¿Duda en la prestacion por maternidad?

Bueno esto ya lo tengo claro


Pues vereis os explico,
Mi pareja lleva 2 años trabajando para una empresa, actualmente esta de 6 meses y dice que para cobrar la maternidad por la seguridad social tendria que darse de baja 60 dias antes de la fecha prevista del parto ¿eso es correcto? es que, en su empresa cuando se le comunica que estas embarazada te cortan el contrato actual (que es hasta fin de obra) y te lo hacen de un mes y te van prorrogando hasta que ya el trabajador no se encuentra en condiciones de seguir en su puesto de trabajo.
Ella lo que quiere es cobrar los 4 meses de maternidad y luego los 8 meses de paro que le corresponderian sin que interfieran la maternidad con el paro.
¿eso se podria hacer asi?.Gracias de antemano

Edito:13/08/2012
Ahora la duda es esta:


Valla ineptos de gente ni SAE ni la seguridad social me saben responder a una pregunta, a ver si ustedes me saben decir,
Vamos a ver, resulta que finalmente mi novia ya no esta trabajando y antes de que se quedara en paro estudiamos la posibilidad de que el medico le diera la baja por maternidad para cobrar la prestacion por maternidad, pero podria que se la cancelaran porque la hubiese pedido 60 dias antes de que diera a luz pero si se le retrasa y le quedan menos de 4 semanas despues de dar a luz le quitan la prestacion y bueno despues del culebron este, hoy hemos ido a solicitar la prestacion por desempleo y ahora nos dicen que en vez de hacer un baremo de la base de cotizacion que ella ha tenido trabajando y la que va a cobrar por desempleo pues resulta que dicen que no, que va a cobrar la prestacion de maternidad unica y exclusivamente de la base de cotizacion que ahora tiene en la prestacion por desempleo.

Y hombre si en vez de cobrar 900 y pico euros si fuera por la ss a cobrar 650 al cobrarlo por el SAE tiene cojones.
¿Entonces que ? ¿es cierto esto? es que nos tienen mareados, de un sitio para otro y solo saben echarse la bola unos a otros.

Me siento indignado y engañado por parte del SAE y la SS
Se puede pedir el permiso de maternidad después de parir...

googleando:
http://www.laboris.net/Static/ca_derech ... ernal.aspx
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Lo primero, enhorabuena por el enanillo.

Lo segundo es que me parece muy turbio lo que están haciendo, lo que quieren es ahorrarse la seguridad social durante la baja por maternidad. Si a tu mujer no le importa la empresa en la que está trabajando, cosa que no debería porque la están tratando muy mal, que vaya al médico de familia a pedir la baja por embarazo de riesgo. Si no me equivoco y que alguien me corrija si no es así, la empresa se joderá y tendrá que cotizar durante todo el embarazo y la baja por maternidad, son 7 meses de cotización que además darán para un par de meses más de paro ante el previsible despido por fin de obra, pero eso sí, tras la maternidad.

Yo ni me lo pensaba si es así, a un empresario cerdo se le responde con cerdadas.
maponk escribió:Se puede pedir el permiso de maternidad después de parir...

googleando:
http://www.laboris.net/Static/ca_derech ... ernal.aspx

Pero en ese caso se comen los 4 meses del paro es decir si ella tendria que cobrar 12 meses, 4 por la seguridad social y 8 por el inem. pues cuando diera a luz ya estaria cobrabdo el paro y entonces le quitarian los 4 meses y se le quedarian 4 meses cobrando por el inem y 4 meses por la seguridad social ¿me explico?.
es que cuando se cobra de la SS se suspende el paro y después de las 16 semanas tienes 15 días para REANUDAR tu paro,los 12 meses o lo que te corresponda según lo trabajado.
maponk escribió:es que cuando se cobra de la SS se suspende el paro y después de las 16 semanas tienes 15 días para REANUDAR tu paro,los 12 meses o lo que te corresponda según lo trabajado.

