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parametro escribió:No sé como estará la ley ahora, pero teóricamente si se puede usar para jugar a tus copias de seguridad ¿no? Con lo que creo que hay estaría el "truco" para que se puedan vender y usar sin inflingir la ley. Otra cosa es que lo uses para jugar a copias de las que no poseas el original.
gordo_17 escribió:de hay mi gran duda, no se hasta que punto seria ilegal tener o no tener anuncion en la web o incluso en una tienda, aunque pienso que mientras no pase ni venda juegos, que es donde realmente hay copyright....
parametro escribió:No sé como estará la ley ahora, pero teóricamente si se puede usar para jugar a tus copias de seguridad ¿no? Con lo que creo que hay estaría el "truco" para que se puedan vender y usar sin inflingir la ley. Otra cosa es que lo uses para jugar a copias de las que no poseas el original.
Nuevo código penal: cárcel por modificar consolas o enlazar a contenidos
La reforma del nuevo Código Penal, que entraría en vigor en primavera de 2014, pone las cosas cada vez más difíciles a los supuestos contenidos piratas, y no sólo se queda ahí... Por lo pronto, enlazar a contenidos sujetos a derechos de autor podrá ser un delito penado con 6 años de cárcel, retirada de los contenidos y en algunos casos al cierre de la web en cuestión.
Aunque por el momento se sigue señalando al que ofrece los contenidos, no al que los consume, el abanico se amplía ostensiblemente, como ya se venía rumoreando desde hacía tiempo. De hecho, cualquier buscador web sería susceptible a ser denunciado, así que se ha tratado de matizar: sólo cuando haya cierto proceso de supervisión en este proceso, no a un enlazado meramente automático.
Además, para abrir un proceso penal a una página se deberá tener en cuenta la reputación de la misma, y la cantidad de contenidos enlazados, aparte de cuán activos son los autores con dicha vulneración de los derechos de autor.
Y si nos parecía poco, la modificación de consolas también se recrudece con el nuevo Código Penal. Hasta 3 años de cárcel por "ponerle el chip" a una consola, o bien rootear un teléfono con fines comerciales: "Será castigado también con una pena de prisión de seis meses a tres años quien, con una finalidad comercial, fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio principalmente concebido, producido, adaptado o realizado para facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo".
Es decir, que el panorama se recrudece para seguir beneficiando a los mismos de siempre, con una industria que no evoluciona para, precisamente, evitar lo que más les perjudica.