Duda con financiera en compra de coche de segunda mano

Buenas.

Pues el caso es que hace ya un año y 4 meses exactamente que me compre un coche de segunda mano. Firme el contrato y demás y este miércoles me ha venido una carta en la que me exigen el pago de un importe que se supone que es la inscripcion del contrato en el Registro de Bienes Muebles. Yo me quedé flipando cuando vi esto, asi que llamo mi padre esta mañana y por lo visto le han dicho que hay que pagarlo, por que es una cosa que ellos ponen. En el contrato que yo firme no pone nada de eso. Y la pregunta es: ¿que narices es esto?¿Es legal y puede reclamarse?

Muchas gracias por la ayuda.

Un saludo.
Las financieras, siempre desplazan el coste de la Inscripción y/o Cancelación de Reserva de Dominio (prohibición de disponer), hacia el propietario del vehículo. Si la carga no se inscribe, el día que vendas el vehículo, en ese aspecto el comprador no tendrá problema. Si cuando lo vayas a vender, la carga está inscrita, la DGT no dejará que el vehículo se traspase a su nuevo dueño hasta que ésta no se levante (y ahí es cuando empiezan las prisas, porque el vendedor quiere la pasta y el comprador quiere el coche).
Aclara si lo que te solicitan es que inscribas la carga o te envían el certificado conforme está pagada, para que la levantes.
Ufff. Eso de la carga se supone que es lo que me obligan a pagar. ¿Entonces tengo que llamarles y que me digan si una vez pagado me envian el certificado para levantar la carga? :-? :-? La primera vez que oigo todo esto. Si me lo pudieras explicar mejor, te lo agradeceria enormemente.

Un saludo.
Claro. La inscripción y/o cancelación de la carga en el Registro de Bienes muebles no es gratuita. La tasa es variable, porque cada vez que me paso por allí me cobran una distinta.
Explícanos qué tipo de carta es la que te han enviado, porque si lo compraste hace cuatro años, la inscripción debió de hacerse en aquel momento. Pienso que habrás pagado ya la financiación y creo que podrá ser una carta para levantar esa carga.
A ver te pongo lo que pone en la carta:

"Por la presente le informamos, que a tenor de lo pactado en el contrato suscrito con Banco ......... y una vez inscrito el contrato en el Registro de Bienes Muebles correspondiente, el coste de este trámite 32,48 euros se repercutirá junto con el vencimiento de fecha 1/12/2008 presentando un cargo de 201,75 euros (Cuota nominal más tramite registral)"

La primera cifra es lo que cobran que no se muy bien porque. Eso sumado a la cantidad que pago todos los meses del coche me da la segunda cifra. El coche aun me quedan 9 meses por pagar. Y empecé a pagarlo hace un año y cuatro meses. Es de segundamano el coche. Vamos que no entiendo como van a registrar ahora el contrato después del tiempo que lleva hecho.

Y encima me lo mandan este miércoles 26 y la letra me la pasan el 1 de diciembre. Para que no me de tiempo a reaccionar casi. Vaya panda de mamoncetes.

Bueno a ver si con eso, me puedes aclarar exactamente que es eso. Por cierto y una duda que me surge. Como veo que lo voy a tener que pagar, ¿será solo este mes no? Que me veo que lo hacen todos los meses que me quedan :S

Muchas gracias y un saludo.
Pues mira, el trámite que yo veo normalmente en la Gestoría es el contrario al tuyo: o sea, que hay que cambiar la titularidad del coche (en el momento de la venta al nuevo propietario), con el crédito pagado pero sin haber levantado la carga. En ese momento hay que correr todo lo posible, solicitando la carta a la financiera y llevándola al Registro de Bienes Muebles para que levanten la Reserva de Dominio.
En tu caso, opino que lo que han hecho es inscribir la carga, por si algún día no pagas el préstamo que no puedas vender (legalmente) a nadie el coche. Tanto en este caso, como en el del levantamiento de la carga, la financiera SIEMPRE desplaza el coste hacia el titular de la deuda. Cuando te llegue el momento de levantar la carga, lo puedes hacer tú mismo y ahorrarte los honorarios de la financiera.
Saludos.
Vale entonces deduzco que tengo que pagarlo por narices, aunque bueno ya me habia hecho a la idea. Y lo de levantar la carga ¿cómo se haria? ¿Y cuándo seria el momento para levantarla?

EDITO: ahora que lo pienso. El hecho de que inscriba la carga significa que si no la levanto, no podré vender el coche tranquilamente cuando llegue el momento??

Un saludo.
Eru escribió:Y lo de levantar la carga ¿cómo se haria? ¿Y cuándo seria el momento para levantarla?

Una vez liquidado el último pago de la deuda, tienes que contactar con la financiera y solicitar que te envíen la carta de cancelación de Reserva de Dominio: suelen tardar unos 15 días, y puede ser que pretendan cobrarte alguna pequeña tasa por el hecho de solicitarles la carta (hay casos que sí y otros que no).
Cuando te llegue la carta, te tienes que dirigir con ella al Registro de Bienes Muebles de tu provincia. Allí compras el impreso, lo rellenas y lo entregas junto al original de la carta. Te solicitarán el abono de una tasa (es variable en cada caso) y, al cabo de siete días hábiles, te harán ir a buscar el certificado que haga constar que la carga se ha levantado. Tienes dos opciones:
1. Te lo guardas como oro en paño para el día que quieras vender el coche.
2. Te vas a Tráfico y pides que lo anoten en el Registro de Vehículos, abonando la tasa de 'Anotaciones de cualquier clase'.
Madre mia. El caso es pagar. En fin, es alucinante. Creo que me has resuelto todas las dudas. Muchisimas gracias de verdad. Como para haber entendido esto yo solito.

Un saludo.
Eru escribió:Madre mia. El caso es pagar. En fin, es alucinante. Creo que me has resuelto todas las dudas. Muchisimas gracias de verdad. Como para haber entendido esto yo solito.

No hay nada que no se aprenda preguntando y nadie nace enseñado. Tranqui.
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