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TMacTimes escribió:Buenas,
Tengo una duda que cualquier autónomo podrá resolverme porque creo que es muy, muy básica, pero hoy estoy espeso.
En una factura, tu pones:
Base imponible: 100€
IVA: +21%
IRPF: -15%
Total = 100 + 21 - 15
Entiendo lo del IVA, tú recaudas ese 21% para el estado y luego se lo das a través de la liquidación del iva trimestral, modelo 303.
Lo que no entiendo es el IRPF, recaudas un 15% menos por tu factura y luego, cada trimestre, pagas el irpf + la renta que ya cuadra las cuentas, aparte.
No entiendo ese -15% de IRPF en la factura. Es como si lo pagases dos veces, una vez en cada factura y otra en la declaración de la renta/modelo 103 cada trimestre
TMacTimes escribió:Muchas gracias por las respuestas @martuka_pzm @Boba Fett
Tuve que emitir una factura de manera puntual por un servicio de publicidad, es una miseria de dinero pero claro, tuve que hacer factura, puse IVA e IRPF y dicha empresa reportará la factura a hacienda.
He estado mirando y no, no tenía que haber hecho retención IRPF... Y entonces, si tus facturas no tienen IRPF, entiendo que no tienes que presentar el 130.
Vaya cagadita, pero bueno, espero que hacienda no se queje de que sea un pardillo total y pague de más (bueno, cobre menos y pague la otra empresa a mi nombre), no?