manumedia escribió:jorcoval escribió:Precio de compra 144.000 y de tasación 180.000? Prepara unos 4.000 euros extras que te va a clavar hacienda.
Esto es asi? No te refieres a una Sobreescritura? porque la tasación no sé en que puede influir para que el comprador tenga que pagar a hacienda.
El comprador tiene que pagar un 10%* de ITP.
Pero estos chicos tan majos de hacienda (de la comunidad, el itp está transferido) pueden decir "Has comprado la casa en 140.000 si está valorada** en 180.000? Pues eso es que has pagado 4.000 en negro. Demuestra que no ha sido así"
Obviamente, no puedes demostrar algo así y te toca pagar lo que ellos dicen más recargo.
Así, explicado un poco a lo bruto. También puedes tener suerte y que no se den cuenta. No conozco a nadie que le haya pasado porque encima son 4 años en los que te pueden reclamar
(yo también estoy ahí. Tasación de 152.000 y compré a 140.000)
Fíjate si es así la cosa, que antes de entrar a firmar la compra de mi vivienda, ya nos dijo el del banco que esto iba a pasar casi fijo.
Y en la notaría firmando lo dijo la notaria...
Pero encima ya nos lo habían dicho unos cuantos amigos, que les ha ido tocando pagar con el tiempo
*dependiendo de algunos factores puede ser algo menos, pero poco
** la valoración depende de muchas cosas, hacienda tiene unas tablas que aplica al valor catastral, por ejemplo. Pero como el banco entregará la tasación, ya tienen por dónde empezar a tirar.
jorcoval escribió:En cuanto a las arras, ¿no pone en ningún sitio que si finalmente los vendedores se echan atrás te tienen que devolver el doble del importe de arras? ¿O es que compras directamente a banco?
No es que te paguen el doble, tu recuperas el importe depositado y el vendedor te paga la cantidad que tú has depositado. 6000 que recupera y 6000 que gana.
Hombre, dilo como quieras pero es lo mismo
Si tú le das X, luego él te tiene que dar 2X