Si, se suspende pero te cuenta como tiempo de paro..ese es el tema

Shantotto escribió:Lo primero, enhorabuena por el enanillo.

Lo segundo es que me parece muy turbio lo que están haciendo, lo que quieren es ahorrarse la seguridad social durante la baja por maternidad. Si a tu mujer no le importa la empresa en la que está trabajando, cosa que no debería porque la están tratando muy mal, que vaya al médico de familia a pedir la baja por embarazo de riesgo. Si no me equivoco y que alguien me corrija si no es así, la empresa se joderá y tendrá que cotizar durante todo el embarazo y la baja por maternidad, son 7 meses de cotización que además darán para un par de meses más de paro ante el previsible despido por fin de obra, pero eso sí, tras la maternidad.

Yo ni me lo pensaba si es así, a un empresario cerdo se le responde con cerdadas.


Gracias [beer] , el tema esta que ella firma el contrato de mes en mes, entonces si se da de baja ahora....el mes siguiente no le renuevan
Me parece que su empresa lo que quiere es que antes de que pueda cogerse la baja por maternidad le van a finalizar el contrato y adios, y así evitan tener que pagar los 4 meses de baja que le corresponde, o la van prorrogando malamente hasta que no les convenga tenerla allí.

Podéis arriesgaros e informar a la empresa y que al día siguiente ésta le despida y os quedáis sin nada, o bien simplemente que se coja la baja por maternidad, y cuando terminen los 4 meses y se reincorpore, o bien la despiden o bien continúa con su puesto de trabajo, pero en éste último caso, si la despiden habéis ganado esos 4 meses.

Sea lo que sea, haced siempre lo que más os conviene a los dos y no a la empresa, porque en éste caso los más perjudicados podéis ser vosotros.
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Yue escribió:Gracias [beer] , el tema esta que ella firma el contrato de mes en mes, entonces si se da de baja ahora....el mes siguiente no le renuevan


No soy especialista ni mucho menos, peor creo que las bajas por embarazo de riesgo y maternidad comen un poquito aparte, quizás podáis beneficiarios así que informaos bien. Y de paso joder a esa panda de bastardos que tiene por jefes tu mujer.
Yue escribió:
maponk escribió:es que cuando se cobra de la SS se suspende el paro y después de las 16 semanas tienes 15 días para REANUDAR tu paro,los 12 meses o lo que te corresponda según lo trabajado.

Si, se suspende pero te cuenta como tiempo de paro..ese es el tema




NO,no se cuenta como tiempo de paro,se alarga tu paro 4 meses más,lo correspondiente a la baja maternal,no son compatibles,con la baja maternal se interrumpe el paro que después cobras,sólo se atrasa en plazo.
maponk escribió:
Yue escribió:
maponk escribió:es que cuando se cobra de la SS se suspende el paro y después de las 16 semanas tienes 15 días para REANUDAR tu paro,los 12 meses o lo que te corresponda según lo trabajado.

Si, se suspende pero te cuenta como tiempo de paro..ese es el tema




NO,no se cuenta como tiempo de paro,se alarga tu paro 4 meses más,lo correspondiente a la baja maternal,no son compatibles,con la baja maternal se interrumpe el paro que después cobras,sólo se atrasa en plazo.


Entonces si ella dice que ya no se encuentra bien para seguir trabajando no renovaria el contrato del siguiente mes, ella se iria al paro y cuando de a luz puede cobrar los 4 meses de la baja maternal sin que esta afecte al paro y luego seguir con su paro integramente ¿no?
entonces seria lo que dije al principio cobraria integramente los 8 meses que le corresponde de paro y los 4 de maternidad, ¿es asi?
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Yue escribió:Entonces si ella dice que ya no se encuentra bien para seguir trabajando no renovaria el contrato del siguiente mes, ella se iria al paro y cuando de a luz puede cobrar los 4 meses de la baja maternal sin que esta afecte al paro y luego seguir con su paro integramente ¿no?

