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Grek23 escribió:Al no haber testamento debe repartirse todo entre los herederos por partes iguales. Los gastos como es lógico se seguirán pagando con los bienes de la herencia hasta que ese bien se adjudique a uno y se produzca el reparto. A partir del momento en que lo reciba uno ya los gastos son de su parte.
Si no se ponen de acuerdo sobre la adjudicación de la vivienda el interesado deberá abonar a los otros herederos la parte que les corresponda. Y si no hay acuerdo pues tendréis que acudir a proceso judicial donde se hará el reparto que corresponda. En el peor de los casos se ordenaria la venta de la vivienda repartiendo lo obtenido entre herederos por partes iguales.
Si alguno de los herederos cree tener mayor derecho que los demás no va a ser así. Tiene el mismo independientemente de la relación que tuviere con el causante de la herencia. Si hubiera testamento la cosa cambia, pero como no lo hay toca repartir por partes iguales.
De esos 40.000€ si esta gastando indebidamente tendrá que restituirlo o justificar esos gastos como gastos de administración de la herencia. Asique yo si fuera ella no dispondría de ese dinero no vaya a ser que le toque devolverlo.
Quintiliano escribió:Si el deceso fue en 2015 ya se ha pasado el plazo legal para declarar la herencia, así que asumo que probablemente alguien ya hizo esa declaración, por su cuenta, y sin contar con los demás.
Aquí nos encontramos ante un típico asunto que expresa el refrán popular "A río revuelto, ganancia de pescadores", que viene a decir que cuando hay una situación de confusión entre muchas personas, quien tenga la cabeza serena y las ideas claras, podrá sacar ventaja.
Algunas ideas:
Habría que ir al registro de últimas voluntades (Ministerio de Justicia) y solicitar el último testamento de la persona fallecida en 2015, así como también el de la persona fallecida en 1984, para enterarse bien.
Luego, hay que formar un inventario para ver exactamente qué patrimonio existe, y ojo, porque hay que contar también las deudas, recibos, impuestos, el coste de los entierros en su momento (que se restaría al patrimonio) etc.
Y al final, teniendo en cuenta el testamento de la persona fallecida (si hay) habría que hacer la partición de la herencia.
Si hubiera varias propiedades inmobiliarias no sería raro que alguna estuviera abandonada para no pagar impuestos. He visto algún caso de piso con la luz, el agua cortadas, porque los herederos no se ponen de acuerdo. Mientras tanto, el piso ahí, abandonado, con los suministros cortados, sin poder venderse ni alquilarse. Esa situación no beneficia a nadie.
Y como sugiere el autor del hilo lo más probable es que uno de los herederos haya estado actuando como propietario, se haya puesto a pagar los impuestos, suministros, recibos, etc. de modo que podrá acreditar que actúa como dueño, y si transcurre un cierto tiempo, incluso podría asegurarse las propiedades por prescripción adquisitiva: es decir simplemente con vivir 10 años en una casa y pagarle los gastos, sin más, ya podrá pedir al juez que declare que es de su exclusiva propiedad. Eso si nadie se lo discute y si no se presentan pruebas en su contra.
Así que si esto es lo que está ocurriendo hay que interrumpir el plazo de prescripción, formar inventario, pedir la partición, y no permitir que ese único heredero actúe como si fuese el único dueño. Para ello, sin recurrir a la fuerza (porque posiblemente haya cambiado cerraduras) habría que ir al juzgado.
De todos modos para que se produzca adquisición por usucapión (uso prolongado en el tiempo) es imprescindible que se haya hecho en concepto de dueño. Si por ejemplo los demás herederos se ponen de acuerdo para cederle el uso de la vivienda, en concepto de "derecho de habitación" por ejemplo, ya nunca podrá adquirir la vivienda de ese modo.
Salu2
adrian85 escribió:Yo se que dijeron que por no haberlo hecho a tiempo ya hacienda se quedaba parte, por no haberla aceptado a tiempo.
Esa casa está abandonada sí, todos los suministros cortados pero yo la uso para meter algunas cosas pues ambos hijos tienen llave y ninguno pone pegas. El hijo que se quedó con el dinero es el que paga contribución e ibi que eso no lo puedes dar de baja claro.
El testamento del que falleció en 2015 se abrió y no se aceptó pero se sabe cual es y el del que murió en 1984 también se conoce.
adrian85 escribió:
Dada la situación mi abuelo tenía un dinerillo ahorrado, en torno a 40.000€, ni mucho ni poco que lo tiene la hija que le cuidaba y como no se ha solucionado ahí lo tiene.
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adrian85 escribió:Grek23 escribió:Al no haber testamento debe repartirse todo entre los herederos por partes iguales. Los gastos como es lógico se seguirán pagando con los bienes de la herencia hasta que ese bien se adjudique a uno y se produzca el reparto. A partir del momento en que lo reciba uno ya los gastos son de su parte.
Si no se ponen de acuerdo sobre la adjudicación de la vivienda el interesado deberá abonar a los otros herederos la parte que les corresponda. Y si no hay acuerdo pues tendréis que acudir a proceso judicial donde se hará el reparto que corresponda. En el peor de los casos se ordenaria la venta de la vivienda repartiendo lo obtenido entre herederos por partes iguales.
Si alguno de los herederos cree tener mayor derecho que los demás no va a ser así. Tiene el mismo independientemente de la relación que tuviere con el causante de la herencia. Si hubiera testamento la cosa cambia, pero como no lo hay toca repartir por partes iguales.
De esos 40.000€ si esta gastando indebidamente tendrá que restituirlo o justificar esos gastos como gastos de administración de la herencia. Asique yo si fuera ella no dispondría de ese dinero no vaya a ser que le toque devolverlo.
Si hay testameno compañero. La abuela la propiedad a partes iguales un trozo a cada uno y el abuelo todo a uno y la legítima al otro.
Gracias por las respuestas
suskie escribió:adrian85 escribió:
Dada la situación mi abuelo tenía un dinerillo ahorrado, en torno a 40.000€, ni mucho ni poco que lo tiene la hija que le cuidaba y como no se ha solucionado ahí lo tiene.
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O sea, para que mientras cuidaba a tu abuelo no habia ningún problema y se comia todo el trabajo ella, pero ahora que hay que repartir entonces quereis ir a partes iguales... Vamos, la ley del embudo, lo ancho para mi y lo estrecho para los demás.