendo comunidad, agua y basuras (en algunas ciudades la tasa de basuras se cobra junto al agua) que pedir 350 euros, pero no si luego te toca a ti pagar pagar 35 de tasa de basuras y consumo de agua, más 40 o 50 euros de Comunidad que viene siendo un coste razonable de una Comunidad actualmente.

Hay que hacer cuentas y ver qué incluye exactamente el precio del arrendamiento porque "no existe el chollo".

Salu2
Algo asi me paso a mi cuando estuve alquilado. En aquella epoca, podria haberme desgrabado el alquiler pero la dueña no quiso hacerme contrato.

Cuando llego la hora de hacer cuentas con hacienda, le dije que ese mes no se lo pagaba porque podria haberme desgrabado el alquiler si me hubiera hecho contrato.

Ese mes no se lo pague.
las ayudas al alquiler es un arma de doble filo porque luego hay que pagar IRPF por ellas en la declaracion, y sale un buen pico.

en mi opinion sale mas a cuenta la desgravacion (actualmente, solo la autonomica, ya que la estatal ha volado). es menos dinero pero al menos es "dinero en mano", no es una reduccion por la que luego vas a venir a pagar.

hay que mirar las cuantias de cada cosa y estudiar el caso bien. en cualquier caso, una cosa no esta reñida con la otra. puedes esperar unos meses a conseguir el piso que te interesa y luego solicitar la ayuda a que tengas derecho.

la diferencia por la que he dado esa recomendacion, es que esos meses los pasara en la poblacion a la que quiere ir en primer lugar.
Gracias por las respuestas [beer]

Aclarar que lo del tema de declarar el alquiler por parte de mi madre, no se si es lo mismo a lo que os referis de ayudas de alquiler. yo creo que no.

Ella tiene una pequeña minusvalia por lo que le la han prejubilado antes de tiempo (62años) al no poder realizar su trabajo y esto le beneficia en varias cosas, impuestos de trafico, vivienda y alguna cosa mas...

Bueno, sobre lo del tema de la casa....Al final se va a meter por que esta la cosa jodida de encontrar y ademas es zona turistica y ahora empieza la temporada por lo que sera mas dificil encontrar algo. Se va a meter pagando un mes de fianza (300euros) pero para seguir buscando con mas calma ya que esta desde hace unas semanas de invitada en otra casa con todas las cajas empaquetadas y logicamente es incomodo estar asi.

El tema fianza veremos como queda cuando le diga al casera que se pira, espero que se la devuelva, si no por mis santos cojones que me llevo un lavavajillas o algo, yo que se, pero mi madre no esta para ragalar 300 euros a un jeta.

No me hace nada de gracia el tema, pero bueno. De momento no hay donde cogerse....

Ah! tampoco le quiere poner el agua/luz a su nombre [facepalm]

Lo que si le he dicho es que sin copia de factura no pague un duro y encima queria domiciliarlo directamente en la cuenta de mi madre sin estar a su nombre Oooh
Con 620€ de pension y una minusvalia no tendra retencion alguna y si no tiene otro ingresos la cuota integra de la renta le saldra a 0, desgrave el alquiler o no.

Sin tener los numeros exactos en mano es imposible asegurarlo, pero a priori diria que en ese caso concreto la desgravacion del alquiler en IRPF no le supondra nada.

Dicho esto, yo lo haria con contrati aun y todo, pero primero me enteraria bien de que supone o deja de suponer economicamente (fisco, ayudas) para poder decidir con criterio
@fluzo entonces os tiene que dar un documento autorizándoos a empadronaros en la vivienda.

Otra cosa: cambia la cerradura. De este modo te aseguras que el casero (o alguien de su familia) no entrará en la vivienda.

El cambio de cerradura deberías hacerlo sí o sí. Sólo es cambiar el bombillo.

Salu2
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