Duda!! debo pagar un calentador roto estando de alquiler??

Pues, os explico, llevo un año viviendo en un piso de alquiler, y desde hace unos meses, cuando nos duchamos, cada vez el agua sale menos caliente.
HEmos hablado con la persona que nos alquila el piso y nos dice que como somos buenos inquilinos, que lo podemos pagar a medias.
La duda es si ellos tienen obligacion de cambiarlo y pagarlo, si en verdad nos toca a nosotros o si nos estan haciendo un favor pagandolo a medias.
No hemos hecho ningun uso que no sea el tipico de fregar platos y ducharnos con agua caliente.
A ver si alguno saba como va el tema.
Gracias de antemano.
Lo tiene que pagar el.

El calentador es una cosa básica del piso. No es como si me dijeras que rompiste una silla.

Es igual que la lavadora, nevera, etc..
Joder la peña que cara más dura tiene. Te lo tiene que pagar el dueño del piso, pero vamos, te lo tiene que pagar YA. Siempre suponiendo que tengas contrato y esas cosas. Y cuando hables con el, le dices de parte del forero Golondrino, que tiene más cara que espalda.
Yo he estado en 2 pisos de alquiler y en los 2 se me ha fastidiado el calentador de agua. Y en los 2 lo ha pagado, como es logico, el dueño. Ni se os ocurra pagarlo a medias, le corresponde a el pagarlo.
Tenlo claro, lo tiene que pagar él.
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 dispone que “el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario”. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”. Por lo tanto la reparación de una bajante la paga el dueño, la reparación de persianas, grifos, enchufes, pomos de las puertas, manillares, cerraduras de puertas y ventanas y similares, las paga el arrendatario.


El calentador entra dentro de la categoría de "condiciones de habitabilidad" como el resto de instalaciones básicas (eléctrica, gas, agua). Un magnetotérmico escacharrado lo tiene que cambiar el dueño (a no ser que se lo haya cargado el arrendatario, claro), el calentador, si no ha sufrido un mal trato, también debería cambiarlo el dueño, pues forma parte de la instalación (dueño) no de los acabados (inquilino)
Y si lo pagas a medias, pues le seguirás pareciendo un buen inquilino. Vaya morro tiene!!
A ver, un momento...

Yo estoy de alkiler, se q mi casero tendria q pagar cosas q se rompan haciendo un uso normal, electrodomesticos, radiadores, grifos... ahora bien, en mi piso hay una lavadora q tiene mas años q la tos, no centrifuga bien, engancha la ropa, etc...pero aun funciona. está de su parte cambiarla o no...

hablé con el con intencion de pagarla a medias, pero pensandolo bien, la voy a pagar yo entera, y si algun dia yo me voy de ese piso la lavadora es mia. con la vieja q es suya q haga lo q kiera...

encima la cogi el dia sin IVA de mediamarkt, asi q me salió muy bien de precio XD
Marumba está baneado por "saltarse el baneo con un clon"
¿El día que dejes el piso te vas a llevar la mitad del calentador? Pues ahí tienes la respuesta.
Si se ha roto por un uso normal, lo tiene que pagar el dueño, si se rompe porque te gusta darle hachazos o cabezazos, lo paga el inquilino.

Asi que en tu caso, lo tiene que pagar el dueño
Gracias, es lo que me imaginaba, no se le ha dado ningun golpe y ningun mal uso.
Me mirare bien el contrato e intentare hablarlo otra vez con el.
Gracias por los comentarios.
Me apunto eso del artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos [oki]
Si no hay cláusula en el contrato sobre el asunto, todo el mantenimiento de la caldera corre a cargo del propietario. En mi caso, yo debo asumir el mantenimiento (revisiones) pero las averías son responsabilidad del propietario porque así se especifica en el contrato.
La tiene que pagar el dueño,si no lo hace,podeis mudaros directamente,diciendo que el piso no reune las condiciones necesarias para vivir en el y no pueden poneros ninguna pega.
Hace precisamente un mes y algo, se me rompió el calentador de casa, siendo vacaciones de Navidad me cogió en mi ciudad, imaginate el follón. Bueno al grano, a pesar de que en mi contrato especifica que cualquier cosa de la casa que se rompa lo debemos de pagar nosotros. El dueño cambió el calentador y lo pagó de su bolsillo. Como es lógico.
Obviamente , él .

En mi otra casa se rompió y nos lo puso nuevo él .
innomine escribió:Hace precisamente un mes y algo, se me rompió el calentador de casa, siendo vacaciones de Navidad me cogió en mi ciudad, imaginate el follón. Bueno al grano, a pesar de que en mi contrato especifica que cualquier cosa de la casa que se rompa lo debemos de pagar nosotros. El dueño cambió el calentador y lo pagó de su bolsillo. Como es lógico.

Es que eso de "cualquier cosa" es tan genérico que tampoco os obligaría a nada si os hubierais quejado. Como he puesto antes todo lo que tenga un uso directo (pomos puertas, grifos, interruptores, enchufes, persianas...) corren a cuenta del inquilino, a no ser que al entrar ya se informara al propietario que eso estaba en mal estado, cosa que tendría que estar escrita y firmada antes de empezar el alquiler. Pero este no es el caso así que mejor no ir liándola xD
Venga va, como sois buenos inquilinos me vais a pagar la mitad del calentador. Se esta riendo en vuestra cara.
resut escribió:Venga va, como sois buenos inquilinos me vais a pagar la mitad del calentador. Se esta riendo en vuestra cara.

xDDD que jeta el tio...
Tanto las reparaciones del calentador, como la Inspección Obligatoria del gas establecida por Industria, que se hace cada 4 o 5 años, depende de la Comunidad Autónoma... lo tiene que pagar el propietario.
Dile que como lo vais a pagar a medias cuando te vayas te llevas la mitad del calentador ...
maponk escribió:Dile que como lo vais a pagar a medias cuando te vayas te llevas la mitad del calentador ...

eso es cierto. quedaria para el proximo inquilino.
21 respuestas