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Quintiliano escribió:
Si tus padres se casaron en gananciales -a menos que hayan pactado separación de bienes- entonces, además de los bienes privativos de tu padre (los que fuesen exclusivamente suyos) lo que heredas es el 50% de la sociedad de gananciales, por tanto tu madre sigue siendo propietaria del otro 50% y usufructuaria universal de todo el patrimonio, hasta su fallecimiento.
hal9000 escribió:Mmmm si no recuerdo mal, tu madre puede impugnar ese testamento pues tiene derecho a la legitima.
LLioncurt escribió:hal9000 escribió:Mmmm si no recuerdo mal, tu madre puede impugnar ese testamento pues tiene derecho a la legitima.
La legítima es solo para descendientes.
A lo que tiene derecho la madre, como ha dicho @Quintiliano arriba, es a la disolución del régimen de gananciales, en su caso, antes de tocar la herencia.
martuka_pzm escribió:LLioncurt escribió:hal9000 escribió:Mmmm si no recuerdo mal, tu madre puede impugnar ese testamento pues tiene derecho a la legitima.
La legítima es solo para descendientes.
A lo que tiene derecho la madre, como ha dicho @Quintiliano arriba, es a la disolución del régimen de gananciales, en su caso, antes de tocar la herencia.
Claro que hay legitima para cónyuges (y si no hay descendientes para ascendientes también)
Artículo 834 del código civil: El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste legalmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora.
En este caso parece que se respeta la legítima del cónyuge.
Habría que ver si se respeta la del hijo también.
LLioncurt escribió:martuka_pzm escribió:Claro que hay legitima para cónyuges (y si no hay descendientes para ascendientes también)
Artículo 834 del código civil: El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste legalmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora.
En este caso parece que se respeta la legítima del cónyuge.
Habría que ver si se respeta la del hijo también.
Por supuesto que tiene derecho al usufructo. Pero para mí la legítima es el primer tercio de la herencia, el que es exclusivo para su reparto a partes iguales entre los descendientes. Luego el tercio de mejora, que se reparte entre descendientes de forma libre, y por último el tercio de libre disposición.
En cualquier caso, si consideramos la legítima como todo a lo que tiene cualquier heredero derecho, está claro que se ha respetado el usufructo en este caso.
Torres escribió:@Quintiliano Por ejemplo mi padre tenía a su nombre 3 oficinas un local y las acciones que indico porque lo heredó de sus padres.., luego la casa otro local que es el negocio que exploto yo ahora mismo y dos plazas de garajes que si que se adquirieron dentro del matrimonio como dices en gananciales.
Cómo coño me afecta a mi todo esto?? Yo no tengo ningún problema con mi madre ni lo vamos a tener.., pero queremos hacerlo de tal forma que nos afecte lo menos posible.., por ejemplo nos interesaría que las oficinas estuviesen a mi nombre para que ella no tenga que darse de alta de autónoma para el tema de alquileres y que además está cobrando la jubilación más alta y le crujirían en la declaración de la renta...
El testamento va a misa o por ejemplo podríamos acordar que yo me quede las oficinas y el local y ella todo el dinero y las acciones?? Por poner un ejemplo rápido y sencillo.., no digo que vaya a ser así...
EDITO: También tenía un plan de pensiones que modificamos para ponerme a mi de beneficiario cuando vimos el panorama serio..., eso va por fuera del testamento o cómo funciona?? Yo si quiero voy a donde tiene la EPSV y la podría rescatar y fuera??? No es un dinero que quiera ahora pero es por saber si va en el tema de suma de bienes para el cálculo del impuesto de sucesiones o va por su cuenta