Os pongo en situación, paso a paso para que puede ser más entendible y que no haya ningún malentendido.
El 1 de Junio, comienzo en una nueva empresa, dejé mi antiguo trabajo para comenzar en esta nueva aventura que estaba más relacionada con mi formación profesional.
Comienzo con un contrato temporal de 3 meses, una vez concluidos esos 3 meses, firmo una prórroga (prorroga, no nuevo contrato) de 1 mes de duración.
Pasado ese mes, es decir el 30 de septiembre, firmo un nuevo contrato (contrato, que no prórroga) de 1 mes.
Del anterior contrato (3+1 mes) me finiquitan, y me retribuyen las vacaciones y pasas extra prorrateadas en la nómina. Así figura en en Informe de Vida Laboral, Los 3 meses, más 1 mes de la prórroga, más 8 días de Vacaciones retribuidas y no disfrutadas. Todos esos días cotizados.
Todo esto, está correcto. La cuestión es la siguiente:
Cuando finaliza mi contrato temporal de 1 mes, me ofrecen otro contrato, pero no empiezo hasta el día 7 de noviembre, es decir, voy a estar desempleado 7 días, Contrato ya firmado.
La duda se entiende por sí sola, por haber firmado un nuevo contrato, ¿no deberían finiquitar el contrato anterior de un mes? es decir, recibir los 2 días de vacaciones retribuidas que me corresponden por mes trabajado. En la vez anterior, en mismo día 1 de octubre, ya estaba reflejado en el informe de vida laboral, pero en esta vez, nada. No debería de aparecer y cotizar esos dos días
P.D. añadir que esta empresa funciona así, estas "fijo", pero vas encadenando contratos temporales, vamos, lo normal hoy en día.