Duda con renovación de contrato

Hola amigos, necesito vuestra ayuda.

Resulta que donde estoy trabajando tengo un contrato de obra y servicio que dura unos 6 meses, y para la semana que viene en teoría se cumple el vencimiento pero no he recibido ninguna noticia al respecto.

Sin embargo todo tiene pinta de que seguire porque estoy trabajando en un proyecto que durará bastante más tiempo, entonces mi pregunta es la siguiente:

1. Estoy obligado a recibir alguna notificación de si me renovaran o bien me echan?

2. Si se vence el contrato que pasaria, se acabó lo que se daba o bien se considerará como una renovación automática?

3. Esta pregunta es mas bien para pedir consejo: Qué hariais en mi lugar? Preguntaríais a alguien sobre el tema?
De palabra te dirian 6 meses , pero un contrato por "obra o servicio " o los llamados fin de obra (supongo que seran el mismo) lo dice claramente lo mismo es un mes , que 2 dias , que una hora. Mientras no te digan nada estas trabajando con contrato.
Pásate mañana por alguna asesoría que tengas a pie de calle en tu ciudad, te van a contestar tus dudas y te darán además algunos consejos y/o advertencias que te puedan surgir, sin necesidad de ser cliente. Luego pregúntales amablemente si les debes algo por esa información que te han dado, normalmente te dirán que nada.
Yo lo hice así y al menos la mini-consulta me sirvió para ponerme en alerta de todo lo que me podía venir en mi situación laboral y buscarme un abogado, empezar a mover hilos...
Llévate tu contrato para que lo puedan ver...
Tienes que tener varias cosas en cuenta, segun tu contrato, tu situacion real, el tipo de empresa, el trato recibido, tus intenciones, posibilidades de que te vuelvan a llamar.. y segun todo eso actuar en tu mayor beneficio.

Para estar trabajando con un contrato de obra y servicio de forma legal tienen que concurrir unas condiciones:

-En tu contrato debe especificarse la obra o servicio que estas realizando, por ejemplo "construccion de un muro" o "desarrollo de windows9". Tiene que estar clarito cual es la obra o servicio que estas haciendo.

-Esa actividad que tu estas realizando tiene que ser diferente de la actividad general de la empresa que te contrata. Una oficina de abogados no puede contratarte como secretario por obra y servicio por ejemplo, pues es una actividad normal en el funcionar de la empresa. O como dependiente en una tienda. Etc.
Lo que si pueden hacer es contratarte con contrato de obra y servicio en el despacho de abogados para que les desarrolles una herramienta de software para ellos por ejemplo, o para que les reformes la oficina.

-Tu actividad en la empresa debe reducirse unicamente a esa obra y servicio, no puedes realizar otras tareas distintas simultaneamente, ni continuar trabajando en la empresa en otras tareas o similares una vez finalice la que estabas realizando.

En resumen:

La obra o servicio debe estar especificada en el contrato, ser diferente de la actividad normal de la empresa, y ademas debe ser el unico trabajo que realices y no realizar otro cuando este termine.

Si alguno de estos puntos no se cumpliese, tu contrato estaria en fraude de ley y de denunciarlo, automaticamente pasarias a ser indefinido en la empresa.

Si solo has trabajado 6 meses y te echasen, la indemnizacion iba a ser ridicula en caso de pelearla, y quedas a malas pese a que son ellos los que estan engañandote.
Pero espero que esta informacion te sirva por si acumulas años trabajando en fraude de ley, que no te peguen la patada y no sepas tus derechos.

Un saludo!
snock escribió:De palabra te dirian 6 meses , pero un contrato por "obra o servicio " o los llamados fin de obra (supongo que seran el mismo) lo dice claramente lo mismo es un mes , que 2 dias , que una hora. Mientras no te digan nada estas trabajando con contrato.

+1
Haz caso al compañero.
Ojo, que un contrato de obra puede tener fecha de fin, cabe la posibilidad de que el fin sea cuando termine la obra, pero no tiene porque, puede venir establecido en el contrato.

Si no te han notificado nada sera que sigues, ya que deberian haberte notificado. Aun y todo, ese contrato de obra tiene pinta de tener defectos de forma como la copa de un pino y por lo tanto si pasase por manos de la autoridad laboral/judicial, seria indefinido.
Buenas,

Trabajo en RRHH desde hace varios años, y un contrato por obra y servicio se puede extender hasta los dos años. Creo que con la última reforma laboral puede llegar a 3 años. Una vez pasados los dos años es ilegal, teniendo que pasar a indefinido.

Normalmente las empresas cuentan esa historia de los 6 meses para edulcorar un poco la contratación (que te digan que a los 6 meses pasas a ser indefinido, en estos tiempos, es un aliciente).
Bueno, segun he leido pone hasta fin de servicio, con un periodo de prueba de 6 meses, asi que supongo que no se me expira como creia.
Tu contrato acaba cuando acabe la obra/servicio
Si es menos de un año no te tienen que preavisar, si dura mas de un año te tienen que avisar con 15 días de antelación.
8 respuestas