Duda con cobrar del paro

Bueno gente, muy posiblemente el 14 de, febrero me quede parado nuevamente (después de 13, 5 meses currando)

Evidentemente cobraré ese medio mes trabajado pero quisiera saber si el paro me paga el resto de ese mes. Es decir, en cuánto tenga los papeles los presentaré en la oficina de desempleo (entre el 15 & 16) pero me surge la duda, y el temor, de que el paro no me pague el resto de ese mes y pasarme hasta abril con medio sueldo.

A ver quién me puede resolver la duda.

saludos.
te pagan desde el momento que te quedas parado
te quedas parado el día 30 de enero pos te pagan el día 31
asique tranquilo
lo que si puede ser un problema es que te paren en febrero y no veas un duro hasta abril
ósea que cobraras en marzo medio sueldo de lo trabajado en febrero
pero la seguridad social no te pagara en marzo sino a 10 de abril
ahora esto ultimo cógelo con pinzas por que hace muchísimos años que no pillo paro por lo que hablo de memoria de mis tiempos
mi mujer si que suele pillar el paro mas seguido y me acuerdo que si presentaba muy a final de mes los papeles del paro no cobraba el siguiente 10
lo mejor es que en cuanto dejes de currar salgas de la empresa con los papeles para echar al paro y saques cita lo antes posible
para tratar de que en marzo te paguen
Es que ese es el temor, de que no me paguen el diez de Marzo sino en Abril (junto al resto de Febrero)

Sería una putada, aunque se puede capear el temporal dependiendo de la liquidación (que es una mierda, pero suma)
hombre si te pagan en abril cobras marzo y los dias que te faltaron de febrero el dinero no lo vas perder ni nada
as estado en paro antes?
por que creo que el tramite es mas rápido si eres de estar regularmente en el paro
yo se que mi mujer muchas veces a presentado el paro después de los días 20 y en la oficina mismo le han dicho que ya era muy tarde para cobrar el 10
He estado sólo una vez.

Tendré que presionar a la oficina para que me tengan los papeles lo antes posible.

La otra vez que estuve quedé parado un 30 y el dos o tres entregué los papeles.
ten en cuenta que si tienes vacaciones no disfrutadas no te puedes dar de alta en el paro hasta que "las disfrutes".

por experiencia: a mi me pararon un 12 de mayo y la primera vez vine a cobrar el 10 de julio. y diria que es lo mas comun. (que pase un mes, en lo que se formaliza el papeleo, etc).

ademas ese primer pago muchas veces es incompleto, porque corresponde a la "nomina" de entre que te dan de alta y el ultimo dia de ese mes. si te dan de alta el 21 de febrero, lo primero que cobraras es 21-29 febrero, el 10 de marzo.

asi que preparate no solo a que seguramente vas a tener un mes de demora, sino a que tambien seguramente vas a tener dos meses de demora hasta tener una percepcion "completa".

antiguamente se hacia una pirula rara para que el primer mes que percibieras ya fuera completo, pero lo que se hacia era no pagar los dias del mes incompleto, y pagartelos al final (con lo cual solo lo cobrabas si llegabas a agotar toda la prestacion). el lapso de tiempo por tanto era mayor (si te daban de alta el 21 de febrero, no cobrabas hasta el 10 de abril).

asi que yo te diria que no hicieras planes con lo de la liquidacion, y que si se te van a quedar cosas impagadas, vayas avisando o preparando el terreno.
Uffff, es lo que me estoy temiendo.

Sí, aún me deben doce días del año pasado y lo que corre de este (los cuáles me van a pagar)

Me parece que la cuesta de Enero va a ser muy prolongada :(
zarcelo_2 escribió:te pagan desde el momento que te quedas parado
te quedas parado el día 30 de enero pos te pagan el día 31
asique tranquilo


No.
Para el SEPE, los meses los computa como meses comerciales, es decir, meses de 30 dias, incluido febrero.
Si te quedas desempleado el dia 30, y no tienes dias de vacaciones retribuidos y pendientes de disfrutar, el primer dia que generas el derecho es el dia 1 del mes siguiente, no el 31.
Si quieres cobrar el 10 de marzo, tu expediente tiene que estar aprobado antes del cierre de nónima de febrero. Si acabas de trabajar el 14, pide cita previa para el dia 19 o 22. De esta manera das tiempo a la empresa a que envie el certificado de empresa, si tienes unos dias de vacaciones pendienes los habrás disfrutado y tienes todavia unos dias de margen por si tuvieses que traer algún papel. Piensa que, si todo está OK, no tienes trabajos a tiempo parcial ni períodos superpuestos y tu oficina del SEPE no acumula retrasos, la prestación se aprueba practicamente en el acto y antes de que salgas por la puerta ya la tienes aprobada.
A quien tienes que presionar es a tu empresa para que remita rápidamente su certificado al paro, porque mientras ésta circunstancia no se produzca, no podrás solicitar la prestación.