Sí, pero lo interesante sería que el paro lo empiece tras la baja por embarazo de riesgo y maternidad, con dos meses más de paro y sin consumir nada de paro hasta que nazca la criatura ;)
Genial, muchisimas gracias a todos nos habeis resuelto las dudas. [plas]
A ver si lo entiendo, a tu pareja le renuevan el contrato cada mes? es decir, cada mes tiene que hacer un contrato?

Si es así, yo entiendo que en cuanto se dé de baja por maternidad, el contrato se "congela", por decirlo así, y cuando finalice su baja, el contrato vuelve a funcionar hasta que termine el resto de días que faltaban y tenga que renovar, si procede, otro mes. ¿¿¿¿¿¿Puede ser así??????????????
chicosinnombre escribió:A ver si lo entiendo, a tu pareja le renuevan el contrato cada mes? es decir, cada mes tiene que hacer un contrato?

Si es así, yo entiendo que en cuanto se dé de baja por maternidad, el contrato se "congela", por decirlo así, y cuando finalice su baja, el contrato vuelve a funcionar hasta que termine el resto de días que faltaban y tenga que renovar, si procede, otro mes. ¿¿¿¿¿¿Puede ser así??????????????

si, es exactamente asi
A ver. El tiempo que esté de baja por IT sí que se lo descontarán del desempleo si es su última relación laboral.
Ejemplo: tu mujer está de 7 meses y lleva cotizando 3 años, coje la baja por IT, la despiden, cobra 2 meses de la SS POR IT, luego dá a luz, cobra 16 semanas por maternidad, luego va al SEPE, pide el desempleo y entonces le dicen que de los 12 meses que le correspondian por cotizar 3 años le descuentan los 2 que estuvo por IT.
Vamos por partes:

Lo primero de todo es que si por causa del embarazo no está en condiciones de cumplir con sus obligaciones laborales, lo que tiene que hacer es acudir al médico de la Seguridad Social y que éste evalúe su situación. Si el médico decide que existe riesgo, le dará la baja médica por este motivo.

La trabajadora pasará a cobrar prestación de la Seguridad Social del 100% de su base reguladora mientras dure esta situación, y a la empresa se le bonifica el 100% de las cotizaciones tanto de la trabajadora embarazada como las de la persona que la sustituya mientras tanto. Es decir, a la empresa no le cuesta ni un euro más allá de lo que se valore la posible formación y adaptación al puesto del sustituto.

En el momento en que la trabajadora de a luz, automáticamente se iniciaría un periodo de dieciséis semanas (dieciocho en caso de parto múltiple) en el que su situación es de permiso por maternidad, es decir, su contrato está en suspenso todo este tiempo. Nuevamente tanto sus cotizaciones como las de la persona que la sustituya están cien por cien bonificadas.

Si el médico decide que no existe riesgo en el embarazo, la trabajadora tiene la posibilidad de solicitar el permiso de maternidad hasta seis semanas antes de la fecha prevista para el parto, en las mismas condiciones anteriores.

En todo caso, el despido de una trabajadora embarazada es directamente nulo de pleno derecho; solamente la podrían despedir si encuentran motivos para un despido disciplinario procedente o, en casos muy concretos, dentro de un ERE.

Por otra parte, un contrato de duración determinada por fin de obra o servicio no finaliza cuando a la empresa le convenga, finaliza al mismo tiempo que el objeto del contrato, el cual debe venir claramente indicado en el mismo, y cumplir unos requisitos concretos.
Por lo dicho anteriormente por Butters, entonces se entiende que lo que más le conviene a la chica es que no informe a la empresa, consiga la baja por embarazo, agote todo lo que la ley le de derecho, y una vez finalice ese periódo, vuelva al trabajo por tener un contrato aún sin finalizar, del cual posiblemente la despidan o no renueven, pero el despido o la no renovación igual habría venido en caso de que vean que está embarazada y no haya cogido aún la baja.

