Duda con salir de paseo con el peque

Muy buenas, no tengo claro si en el horario que se me permite salir a pasear con el peque puedo llevarlo en la silleta de mi bici y darle un paseo por los alrededores de mi casa ( vivo en el campo).
Es que es algo que a él le encanta pero no se si me dirán algo ya que en verdad el deporte lo estoy haciendo yo aunque la diversión se la lleve él.
Ahora mismo no están las cosas demasiado claras y tu caso puede ser un poco peculiar. Llama a la policía de la localidad donde vivas y pregunta allí.
Las normas son tan breves y dejan tantas cosas al aire que muchas veces la sanción depende del criterio del policía que te vea.
Por eso, si fuera tú, llamaría a la policía para informarme.
Eso es lo que haré mañana, llamaré a preguntar. Hay muchas lagunas e incluso dentro de la misma localidad hay distinto criterio dependiendo del agente. Pero bueno que tampoco es algo de vida o muerte y podría pasar sin hacerlo si me dicen que no está permitido
Si vives en el campo viviras en algun lugar con menos de 5000 habitantes donde no se aplican los horarios, no?
xsanti85 escribió:Muy buenas, no tengo claro si en el horario que se me permite salir a pasear con el peque puedo llevarlo en la silleta de mi bici y darle un paseo por los alrededores de mi casa ( vivo en el campo).
Es que es algo que a él le encanta pero no se si me dirán algo ya que en verdad el deporte lo estoy haciendo yo aunque la diversión se la lleve él.


Bueno en principio y sin mirar nada yo diría que sí, que lo que planteas es un paseo con un menor de edad y que no veo ningún problema.

Yo lo veo como una salida con un menor, no como "deporte", de modo que habría que aplicar las condiciones de la norma que regula las salidas con menores.

Tenemos que relacionar varias normas:

La norma general está en el artículo 7.2 del Real Decreto que ha sido varias veces prorrogado, que establece el Estado de Alarma, y fija las limitaciones a la movilidad:

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3692

2. Los menores de 14 años podrán acompañar a un adulto responsable de su cuidado cuando este realice alguna o algunas de las actividades previstas en el apartado anterior.

3. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en los apartados anteriores (...) [Entiendo que una bicicleta es un "vehículo" particular]


La norma especial aplicable a los paseos con menores está en los artículos 1 y siguientes de la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4665

Artículo 2. Desplazamientos permitidos.

1. Se habilita a los niños y niñas, y a un adulto responsable, a circular por las vías o espacios de uso público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1, párrafos e), g) y h), del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, respecto a la circulación permitida por causas de asistencia y cuidado de personas menores, situación de necesidad y cualquier otra actividad de análoga naturaleza, siempre y cuando se respeten los requisitos establecidos en esta orden para evitar el contagio.

Dicha circulación queda limitada a la realización de un paseo diario, de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor, entre las 12:00 horas y las 19:00 horas.

(...)

Artículo 4. Lugares permitidos.

1. Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor.

2. No estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.

Te recomiendo leer bien esta Orden.

Así que salvo mejor criterio, yo interpretaría que salir en bicicleta con tu hijo no es una salida "deportiva", sino un paseo con un menor de 14 años, y por lo tanto se aplicarían las condiciones que fija esta Orden.
@Quintiliano muchas gracias por el curro de buscar tanta info
@wannda Mi Pueblo tiene 25000 habitantes pero yo vivo en un anejo que no llega a los 900
xsanti85 escribió:@Quintiliano muchas gracias por el curro de buscar tanta info
@wannda Mi Pueblo tiene 25000 habitantes pero yo vivo en un anejo que no llega a los 900


Aquí tienes la guía oficial del Ministerio de Sanidad para las salidas con los menores:

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/ ... _ninos.pdf
Lo que no te recomiendo es que llames a ningún lado por teléfono para preguntar nada.

Esto es un error muy común y luego pasa lo que pasa... No hay más que ver el último mensaje del post de Correos, un usuario que llamó por teléfono y le dijeron que su paquete no se devolvería al remitente pasados los 15 días de rigor y... lo devolvieron...

Pues esto es exactamente lo mismo.

Puedes llamar, que te atienda alguien especialmente atento y luego, el policía/guardia civil que te pare por la calle, tenga otra opinión y se la sude lo que te hayan dicho por teléfono.

O, por el contrario, llamas por teléfono y el que está ahí sentado quiere seguir viendo la película que estaba viendo y te dice lo primero que se le ocurre para acabar cuanto antes la conversación y, al final, estás igual que como estabas.


Yo, en tu lugar, saldría tranquilamente con el niño subido a la bici. Eso sí, si quieres minimizar riesgos de multa... Entonces no me alejaría más de 1 km y no estaría fuera más de 1 hora.

También ten la certeza de si en tu población hay franjas horarias o no... En mi municipio natal, la localidad principal es de más de 5.000 habitantes y hay franjas horarias para las distintas edades. En la localidad de al lado (en ningún momento deja de haber casas/pisos entre "fronteras") no hay franjas al ser menos de 5.000 habitantes.


Un saludo.
Believe23 escribió:Lo que no te recomiendo es que llames a ningún lado por teléfono para preguntar nada.

Esto es un error muy común y luego pasa lo que pasa... No hay más que ver el último mensaje del post de Correos, un usuario que llamó por teléfono y le dijeron que su paquete no se devolvería al remitente pasados los 15 días de rigor y... lo devolvieron...

Pues esto es exactamente lo mismo.

Puedes llamar, que te atienda alguien especialmente atento y luego, el policía/guardia civil que te pare por la calle, tenga otra opinión y se la sude lo que te hayan dicho por teléfono.

O, por el contrario, llamas por teléfono y el que está ahí sentado quiere seguir viendo la película que estaba viendo y te dice lo primero que se le ocurre para acabar cuanto antes la conversación y, al final, estás igual que como estabas.


Yo, en tu lugar, saldría tranquilamente con el niño subido a la bici. Eso sí, si quieres minimizar riesgos de multa... Entonces no me alejaría más de 1 km y no estaría fuera más de 1 hora.

También ten la certeza de si en tu población hay franjas horarias o no... En mi municipio natal, la localidad principal es de más de 5.000 habitantes y hay franjas horarias para las distintas edades. En la localidad de al lado (en ningún momento deja de haber casas/pisos entre "fronteras") no hay franjas al ser menos de 5.000 habitantes.


Un saludo.

Al final no he llamado a preguntar, tiene sentido lo que me dices.
He salido le he dado una vuelta cerca de casa y me he cruzado con un coche de los locales, me han cedido El Paso y no me han dicho nada por ir en la bici, por lo que parece que no hay ningún inconveniente.
Muchas gracias a todos por las respuestas
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