Ten en cuenta además que tras la finalización del contrato tendrás que esperar los días de vacaciones que te correspondan y no hayas disfrutado y te serán pagadas en el finiquito.

Sólo entonces podrás cobrar la prestación, pero a tenor de lo que se está comentando, me temo que hasta el 10 de Abril seguramente no te llegará el primer pago.

De poder adelantar su pago al 10 de Marzo porque consigas hacer todo en Febrero, ten también en cuenta que ese primer mes sólo te pagarán una parte del paro, no la prestación mensual completa.
mr.siniestro escribió:Bueno gente, muy posiblemente el 14 de, febrero me quede parado nuevamente (después de 13, 5 meses currando)

Evidentemente cobraré ese medio mes trabajado pero quisiera saber si el paro me paga el resto de ese mes. Es decir, en cuánto tenga los papeles los presentaré en la oficina de desempleo (entre el 15 & 16) pero me surge la duda, y el temor, de que el paro no me pague el resto de ese mes y pasarme hasta abril con medio sueldo.

A ver quién me puede resolver la duda.

saludos.


Lo primero, si te liquidan vacaciones no disfrutadas, no podrás solicitar la prestación hasta pasada dicha fecha y sin incluir dichos días de vacaciones liquidadas como de prestación por desempleo.
Luego, de la primera 'nómina' de la prestación, habría una retención de 10 días, a devolver cuando la finalices.
Ánimos.
Con permiso del compañero aprovecho este hilo para preguntar de lo mio xddd
Estaba trabajando con contrato de obra y el jefe me mando a casa el dia 20/01 y me dijo que ya me llamaria para firmar los papeles y cobrar; y aun no se nada de ellos. Cuanto tiempo tiene una empresa legalmente para solucionar ese tema ???
Ya me apunte al paro por internet asi que dado de baja y tal ya estoy, el tema es que el muy **** quiera pagarme a partir del dia 12 que es cuando cobrabamos las nominas habitualmente.
La empresa tiene 10 dias para enviar la documentación.
Lo que tienes que hacer es pedir cita en tu oficina para solicitar la prestación para que no se te pase el plazo de 15 dias hábiles.
suskie escribió:La empresa tiene 10 dias para enviar la documentación.
Lo que tienes que hacer es pedir cita en tu oficina para solicitar la prestación para que no se te pase el plazo de 15 dias hábiles.


Eso ya esta hecho por mi parte, lo que queria saber es cuanto plazo tiene la empresa para pagarme el finiquito y darme los papeles. Al paro ya los mandó pq pude apuntarme y hoy fui a informarme de cuanto tiempo de prestacion tengo, pero yo aun no he cobrado de la empresa ni recibido el despido ( ó papeles de fin de obra, lo que toque).
Camarron escribió: lo que queria saber es cuanto plazo tiene la empresa para pagarme el finiquito y darme los papeles.


Papeles no necesitas ninguno. Sobre el finiquito... pues ni idea. Que te paguen o no te paguen el finiquito no tiene nada que ver con el cobro de la prestación.
suskie escribió:
Camarron escribió: lo que queria saber es cuanto plazo tiene la empresa para pagarme el finiquito y darme los papeles.


Papeles no necesitas ninguno. Sobre el finiquito... pues ni idea. Que te paguen o no te paguen el finiquito no tiene nada que ver con el cobro de la prestación.

Si, eso lo se, lo siento, lo del paro lo tengo clarisimo y hoy estuve alli preguntando lo que no sabia.
Digo lo siento pq ocupe el topic del OP que preguntaba sobre el paro y yo de eso no queria preguntar [+risas]
Papeles me tienen que dar el finiquito y la parte de la nomina hasta el dia 20. Lo que no se y eso preguntaba, es que margen de tiempo tiene la empresa para pagarme al ser contrato de obra y darmelo por finalizado de un dia para otro sin mas aviso previo.
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