Muy buenas compañeros!
Vengo a plantearos una situación en la que me voy a ver envuelto en los próximos 1-2 meses y que no sé exactamente como actuar.
Por motivos que no vienen al caso en breves me despiden de mi empresa, previo acuerdo.
En el finiquito me tendrán que abonar las vacaciones no disfrutadas, en este caso unos 2 meses y poco.
Y me acabo de enterar de que aunque no disfrute esos días de vacaciones y me los paguen, hasta que no pasen dichos días (por mucho que ya esté despedido) cuenta como que estoy trabajando y por lo tanto no puedo ni solicitar el paro ni la demanda de empleo.
Primero de todo: ¿esto es así o lo he entendido yo mal?
Siguiendo con el caso:
La cuestión es que una vez desempleado y con paro me quería mudar a otra comunidad en la otra punta de España respecto a donde resido actualmente y desde allí, subsistir con el paro hasta dar con un nuevo empleo.
Se me tuerce un poco el asunto en caso de lo que he dicho de las vacaciones no disfrutadas pero retribuidas sea tal y como lo he contado. Pero igualmente marcharé, ya que entre el finiquito y el colchón que tengo puedo aguantar hasta solicitar el paro o hasta que salga un trabajo, lo primero que ocurra.
Así que: si tengo que esperar esos 2 meses para solicitar el paro pero yo ya estoy viviendo en otro domicilio y en otra comunidad, puedo solicitarlo en la oficina más cercana de mi nueva residencia comunicando el cambio de domicilio o tengo que solicitarlo en la oficina de mi antiguo domicilio?
Es una situación que se han juntado varios factores y no sé exactamente como enfocarla.
Espero que me podáis echar un cable, gracias!