La otra opción es que avise a la empresa primero, la despidan, se vea con un embarazo y una maternidad sin trabajo ni sueldo, etc.

La decisión es clara.
Shantotto está baneado por "utilizar clon para saltarse baneo temporal"
Yo lo que me pregunto es por qué la empresa quiere joder viva a esta mujer, si según lo pinta Butters ni gana ni pierde nada. Qué mal repartidas están las balas, coño.
Shantotto escribió:Yo lo que me pregunto es por qué la empresa quiere joder viva a esta mujer, si según lo pinta Butters ni gana ni pierde nada. Qué mal repartidas están las balas, coño.



Yo te respondo: entre baja por embarazo, los meses por maternidad, las bajas por dolencias posteriores al haber dado a luz... fácilmente una mujer puede estar casi un año sin trabajar, y no hablo de casos de mala fé sino de bajas racionales y lógicas.

Yo defiendo los derechos de las personas y es justo todo ese tiempo que se les conceden a las mujeres en esa situación, ya que dar a luz es un proceso muy delicado en donde su vida puede peligrar y necesita luego una recuperación, y es justo que sea así. Pero para la empresa es una faena.
En mi empresa no hay problemas con nadie porque los socios somos así, pero sólo en 2011 hubo cinco empleadas que llevan como ocho meses de baja, y lo que les queda.


Hay empresas que buscan cero complicaciones a nivel de recursos humanos, y por sistema despiden a toda mujer que se quede embarazada, aunque luego tengan que indemnizarla, pero se le despide sin más, porque según qué situaciones cunde más despedir y pagar que tener que hacer gestiones, reubicar, reorganizar, etc.
Modifico el primer mensaje a ver si me podeis echar una mano. Gracias
Normalmente la baja con maternidad se calcula sobre el ultimo empleo.
Mi mujer a tenido una baja por maternidad estando en paro desde mas de 1 año y la baja de maternidad se la calcularon sobre el ultimo empleo así que cobraba mas que en el paro y cobraba lo mismo que si hubiera estado trabajando cuando se dio de baja.
La única cosa que no puedes tener en caso de estar en paro es la hora o mes de lactancia.
¿Si? pues genial, es que eso es lo que nos habian dicho a nosotros pero en el SAE nos decian que no, que como ahora la empresa de ella era el SAE pues la prestacion por maternidad se regulaba en base a la cotizacion de la prestacion por desempleo :-?
Gracias hombre por tu aportacion [oki]
De nada. Así fue por nosotros
Resubo el hilo aver si los que entiende de esto me pueden ayudar:
Mi pequeño hombrecito nació el 7 de Agosto,como en INSS de Velez Malaga,pongo el sitio para que se enteren bien,tiene pocas ganas de trabajar y de informar bien e tenido que ir tres veces para poder solicitar la baja de mi mujer y pude por fin entregar los papeles el día 24 de Agosto.
La pregunta es ¿cuando cobramos?,¿en Septiembre nos pagan Agosto? a fecha de hoy no me han respondido ni ingresado la nomina de ella,que es la única que tenemos.Si en Octubre nos pagan Septiembre y Agosto y van a mes vencido ¿como esperan que comamos y paguemos las facturas este mes? que es mi gran preocupación.

Y mi segunda pregunta es el tema de las deducciones,en los papeles ponía que podías poner una cuota voluntaria de IRPF,pregunte a la chica pero como son tan amables no les dio la gana de explicarme bien como va el tema ni como seria mejor,solo me digo que nadie ponía nada en esa casilla y de muy mala manera.
También hemos pedido la ayuda para madres trabajaros y lo que no queremos es que luego al hacer la declaración nos metan un palo a matarnos aunque nuestra gran preocupación es cuando nos pagan Agosto ya que sin la nomina no nos da para pagar todos los gastos.
¿Cuanto tardan en pagar y que día suele ser?
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